La Constitución reconoce el derecho a la Justicia Gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Afortunadamente, existen varias opciones para acceder a consultoría jurídica gratuita online.
Instituto de las Mujeres
El Instituto de las Mujeres ofrece información y asesoramiento gratuitos de manera online o mediante consulta telefónica. Se especializa en derechos de las mujeres relacionados con la igualdad en los ámbitos del empleo, seguridad social, familia, consumo, etc.
El horario de atención es de 09:00 a 20:00 horas ininterrumpidamente de lunes a viernes, salvo festivos nacionales.
Además, el Instituto de las Mujeres ofrece asesoramiento, orientación, metodología y formación a las empresas para llevar a cabo el proceso de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de igualdad.
Servicios de Orientación Jurídica (SOJ)
También puede dirigirse a los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) de los Colegios de Abogados de cada provincia, donde además le informarán sobre el BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA. Los Servicios de Orientación Jurídica, integrados en los Colegios de Abogados, tienen como función principal ofrecer orientación jurídica a la ciudadanía y tramitar las solicitudes del beneficio de justicia gratuita.
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Funciones de los SOJ:
- Informar a la persona solicitante de sus derechos y obligaciones, tanto si se le concede como si se le deniega el beneficio de asistencia jurídica gratuita, incluido su derecho a designar profesionales de su libre elección.
- Asesorar jurídicamente con carácter previo a las personas peticionarias de asistencia jurídica gratuita, con la finalidad de orientar y encauzar sus pretensiones.
- Informar sobre el contenido material del derecho a asistencia jurídica gratuita, los requisitos para su reconocimiento y su extensión temporal.
- Informar sobre la posibilidad de acceso a la mediación u otros medios extrajudiciales alternativos de solución de conflictos.
- Suministrar a las personas interesadas los modelos de solicitud, y prestar el auxilio técnico y material, en su caso, en la cumplimentación de la solicitud, ya sea a través de impresos normalizados o de medios electrónicos.
- Requerir a las personas interesadas la documentación preceptiva que ha de acompañar a la solicitud, y la subsanación de deficiencias u omisiones de la misma. También deberá informar de la posibilidad de prestar consentimiento para que el ente correspondiente acceda directamente a los datos necesarios para la tramitación de la solicitud. Así como informar sobre la posibilidad de recibir, de forma electrónica, la notificación de la resolución adoptada por la Comisión.
- Analizar la pretensión principal contenida en la solicitud por si resultase manifiestamente insostenible, carente de fundamento o incompetente territorialmente debiendo comunicar el resultado de ello a la persona solicitante y trasladar la solicitud a la comisión.
- Tramitar las solicitudes de asistencia jurídica gratuita y efectuar la correspondiente designación provisional.
- Remitir los expedientes de justicia gratuita tramitados a la respectiva comisión de asistencia jurídica gratuita.
- Cualquier otra función que le sea atribuida por la normativa en materia de asistencia jurídica gratuita.
El asesoramiento prestado tendrá en todo caso carácter gratuito para las personas solicitantes del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Ubicación y Horarios de Algunos SOJ:
- Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Castellón - Dirección: Ciudad de la Justicia de Castellón, Bulevar Blasco Ibáñez nº10, Planta Baja, 12003 Castellón.
- Horario de atención: de lunes a viernes, de 9 a 14 y de 15 a 18 horas.
- Necesario pedir cita previa llamando al teléfono 964.920.155.
 
- Valencia - Dirección: Profesor López Piñero, 14, 46013 València
- Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.
- Necesario pedir cita previa llamando al teléfono: 963.347.508.
 
- Valencia (Cullera) - Dirección: Plaça de la Verge nº 5, 46400 Cullera
- Horario de atención: los últimos jueves del mes de 9:00 a 13:00 horas.
 
- Alzira - Horario de atención: De lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas para información y presentación de solicitudes, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas para asesoramiento letrado.
- Necesario pedir cita previa para asesoramiento letrado en el teléfono 961.704.583
 
- Ibi - Dirección: Industria, s/n Ibi
- Horario de atención: viernes de 10 a 13 horas
- Necesario pedir cita previa llamando al teléfono: 966. Aguilera s/n (Alicante)
 
- Alicante - Dirección: Aguilera s/n (Alicante)
- Horario de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Necesario pedir cita previa en el teléfono 96.510.29.04.
 
