Contratos y Requisitos para Emprendedores en España: Guía Completa

El fomento del emprendimiento es una de las políticas centrales de todas las comunidades autónomas y también de muchos ayuntamientos en España. Por ello, existen ayudas autonómicas para facilitar que los emprendedores de cada región puedan sacar adelante su proyecto.

Tipos de Contratos Laborales

A través de sus 138 páginas va desgranando los aspectos esenciales y especificidades de cuatro tipos de contratos de trabajo.

Contrato Indefinido

Se trata del tipo de contrato laboral que se concierta sin un límite de tiempo. Es lo que coloquialmente se conoce como un trabajo fijo. Y es que el contrato indefinido cumple una función económica importante.

En el caso de relación laboral indefinida, deberán constar por escrito: las acogidas al programa de fomento del empleo, cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y de relevo, los de las personas trabajadoras que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. De no observarse la formalización por escrito cuando sea exigible, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios, tal y como establece el artículo 8.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Contrato Temporal

A diferencia del contrato indefinido, el temporal se firma por una duración determinada. Fundamentalmente, el contrato temporal es un gran instrumento al servicio de la flexibilidad en la empresa. Permite reaccionar ante circunstancias singulares e, incluso, ante imprevistos.

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Contratos de Formación

Se pueden concertar en los cinco años (siete en el caso de discapacitados) siguientes a la obtención de un título universitario, de formación profesional o similar. Son, por tanto, un complemento que permite realizar una transición entre los estudios realizados y sus aplicaciones profesionales.

Ayudas y Subvenciones para Emprendedores

Acceder al capital necesario para emprender es uno de los principales problemas para los emprendedores en España, según el informe 'Mapping Spain’s Tech Sector', elaborado por Google Startups y Endeavor Insights. En concreto, el 56% de las startups encuestadas respondieron que lograr la financiación deseada puede ser un obstáculo.

Si no se cumple con los requisitos para acceder a las ayudas destinadas a jóvenes emprendedores, sigue habiendo alternativas. Si se va a emprender después de acceder a una prestación por desempleo, una de las opciones que existe es pedir la capitalización de la prestación, es decir, cobrarla toda de una vez.

Esta opción es una buena idea para obtener financiación rápida y una ayuda para que los nuevos emprendedores puedan desarrollar sus proyecto. El emprendedor debe ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral. El emprendedor debe iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único de la prestación.

Tarifa Plana para Autónomos

Los emprendedores que se den de alta como trabajadores autónomos entre 2023 y 2025 podrán optar a una tarifa plana de 80 euros mensuales durante los primeros doce meses de su actividad. Se trata de una ayuda para nuevos emprendedores: uno de los requisitos es que no hayan estado dadas de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.

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Trámites Iniciales

  • Presentar el modelo 036 ante la Agencia Tributaria. Se trata de un documento que permite al autónomo darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y notificar su alta en el censo de empresarios.
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Una vez se ha realizado el alta en Hacienda, el emprendedor tiene un plazo de 30 días para gestionar su alta en el RETA.

Ejemplos de Ayudas Autonómicas

  • EAUTOP en la Comunidad Valenciana: Se trata de subvenciones para la creación de startups en municipios en situación o riesgo de despoblación de la Comunidad Valenciana. Pueden optar a ellas los autónomos que hayan iniciado su actividad en los dos primeros meses del año.
  • Subvención para contratar nuevos trabajadores en Aragón: El Gobierno de Aragón cuenta con una subvención para que los autónomos puedan contratar a un trabajador dentro de los primeros 24 meses desde que se inició la actividad autónoma. Esta ayuda enfocada a los nuevos emprendedores es vital para que puedan contar con recursos humanos.
  • Nuevas empresas de economía circular en Cantabria: La Sociedad para el Desarrollo de Cantabria (Sodercan) ha puesto en marcha una línea de ayudas con un presupuesto de 200.000 euros para proyectos de I+D que fomenten la economía circular en la industria.

Empezar en el mundo del emprendimiento es más fácil de la mano de estas ayudas. Además, desde BBVA Spark, los emprendedores pueden encontrar una oferta integral para apoyar a otras compañías en cada etapa de su camino.

Requisitos y Bonificaciones Adicionales

Cuando se formalice el contrato con una persona trabajadora con discapacidad el contrato se formalizará por escrito, en cuadruplicado ejemplar, en modelo oficial. En el supuesto de personas trabajadoras a distancia en el contrato deberá hacerse constar el lugar en que se realice la prestación. El acuerdo por el que se establezca el trabajo a distancia se formalizará por escrito. Si el contrato se celebra a tiempo parcial en el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.

Las dos últimas exclusiones no se aplicarán cuando se trate de personas trabajadoras con especiales dificultades para su inserción laboral. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones correspondientes.

Las cuantías de las subvenciones a la contratación indefinida se podrán incrementar hasta en 2.000 euros cuando la contratación se realice por personas trabajadoras autónomas o por una cooperativa o sociedad laboral que contraten a su primer empleado, o bien cuando las personas trabajadoras con discapacidad procedan de un enclave laboral. Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, dicha subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, sin que ésta pueda ser inferior al 50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable.

Las subvenciones por la contratación de personas trabajadoras con discapacidad es competencia de las comunidades autónomas, excepto en el caso de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Esta exclusión no se aplicará cuando se trate de personas trabajadoras con especiales dificultades para su inserción laboral. Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de las personas trabajadoras como durante la aplicación de las bonificaciones correspondientes.

