El Gobierno Vasco, a través de la Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, ofrece diversas líneas de financiación para startups y pymes. Esta agencia cuenta con un presupuesto de 433 millones de euros destinados a este fin.
Programas de Financiación para PYMEs en el País Vasco
Existen múltiples programas que incentivan proyectos de transformación digital, emprendimiento, desarrollo industrial, internacionalización e innovación. A continuación, se detallan algunos de estos programas y sus requisitos:
Transformación Digital
Programa 5G Empresarial 2021
Este programa está diseñado para acelerar la inserción de la tecnología 5G en el tejido empresarial e incentivar la transición digital.
- Tipo de financiación: Subvenciones de hasta 100.000€ por empresa y año (con una intensidad máxima del 75% de los gastos e inversiones subvencionables).
- Beneficiarios: Empresas con actividad económica en el País Vasco, independientemente de su tamaño y sector.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe demostrar que el proyecto permite activar la oferta y la demanda de la tecnología 5G en el territorio.
Ciberseguridad Industrial 2021
Este programa impulsa mejoras en la ciberseguridad de las empresas industriales del País Vasco, con especial atención a proyectos que aborden la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT.
- Tipo de financiación: Subvenciones a fondo perdido de hasta 18.000 €.
- Beneficiarios: Empresas industriales y de servicios conexos (técnicos, de diseño y de logística) ligados al producto-proceso industrial.
- Requisitos principales: Si la empresa beneficiaria tiene menos de 12 meses de vida, debe presentar su plan de negocio.
Emprendimiento
Aurrera 2021
Este programa facilita el acceso a financiación a largo plazo que impulse el crecimiento de startups y pymes de reciente creación.
Lea también: Subvenciones PYMES
- Tipo de financiación: Préstamos a largo plazo de entre 50.000 y 250.000€. El plazo de financiación es de hasta 7 años, con un máximo de 2 años de carencia.
- Beneficiarios: Pymes del País Vasco con perfil tecnológico o innovador y una antigüedad menor a 3 años.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe comprometerse a generar al menos 3 nuevos puestos de trabajo en 3 años y pertenecer a alguno de los siguientes sectores: industrial, servicios conexos a la industria o TEICs.
Desarrollo Industrial
Bateratu 2021
Este programa fortalece empresas del tejido industrial del País Vasco afectadas por las consecuencias del Covid-19 que hayan realizado proyectos de fusión y/o absorción.
- Tipo de financiación: Subvenciones a fondo perdido de hasta 500.000 €.
- Beneficiarios: Pymes, del País Vasco, industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.
- Requisitos principales: Las inversiones objeto de ayuda deben estar dirigidas al aumento de la capacidad productiva de la empresa beneficiaria.
Bideratu Berria 2021
Este programa impulsa la competitividad y consolida la viabilidad a medio y largo plazo de empresas industriales en situación de crisis, a través de la aplicación de medidas para su reestructuración y relanzamiento, tanto financiero como industrial.
- Tipo de financiación: Anticipos reintegrables de hasta 1.000.000 € (correspondientes hasta el 50% del coste del plan de reestructuración).
- Beneficiarios: Pymes, del País Vasco, industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.
- Requisitos principales: El plan debe incluir una descripción detallada de las medidas financieras a aplicar, en la que se incluyan los compromisos financieros de los accionistas de la empresa.
Gauzatu Industria 2021
Este programa impulsa la creación y el desarrollo de startups y pymes innovadoras que permitan mejorar la productividad del tejido empresarial del País Vasco.
- Tipo de financiación: Préstamos a largo plazo de hasta 150.000 € por cada nuevo puesto de trabajo generado o de hasta 100.000 € cuando el proyecto contribuya al mantenimiento de la plantilla inicial. En ambos casos, el plazo de financiación es de 5 años.
- Beneficiarios: Empresas industriales y de servicios conexos del País Vasco que se consideren de base tecnológica y/o innovadora.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe invertir como mínimo 120.000 € en un proyecto que permita mantener o crear nuevos puestos de trabajo durante 2 años.
