Requisitos para Montar una Franquicia Guess

Las marcas de moda que ofrecen complementos de vestir son muy populares debido a la alta demanda que tienen sus productos. Entre ellas, Guess destaca como una marca reconocida a nivel mundial.

I. Cuestiones Conceptuales Básicas de Franquicias

En términos sencillos, una franquicia es un modelo o sistema de negocio, cuyos derechos de explotación comercial, consistentes de la marca, el know how e imagen corporativa del negocio, son puestos por un franquiciador a disposición de un franquiciado, a cambio de una contraprestación económica.

La adquisición de una franquicia se materializa mediante la celebración de un Contrato de Franquicia, donde el franquiciado deberá estar dispuesto a costear los costos de la franquicia, así como abrir, seguir, operar y replicar el negocio bajo el formato de guía, términos, condiciones, supervisión y aprobación del franquiciador, bajo un formato de uso universal previamente probado en el mercado.

El franquiciador o franquiciante es la persona o empresa dueña, propietaria o titular de la marca y del conocimiento o saber hacer, en inglés, el "know how", que es objeto de adquisición o compra, mediante un Contrato de Franquicia, y tiene que ver con la comercialización y prestación de los servicios y productos contratados.

Mientras que el franquiciado o franquiciatario es la persona o empresa inversionista, que adquiere o compra los derechos de explotación comercial de la franquicia, a través de un Contrato de Franquicia.

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El objetivo fundamental de una franquicia es el crecimiento acelerado, de penetración, implantación, expansión, posicionamiento y la dominación del mercado, para la construcción de la marca e imagen corporativa de la franquicia.

II. Importancia de las Marcas para Expandir su Franquicia

Una marca es la punta de lanza de una franquicia, y uno de sus elementos esenciales inherentes a su existencia, que establece de inmediato una conexión e identificación entre el negocio, producto o servicio y el público consumidor.

De ahí pues, que para el propietario de una marca debe ser fundamental la protección legal de sus activos de propiedad industrial, si desea mantener en plena vigencia su comercialización, éxito, titularidad, exclusividad y defenderlos ante terceros no autorizados para la explotación comercial de los mismos.

Esto es más importante para propietarios de marcas extranjeras, si el caso es que planean implantar, expandir o reproducir su franquicia en Panamá, mediante la comercialización de alguna marca de productos o la prestación de alguna marca de servicios.

En Panamá el registro de marcas es territorial, toda vez que tanto su uso en el mercado nacional como su registro son imprescindibles, para hacer valer sus derechos de propietario en Panamá, y hacerle frente a marcas idénticas o similares, uso indebido, falsificaciones, piraterías, impugnación u oposición de registros de marcas, cancelación de registro por desuso de la marca; etc.

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Para efectos de replicar su franquicia en nuestros país, pues, los propietarios de marcas extranjeras deben usarlas y registrarlas; no basta con mostrar pruebas de uso y registro anterior en otro país, para oponerse exitosamente al uso o registro de una marca idéntica o similar en Panamá por parte de terceros.

III. El Contrato de Franquicia

1. ¿Cuál es la regulación legal del contrato de franquicias en Panamá?

Aunque no existe una legislación especial de franquicias en Panamá, el contrato de franquicias le da seguridad jurídica a la transacción, tiene plena fuerza legal para obligar a las partes y su incumplimiento genera daños y perjuicios, cuya responsabilidad deberá ser asumida por quien incumpla.

Además, el contrato de franquicias en Panamá se consolida con la estructuración y aplicación pertinente de normas de carácter civil, comercial, marcario, laboral, penal y tributario, según sea el caso inherente a su aplicación.

El Contrato de Franquicia es un contrato comercial, que fundamentalmente se rige por los principios y elementos generales de contratación previstos tanto en el Código de Comercio, como en las normas aplicables del Código Civil.

El contrato de franquicias que se celebra es una relación de derecho privado, es decir, no es un asunto de derecho público donde generalmente es necesario contar con la aprobación del Estado.

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El Contrato de Franquicia, para su eficacia, no es obligatorio que deba constar por instrumento público /Escritura Pública, y por lo tanto, es un documento privado entre las partes contratantes, que sólo es necesario la autenticación de sus firmas ante Notario Público, y su inscripción ante la DIGERPI, en lo concerniente a la Licencia de Uso de una marca, como veremos más adelante.

2. ¿Qué requisitos debe cumplir un contrato de franquicias en Panamá?

En esencia, un Contrato de Franquicia en Panamá deberá regirse por la libre contratación o principio de autonomía de la voluntad de las partes que contempla el Art. 1106 del Código Civil, es decir que “Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente ...”, esto es, por cuanto es una relación de derecho privado, y por lo tanto, está abierta a pactarse o acordarse los puntos o asuntos que mejor les parezca a las partes, “ siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral ni al orden público.”

Dentro de ese contexto, pues, el contrato deberá ceñirse al cumplimiento de los requisitos esenciales indicados a continuación:

  • La autorización para contratar. Los contratantes deben estar debidamente autorizados para contratar.
  • La capacidad para contratar. Los contratantes deben estar capacitados legalmente para contratar.
  • El consentimiento. El consentimiento de los contratantes es un requisito esencial para la validez de los contratos.
  • El consentimiento de los contratantes debe quedar debidamente expresado.

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