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Subvenciones de Coste Salarial

Subvenciones de coste salarial, que se graduarán teniendo en cuenta el tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias últimas de este programa, así como la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan, en los siguientes términos:

En el caso de personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, la cuantía mínima de la subvención por cada persona trabajadora será equivalente al 55 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente (60 por ciento si es mujer o mayor de 45 años) cuando tenga un contrato indefinido, y al 50 por ciento cuando tenga un contrato temporal con la duración mínima que establezca, en su caso, el servicio público de empleo.

Con el fin de garantizar que el trabajo se adecue en todo momento a las características personales y profesionales de la persona trabajadora con discapacidad y valorar el grado de adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años.

Quedan excluidos los trabajadores/as que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.

A efectos del cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento de la situación de alta, o asimilada a la de alta, en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados o reconocidos como improcedentes, los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a derecho, así como las extinciones causadas por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de las personas trabajadoras, o por resolución del período de prueba.

En aquellos supuestos en los que la persona trabajadora contratada haya finalizado un contrato de trabajo con una empresa de inserción durante los 12 meses anteriores, no haya prestado posteriormente sus servicios por cuenta ajena por un período superior a 30 días para otro empleador con posterioridad al cese en la empresa de inserción y sea contratada con carácter indefinido por un empleador que no tenga la condición de empresa de inserción o centro especial de empleo, la bonificación será de 147 euros/mes durante un periodo máximo de 12 meses.

Quedan excluidas las personas trabajadoras que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. Los contratos objeto de las ayudas que se indican en el apartado de incentivos podrán realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos, mediante contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial. Las empresas que hayan extinguido o extingan, por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo, contratos bonificados quedarán excluidas por un período de 12 meses de las bonificaciones.

Exclusiones y Requisitos Adicionales

Personas trabajadoras en situación de exclusión social. La persona trabajadora no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive, con el empresario o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como las contrataciones que se produzcan con estos últimos. Quedan excluidas las personas trabajadoras que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses, previos a la formalización del contrato. También se podrá concertar el contrato temporal de fomento de empleo para trabajadores en situación de exclusión social.

Estar promovidas y participadas por una o varias entidades promotoras, es decir, entidades sin ánimo de lucro, asociaciones sin fines lucrativos y las Fundaciones, cuyo objeto social contemple la inserción social de personas desfavorecidas, que promuevan la constitución de empresas de inserción. Esta participación será al menos de un 51% del capital social para las sociedades mercantiles. No haber sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo según lo previsto en el artículo 46 del R.D.

La contratación indefinida de mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o de explotación laboral y mujeres en contextos de prostitución conforme a las definiciones contenidas en los artículos 6.e), f) y g) del Real Decreto Ley 1/2023, de 10 de enero. Los contratos objeto de las ayudas podrán realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos, mediante contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial.

Las empresas que hayan extinguido o extingan contratos bonificados por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo, quedarán excluidas por un período de doce meses de Los incentivos a la contratación.

Jóvenes con Baja Cualificación

Se considerarán personas jóvenes con baja cualificación aquellas que no hayan alcanzado los estudios correspondientes al título de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio del sistema de Formación Profesional, de acuerdo con la declaración que realicen a este respecto en su inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social

A los efectos de considerarse cumplido el requisito de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias durante toda la duración de los beneficios, así como para el acceso a nuevos beneficios, se considerará que los certificados emitidos por vía telemática por el órgano competente tendrán un plazo de validez de seis meses desde su emisión, quedando acreditado el cumplimiento del citado requisito durante la totalidad de dicho plazo, con independencia de la situación tributaria en la que se encuentre la empresa entre la fecha a la que se refiere el párrafo anterior y la del vencimiento del plazo de validez de seis meses indicado anteriormente.

En el supuesto de beneficios en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, si durante el período de su disfrute concurren las circunstancias establecidas en el artículo 20.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se producirá la pérdida automática de los beneficios regulados en la presente norma, respecto de las cuotas correspondientes a períodos no ingresados en plazo reglamentario, salvo que sean debidas a error de la Administración, teniéndose en cuenta dicho período como consumido para el cómputo del tiempo máximo de disfrute de tales beneficios. El Gobierno podrá ampliar, por años sucesivos, la medida prevista cuando lo permitan las disponibilidades financieras del Programa Operativo de Empleo Juvenil vigente en cada momento.

Mantenimiento del Empleo

En las bonificaciones a la contratación laboral indefinida, incluida la transformación de contratos en los supuestos previstos en esta norma, y por la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales, el beneficiario deberá mantener a la persona destinataria de estas medidas en situación de alta, o asimilada a la de alta con obligación de cotizar, en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, al menos tres años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación bonificados.

A efectos del cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento de la situación de alta, o asimilada a la de alta, en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados o reconocidos como improcedentes, los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a derecho, así como las extinciones causadas por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de las personas trabajadoras, o por resolución del período de prueba. Asimismo, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo causadas por jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del empresario, por expiración del tiempo convenido en caso de contratos formativos o de duración determinada bonificados en esta norma, o por fin del llamamiento de personas trabajadoras con contrato fijo-discontinuo, así como, en el caso de subrogaciones, por las causas legales estipuladas.

Bonificaciones Específicas

La contratación indefinida por parte de la empresa donde está desarrollando la formación práctica dará derecho a una bonificación de 138 €/mes durante 3 años o toda la vigencia del contrato en caso de contratar a una persona con discapacidad (Art.

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