Lortu 2021
Este programa impulsa la competitividad del tejido industrial vasco, ayudando a las empresas a conseguir superar el impacto del Covid-19 en su actividad mediante un proceso de refinanciación realizado por profesionales externos.
- Tipo de financiación: Subvenciones a fondo perdido de hasta 30.000 €. La intensidad máxima de la ayuda es del 80% de los gastos de consultoría.
- Beneficiarios: Empresas industriales y de servicios conexos del País Vasco.
Bilakatu 2021
Este programa refuerza el tejido industrial del País Vasco afectado por las consecuencias del Covid-19, mediante la diversificación de su actividad y la creación de nuevos productos y servicios innovadores.
Lea también: Impulso al emprendimiento femenino en Aragón
- Tipo de financiación: Subvenciones a fondo perdido de hasta 1M €.
- Beneficiarios: Empresas industriales extractivas, productivas, transformadoras y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial; del País Vasco.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe estar dispuesta a realizar inversiones productivas de como mínimo 1,5 millones de € para grandes empresas y 250.000 € para pymes.
Internacionalización
Gauzatu Internacional 2021
Este programa promueve la internacionalización tanto de pymes como de grandes empresas vascas.
- Tipo de financiación: Préstamos a largo plazo de hasta 1.000.000 € con un plazo de financiación de 5 años.
- Beneficiarios: Pymes y grandes empresas del País Vasco. Quedan excluidas de la convocatoria aquellas empresas de sectores como: construcción, inmobiliario, financiero, seguros, defensa, productos de la pesca y acuicultura y producción agrícola primaria.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe invertir como mínimo 120.000 € en el proyecto de internacionalización, a realizar en un plazo máximo de 36 meses.
Zabaldu 2021
Este programa incentiva la presencia de las empresas del País Vasco en el extranjero y promover el desarrollo sostenible de estas a lo largo del proceso de internacionalización.
- Tipo de financiación: Subvenciones a fondo perdido de hasta 45.000 €.
- Beneficiarios: Pymes del País Vasco.
- Requisitos principales: La exportación de la empresa beneficiaria debe representar menos del 50% de su actividad.
Innovación
Innobideak Lehiabide 2021
Este programa incentiva la competitividad de las empresas del País Vasco mediante procesos de diversificación de los productos/servicios y/o mercados.
- Tipo de financiación: Subvenciones de hasta 25.000 €. La ayuda se puede incrementar hasta 35.000 € cuando las innovaciones supongan un alto impacto para la empresa. La intensidad máxima de la ayuda es del 60%.
- Beneficiarios: Empresas industriales y de servicios conexos del País Vasco que se consideren de base tecnológica y/o innovadora.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe contar con, como mínimo, una plantilla de 10 personas.
Otras Ayudas
Programa 3I 2021: Apoyo integral a la Innovación, la Internacionalización y la Inversión (Diputación foral de Bizkaia)
Este programa incrementa la competitividad de las empresas del territorio.
- Tipo de financiación: Subvenciones de hasta 500.000 € (la intensidad máxima de la ayuda será de entre el 10 y el 50% según el tamaño de la empresa).
- Beneficiarios: Pymes, con centro productivo en Bizkaia, de los siguientes sectores: industria, construcción, transporte, servicios conexos con la industria, turismo y comercio al por mayor.
- Requisitos principales: La empresa beneficiaria debe contar con, como mínimo, una plantilla de 10 personas.
Plan de Ayudas a Pymes 2024
El Gobierno Vasco aprobó el Plan de Ayudas a Pymes 2024 en su primer Consejo de Gobierno del año (Consejo de Gobierno 9-1-2024).
Lea también: Guía para emprendedores con discapacidad
Subvenciones para PYMEs Industriales en el País Vasco
Estas subvenciones están destinadas a la Inversión en maquinaria avanzada (software y hardware) destinada a la implementación de proyectos de Industria 4.0 relacionados con las siguientes materias:
- Big Data y Analítica Avanzada
- Fabricación Aditiva
- Robótica Avanzada y Colaborativa
- IIoT (Industrial Internet of Things)
- Inteligencia Artificial
- Machine Learning y Deep Learning
- Sistemas Ciber-Físicos
- Realidad Virtual y Aumentada
- Gemelos Digitales (Digital Twins)
Detalles de la ayuda económica:
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido.
