Programa Kit Digital: Acelera la Digitalización de tu Pyme

El proceso de digitalización de la economía representa uno de los principales cambios tecnológicos de nuestro tiempo. La incorporación de sistemas digitales en la sociedad ha conducido a las empresas a prepararse para los nuevos requisitos del mercado. Esta situación afecta a gran parte de las acciones que desarrollan las empresas, especialmente a pymes y autónomos. Afortunadamente, existen varios programas diseñados para impulsar la digitalización en el país que provienen de diferentes subvenciones de los fondos europeos.

Dentro de ellos, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMES 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se encuentra el Programa Kit Digital.

¿Qué es el Programa Kit Digital?

El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea mediante los fondos NextGenerationEU. Tiene como objetivos modernizar el tejido productivo español, favorecer su crecimiento y su presencia en nuevos mercados.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la primera convocatoria del plan Kit Digital el 24 de noviembre de 2021, que fue detallada por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño. Los primeros bonos digitales se entregaron a más de 2.000 empresas en abril de 2022.

El Kit Digital es sin duda una de las ayudas más conocidas. Persigue subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital de las pymes españolas.

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España es una economía de Pymes, empresas pequeñas y medianas de hasta 249 asalariados. En total, había 2.926.167 pymes en 2024, según datos de la DGEiPYME, que representa el 99,8% del tejido empresarial español.

¿Qué Puedes Hacer con el Bono Digital?

Las empresas podrán acceder a un catálogo de soluciones digitales que se va actualizando y adaptando a las necesidades de su tamaño. Además, estas soluciones están incorporando tecnologías de Inteligencia Artificial. Algunas soluciones son incompatibles entre sí. Concretamente, puedes usar el bono para:

  • Mejorar tu página web y su presencia básica o avanzada en Internet
  • Gestionar las redes sociales
  • Favorecer la creación de webs de compraventa de productos y/o servicios
  • Reforzar la ciberseguridad
  • Detectar incidentes de ciberseguridad en tiempo real
  • Garantizar las comunicaciones seguras
  • Ampliar la gestión de los clientes con o sin inteligencia artificial asociada
  • Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos con o sin inteligencia artificial
  • Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual
  • Implantar la factura electrónica
  • Generar una plataforma de Marketplace (centro comercial en línea) que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web, a las que el consumidor pueda acceder para comprar sus productos.
  • Proporcionar puestos de trabajo seguros con el fin de potenciar o mejorar tu productividad

¿A Cuánto Asciende la Ayuda?

Con la ayuda del Kit Digital podrás contar con un mínimo de 3.000 euros y hasta 29.000 euros para invertir en la digitalización de tu empresa, en función del segmento al que pertenezca.

La cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III era, en su origen, de 2.000 euros, pero con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se amplió a 3.000 euros. Estas empresas pueden solicitar su bono digital a partir de las 11:00 del 14 de junio de 2024, tras la modificación parcial de la convocatoria de su segmento, que introduce novedades respecto a la convocatoria de 2022.

Este aumento tiene carácter retroactivo, es decir, las empresas que ya hayan pedido la ayuda e, incluso, hayan consumido su bono digital de 2.000 euros, pueden solicitar la ampliación de 1.000 euros a partir de junio de 2024. Para solicitarla deben entrar en su expediente en la sede electrónica de Red.es, seleccionar el botón habilitado para ello y firmar la conformidad. En este caso, la concesión es automática.

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Tanto si la entidad solicita el bono por primera vez como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses desde su concesión.

La cuantía de las ayudas, el bono digital, para la convocatoria de los sectores IV y V será de 25.000 euros para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados y de 29.000 euros para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados.

¿Cómo Solicitar el Kit Digital?

  1. Regístrate en la plataforma Acelera pyme y realiza el test de diagnóstico digital para comprobar tu nivel de digitalización.
  2. Consulta las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio y el catálogo de agentes digitalizadores que te ofrecen esos servicios.
  3. Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) si cumples los requisitos requeridos.
  4. Una vez concedido el bono, elige un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.

Para solicitar el Kit Digital, lo primero es registrarte en el área privada de Acelera Pyme y completar un test de diagnóstico digital. Cuando hayas elegido la solución digital que más se ajusta a tus necesidades, tienes que empezar los trámites para la solicitud del bono del Kit Digital.

Bajo el lema "cero papeles", Red.es ha diseñado un sistema de tramitación que utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado. El sistema permite reducir la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión.

¿Cuáles son los Requisitos?

Para acceder al Kit Digital, debes cumplir con los siguientes requisitos:

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  • Ser una empresa de hasta 250 trabajadores, pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa
  • Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria
  • No estar considerada una empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía

Agente Digitalizador: Tu Aliado en la Transformación Digital

El siguiente paso es contactar con un agente digitalizador. ¿Qué es? Son los encargados de prestar a las pymes y autónomos beneficiarios las soluciones de digitalización y existe un catálogo de agentes para poder elegir el que más te convenga por tipo de solución o localización.

Dichas soluciones digitales serán ofrecidas por entidades adheridas al programa Kit Digital que se convertirán en Agentes Digitalizadores. ¿Quieres ser uno de ellos?

Tal y como se especifica en el apartado tercero del Anuncio de Adhesión, para solicitar y mantener la condición de Agente Digitalizador Adherido, se deberán acreditar los siguientes requisitos:

  1. Disponer de una facturación acumulada de al menos 100.000 euros en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de adhesión, o de 50.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se desarrollarán en cualquiera de las categorías de soluciones digitales. Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 € en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del anexo IV de la Orden de Bases. La facturación que se acredite deberá corresponder al mercado español.
  2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  3. No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y al Anexo II de la Orden.
  4. Acreditación de tener domicilio fiscal y centro de prestación de las actividades objeto de subvención en la Unión Europea.
  5. Disponer en el momento de la solicitud de una página WEB dedicada al Programa Kit Digital en un nombre de dominio del Agente Digitalizador con el contenido mínimo indicado en el ANEXO II de este Anuncio de Adhesión, en la que figurarán por cada referencia las diferentes soluciones que ofrece distribuida por segmentos de beneficiarios, sectores y los nombres de dichas soluciones. En la página web del Agente Digitalizador Adherido podrán detallarse la oferta técnica y comercial dentro de cada referencia, siempre y cuando los productos y servicios ofrecidos cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la Categoría de Solución de Digitalización a la que pertenece la referencia.

Los Agentes Digitalizadores ni aquellas personas o entidades con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa Kit Digital. En el Anexo I del Anuncio de Adhesión se establece la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos.

Red.es será la encargada de la selección de los Agentes Digitalizadores, así como del seguimiento y control de los requisitos mencionados anteriormente.

Convocatorias Abiertas

Cinco convocatorias del programa Kit Digital están activas en paralelo.

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