Requisitos para el Empresario Individual: Guía Completa para la Inscripción en la Seguridad Social

Si eres un empresario individual en España, es crucial que conozcas los requisitos y el proceso para inscribirte correctamente en la Seguridad Social. Este trámite te asignará un número de identificación y te permitirá operar legalmente, contratando trabajadores si es necesario.

Inscripción como Empresario en la Seguridad Social

Consiste en inscribirse en el Sistema de la Seguridad Social de forma que se asigna un número que te identificará como empresario y al que se asociarán los trabajadores que contrates dentro de una misma provincia. A ese número se le denomina Código de Cuenta de Cotización o CCC.

El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores, deberá solicitar su INSCRIPCIÓN como empresa antes del inicio de actividad, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio.

Documentación Necesaria para la Inscripción

Para realizar la inscripción, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de solicitud.
  • Original o copia del documento identificativo del titular de la empresa, empresario individual o titular del hogar familiar.
  • Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa según CNAE -09.

Estos documentos son los indicados con carácter general.

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Requisitos Adicionales para Empresas Extranjeras

En el caso de empresas extranjeras, se requiere:

  1. Los documentos 1, 2 y 3 indicados con carácter general.
  2. Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa extranjera con certificado de estar inscrita en el registro correspondiente o el equivalente exigido por su legislación para empresas de la Unión Europea.
  3. Certificado expedido por el cónsul español de su autorización y constitución legal en su país (en el caso de terceros países).

Requisitos para Comunidades de Propietarios

Para Comunidades de Propietarios:

  • Los documentos 1, 2 y 3 indicados.
  • Escritura de Constitución debidamente registrada o certificado del Registro correspondiente (Libro de Actas en el caso de Comunidades de Propietarios).
  • Fotocopia del DNI de quien firma la solicitud de inscripción.
  • Documento que acredite los poderes del firmante, si no están especificados en la escritura.

Ante la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio de actividad.

Código de Cuenta de Cotización (CCC)

El empresario deberá de solicitar un Código de Cuenta de Cotización en cada una de las provincias y para cada uno de los regímenes en que realice la actividad.

Número de la Seguridad Social (NUSS)

Si eres empresario individual (persona física) tienes que tener un número de Seguridad Social (NUSS) que te identifique en tus relaciones con la Seguridad Social. Puedes realizarlo a través del servicio Solicitar el número de la Seguridad Social existente en Importass, con o sin identificación electrónica. Si no tienes medios de identificación electrónica, indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

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Si eres empresario colectivo (sociedades, entidades sin personalidad jurídica, ….), la única opción es la de realizar el alta con tu identificación electrónica a través del servicio de la SEDESS de Empresario Colectivo.

Si vas a contratar a un trabajador/a para tu hogar familiar podrás solicitar tu alta como empleador cuando procedas a dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social a través del servicio Alta en empleo de hogar existente en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la App IMPORTASS . Si no tienes medios de identificación electrónica indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

Obligaciones Adicionales del Empresario

Como empresario, tienes otras obligaciones importantes con la Seguridad Social:

  • Comunicar tu baja como empresario. Cuando se produzca la finalización de tu actividad como empresario debes comunicarlo a la TGSS después de haber dado de baja todos tus trabajadores.
  • Comunicar cualquier variación de los datos identificativos o de la actividad de la empresa a través del Sistema RED podrás modificar entre otras cosas, el domicilio de la actividad.
  • El pago de las cotizaciones sociales correspondientes. Debes comunicar mensualmente a la TGSS los conceptos retributivos que perciben cada uno de tus trabajadores.

La TGSS, previa solicitud de la empresa liquidará y pasará al cobro las cotizaciones sociales, calculadas en función de las bases de cotización de tus empleados y las variaciones comunicadas, de la información de que dispone y de la proporcionada por otras entidades.

Entidades Aseguradoras

Finalmente, cuando solicites la inscripción debes hacer constar la entidad con la que vas a asegurar las contingencias derivadas del trabajo y enfermedades profesionales como la prestación económica en caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o no laborales. Estos riesgos pueden asegurarse con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el Instituto Social de la Marina (ISM) si estás encuadrado en el Régimen Especial del Mar o con distintas entidades colaboradoras con la Seguridad Social.

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Alta como Autónomo

Este proceso también implica darse de alta como autónomo, cumpliendo con las obligaciones fiscales y laborales correspondientes.

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