- Cuantía: 20% sobre los gastos o inversión aprobados.
- Límite máximo: Hasta 75,000 euros por empresa y por solicitud.
Requisitos de inversión mínima:
- La suma total de las inversiones debe ser igual o superior a 50,000 euros (sin incluir IVA).
- Los gastos de consultoría no deben exceder el 25% del presupuesto total del proyecto.
Para acceder a las subvenciones, es esencial acreditar la inversión mediante un pedido o contrato aceptado por las partes, complementado con un pago inicial de al menos el 10% del importe de la maquinaria y/o equipamiento avanzado, respaldado con factura. Las inversiones pueden financiarse mediante leasing, siempre que se incluya una opción de compra al término del contrato y un compromiso firmado por ambas partes para ejecutar esta compra.
Las subvenciones se otorgan por orden de llegada hasta el agotamiento de los fondos y están sujetas al régimen de mínimis, siendo además compatibles con otras ayudas. Las empresas deben adherirse a la normativa de igualdad para calificar para estas subvenciones.
Es importante señalar que no son elegibles para subvención los gastos financieros derivados de la inversión, los gastos de personal propio, la compra de terrenos, ni las inversiones en equipos usados.
Ayudas a Empresas de Inserción
Podrán ser objeto de las ayudas destinadas al sostenimiento de las empresas de inserción las siguientes actuaciones:
- Inversiones en activos fijos orientadas a la creación o al mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas en proceso de inserción.
- Podrán ser subvencionadas hasta el ochenta y cinco por ciento (85 %) de su coste total, con un límite máximo de doce mil euros (12.000 euros) por puesto de trabajo creado o mantenido de personas en proceso de inserción.
- En todo caso, los activos fijos deberán estar directamente relacionados con la actividad principal desarrollada por la empresa de inserción.
- Así mismo estos activos fijos deberán tener establecido un período mínimo de amortización de tres años, debiendo permanecer, como mínimo, ese mismo tiempo en el activo de la empresa.
- La concesión de esta subvención obliga a la empresa de inserción a realizar las inversiones subvencionadas dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede.
- La creación y el mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas en proceso de inserción.
- Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción, con un importe anual de doce mil trescientos euros (12.300 euros).
- Si, en razón de la naturaleza de las actividades desarrolladas por la empresa, los puestos de trabajo creados o mantenidos fueran a tiempo parcial, el importe de la subvención se verá reducido en proporción al mismo.
- En el caso de que la persona que ocupe el puesto de trabajo sea mujer el importe de esta subvención se incrementará en un cinco por ciento (5%).
- La creación y el mantenimiento de puestos de trabajo destinados a técnicos de acompañamiento a la producción.
- Esta subvención tendrá un importe anual de mil ochocientos euros (1.800 euros) por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción.
- Si, en razón de la naturaleza de las actividades desarrolladas por la empresa, los puestos de trabajo creados o mantenidos fueran a tiempo parcial, el importe de la subvención se verá reducido en proporción al mismo.
- La creación y el mantenimiento de puestos de trabajo destinados a técnicos especializados en acciones de acompañamiento a la inserción.
- Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención para la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo destinados a técnicos de acompañamiento a la inserción.
- Esta subvención tendrá un importe anual de mil cien euros (1.100 euros) por puesto de trabajo creado y mantenido de personas en proceso de inserción.
- Si, en razón de la naturaleza de las actividades desarrolladas por la empresa, los puestos de trabajo creados o mantenidos fueran a tiempo parcial, el importe de la subvención se verá reducido en proporción al mismo.
- Asistencia técnica:
- Subvención para la realización de estudios de mercado con vistas a la apertura de nuevos mercados o a la reorientación de la actividad empresarial. Esta subvención financiará hasta el cincuenta por ciento (50%) del coste de los mismos, con un límite máximo de seis mil euros (6.000 euros). La concesión de esa subvención obliga a la empresa a realizar el estudio de mercado dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede.