- Elche - Horario de atención: de lunes a viernes de 9.00h a 12.00h.
- Necesario pedir cita previa en el teléfono Teléfono: 966.631.484.
 
- Orihuela - Dirección: Plaza Santa Lucía, 13 (Orihuela)
- Horario de atención: todos los martes y viernes y dos miércoles al mes, de 10:00 a 14:00 horas.
- Imprescindible pedir cita previa en el mostrador, se atenderá de lunes a viernes de 10:00h a 14:00h.
 
- Torrevieja - Dirección: Patricio Zammit, 50 (Torrevieja)
- Horario de atención: martes y viernes de 10:00 a 14:00 horas.
- Imprescindible pedir cita previa en el mostrador, se atenderá de 10:00h a 12:00h.
 
Asistencia Jurídica Gratuita en Casos Específicos
Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección cuando sean víctimas de delitos de homicidio, de lesiones de los artículos 149 y 150, en el delito de maltrato habitual previsto en el artículo 173.2, en los delitos contra la libertad, en los delitos contra la libertad sexual y en los delitos de trata de seres humanos.
En el orden jurisdiccional penal, si la asistencia se desarrolla en un centro de detención o directamente en el juzgado será el letrado o letrada que haya asistido al ciudadano o ciudadana el que rellenará la solicitud de justicia gratuita que deberá ser firmada por el solicitante.
También podrá solicitarse la asistencia jurídica gratuita ante el Juzgado del domicilio del solicitante.
¿Cómo Solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en Segunda Instancia?
Cuando el solicitante pretenda el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en la segunda instancia (apelación) sin haberla solicitado en la primera instancia, deberá acreditar que las circunstancias y condiciones necesarias para su concesión sobrevinieron durante el proceso de primera instancia o con posterioridad a ella.
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¿Qué Sucede si el Beneficiario de Justicia Gratuita Gana el Pleito?
Si el titular del derecho de asistencia jurídica gratuita fuera el vencedor del pleito obteniendo beneficios económicos y la sentencia no contuviese expreso pronunciamiento en costas, este deberá pagar las costas causadas en su defensa, sin exceder nunca de la tercera parte del beneficio obtenido.
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Documentación Necesaria
No todos los documentos que se relacionan a continuación son necesarios en todos los casos, sino que habrá que atender a cada caso, en función del lugar de residencia del solicitante y de las circunstancias que haya alegado en su solicitud, que serán las que deberá acreditar documentalmente. No obstante, con el objeto de agilizar el trámite de solicitud los Colegios de la Abogacía podrán, en el caso de que se les autorice de forma expresa, solicitar en nombre de los justiciables varios de estos certificados.
El sistema desarrollado por la Infraestructura Tecnológica de la Abogacía Española, RedAbogacía, conecta ya a 70 Colegios de Abogados de forma telemática y sencilla con organismos como la Agencia Tributaria, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y su Tesorería General, la Dirección General del Catastro, o el Instituto Nacional de Empleo, entre otras.
Otros Aspectos Importantes
La unidad familiar la componen los cónyuges no separados legalmente y si los hubiere, los hijos/as menores, con excepción de los que se hallen emancipados.
Excepcionalmente, podrá reconocerse el derecho a personas cuyos ingresos superen la cantidad anual bruta de 37.653.00 € (quíntuplo del IPREM) en atención a las circunstancias de familia del solicitante, número de hijos/as o familiares a su cargo, las tasas judiciales y otros costes derivados de la iniciación del proceso, y otras de análoga naturaleza, objetivamente evaluadas y, en todo caso, cuando el/la solicitante ostente la condición de ascendiente de una familia numerosa de categoría especial.
Cambio de Abogado
La solicitud de cambio de abogado o abogada por pérdida de confianza la tiene que llevar a cabo el beneficiario/a de justicia gratuita ante el Colegio profesional que hubiera realizado la designación.
Documentación Faltante
Si cuando el solicitante acude al SOJ a entregar la documentación que por el consultor/a del mismo se le solicitó y el tramitador/a del SOJ constatara que falta algún documento, le indicará al solicitante el documento exacto que le falta concediéndole un plazo máximo de diez días para aportarlo.
Circunstancias de Salud
Igualmente la Comisión de Justicia Gratuita podrá de manera excepcional y mediante resolución motivada conceder el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el articulo.
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