- Realización de auditorías contables y de gestión. Se otorgará, con un límite máximo de mil doscientos cincuenta euros (1.250 euros), únicamente a aquellas empresas que no tienen obligación de proceder anualmente a la auditoría La concesión de esta subvención conlleva para la empresa de inserción la obligación de realizar la auditoría contable y de gestión dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede.
- Formación.
- Las subvenciones cubrirán hasta el ochenta por ciento (80%) de los gastos de matrícula del curso correspondiente que realice la persona trabajadora en proceso de inserción.
- Cubrirán así mismo las dietas de desplazamiento derivadas del traslado desde el municipio del domicilio de las personas en proceso de inserción que participen en el curso hasta el lugar donde se imparta el mismo, siempre que la distancia (ida y vuelta) entre ambos lugares sea superior a 10 km. Se pagarán los gastos generados por la utilización de transporte público y en caso de imposibilidad de utilización de transporte público, si se utiliza vehículo propio, un máximo de 0,15 euros/km.
Documentación Necesaria para Solicitar las Ayudas
Según la Base 11 de la Orden, la documentación general a presentar es la siguiente:
- Plan Estratégico del Clúster (PEC) en el cual se identificarán los retos comunes cuyas respuestas se plantean desde la cooperación.
- Plan de Actuación Clúster anual (PAC), derivado del PEC descrito en el punto anterior.
- Estados financieros previstos y últimos auditados.
- Certificado de parámetros socioeconómicos del ejercicio 2024 emitido por una persona auditora inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, al objeto de verificar que las empresas asociadas a la organización dinamizadora solicitante cumplen la condición de pyme.
- Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Poder de representación de la solicitante, asociación, federación o agrupación. Las agrupaciones deberán nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.
- Escritura o acta de constitución y las posteriores modificaciones, así como su inscripción en los registros que corresponda.
- Última declaración del Impuesto de Sociedades.
- Relación de empresas y miembros del clúster asociadas a la solicitante, con el detalle de la información referente a las cuotas pagadas y los parámetros socioeconómicos de las mismas (empleo, facturación, porcentajes de exportación, I+D, etc.).
- En el caso de que la solicitante sea una federación o una agrupación, en el Plan Estratégico del Clúster justificará el aprovechamiento de las sinergias y la complementariedad de sus miembros para ejecutar el Plan de Actuación Clúster (PAC) anual. Así mismo, en el caso de las agrupaciones, sus integrantes designarán a una de ellas como entidad coordinadora que, a los efectos del programa, asumirá la responsabilidad de llevar a buen fin la propuesta presentada por la agrupación, y la representación e interlocución en las relaciones con los órganos de gestión del programa.
- Declaración responsable de la entidad solicitante, ya sea asociación, agrupación e integrantes, o federación e integrantes. La declaración está sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los aspectos recogidos: en la Base 11.1.k)
- Relación de las subvenciones que para el mismo fin hayan solicitado y/o recibido de instituciones públicas o privadas. Si la solicitante fuese una agrupación, deberá aportar además el acuerdo firmado entre las entidades integrantes.
Causas de Denegación de las Ayudas
Las solicitudes de las ayudas serán estudiadas por orden de presentación y se resolverán ordenadamente en función del momento en el que el respectivo expediente esté completo, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
No podrán acceder a las ayudas las empresas que:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
- Que no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública o entidad pública o privada.
- Que se halla incursa en procedimiento alguno de reintegro de subvención otorgada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Recurso de Alzada
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Gestión de Pagos
La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros gestiona los pagos de la Administración de la CAE y sus Organismos Autónomos. Esta aplicación permite a los usuarios consultar, modificar y dar de alta sus datos bancarios. En el caso de alta o modificación, una vez validada por la aplicación, recibirá un correo electrónico o SMS.
El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
Para utilizar este servicio es necesario que el usuario esté identificado.