Convalidaciones de Asignaturas en el Grado Superior de Marketing y Publicidad

Este artículo detalla el proceso y las opciones para convalidar módulos profesionales en el Grado Superior de Marketing y Publicidad en España.

¿Qué es una convalidación de módulos profesionales de Formación Profesional?

Una convalidación permite el reconocimiento de créditos o asignaturas ya superadas en otros estudios o experiencias, facilitando el acceso y la finalización del Grado Superior de Marketing y Publicidad.

Módulos Profesionales Convalidables

A continuación, se listan algunos módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación, dependiendo del ciclo formativo de origen:

  • MP 0156 Inglés: Desde cualquier ciclo formativo o Escuela Oficial de Idiomas.
  • MP: 0927 Gestión de productos y promociones en el punto de venta: Desde el Ciclo Formativo de Grado Superior en Gestión de ventas y espacios comerciales.
  • MP: 1231 Dinamización del punto de venta: Desde el Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades Comerciales.
  • MP: 0651 Comunicación y atención al cliente: Para estudiantes de Marketing y Publicidad.
  • MP: 0655 Gestión logística y comercial: Desde Transporte y Logística.
  • MP: 1480 Comercialización de productos gráficos y atención al cliente.
  • MP 1234 Servicios de atención comercial: Desde el Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades Comerciales.
  • MP: 0173 Marketing turístico.
  • MP: 0930 Políticas de marketing: Desde el Ciclo Formativo de Grado Superior en Gestión de ventas y espacios comerciales.
  • MP: 0309 Técnicas de comunicación y de relaciones: Desde el Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades Comerciales.
  • MP: 0623 Gestión económica y financiera de la empresa: Desde el Ciclo Formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas, Comercio Internacional, o Asistencia a la Dirección.
  • MP: 1008. Medios y soportes de comunicación: Desde el Ciclo Formativo de Grado Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.
  • MP: 1109. Lanzamiento de productos y servicios: Desde el Ciclo Formativo de Grado Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.
  • MP 1228. Técnicas de almacén: Operaciones de almacenaje.
  • MP 1232. Procesos de venta: Operaciones de venta.
  • MP 1227. Gestión de un pequeño comercio: Administración y gestión de un pequeño establecimiento comercial.
  • MP 0627. Gestión administrativa del comercio internacional: Gestión administrativa del comercio internacional.
  • MP 0823. Marketing internacional: Marketing internacional.
  • MP 0824. Negociación internacional: Negociación internacional.
  • MP 0825. Financiación internacional: Financiación internacional.
  • MP 0826. Medios de pago internacionales: Medios de pago internacionales.
  • MP 0625. Logística de almacenamiento: Almacenaje de productos.
  • MP 0622. Transporte internacional de mercancías: Transporte internacional de mercancías.
  • MP 0624. Comercialización del transporte y la logística: Comercialización del servicio de transporte.
  • MP 0628. 0629. Organización del transporte de mercancías: Organización del servicio de transporte terrestre.

Módulos transversales

  • Formación y Orientación Laboral (FOL): Se convalidará aportando FOL LOE, EIE LOE o IPE I/II de cualquier ciclo formativo LOE, o la certificación de prevención de riesgos laborales de nivel básico.
  • Lengua Extranjera: Se convalidará presentando Módulos Profesionales de Lengua Extranjera de ciclos formativos de Grado Superior, o certificaciones de idiomas de nivel B1 (Grado Medio) o B2 (Grado Superior).

Criterios para la Convalidación

  • Módulos idénticos: Los módulos profesionales que tengan los mismos códigos, las mismas denominaciones, capacidades terminales o resultados de aprendizaje, contenidos y duración, serán considerados módulos idénticos, independientemente del ciclo formativo al que pertenezcan, y se trasladarán las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a cualquiera de los ciclos en que estén incluidos.
  • Módulos propios: Las administraciones educativas podrán, en su ámbito de competencias, establecer procedimientos para las convalidaciones correspondientes a estos módulos, siempre que se trate de módulos idénticos, independientemente del ciclo al que pertenezcan.

Documentación Necesaria

Para solicitar la convalidación, se debe presentar la siguiente documentación:

  1. Solicitud según Anexo V de la Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre dirigida a la dirección del centro educativo donde se efectúe la matrícula debidamente cumplimentada, fechada y firmada por la persona solicitante.
  2. Certificado académico oficial de los estudios aportados.
  3. Si se desean convalidar módulos aportando universitarios, el solicitante debe incluir los programas de las asignaturas cursadas y superadas que el alumno considere que dan lugar a la convalidación del módulo o módulos solicitados. Estos programas deben ir sellados por la Universidad. En cada programa debe constar el mismo curso académico que figura en el certificado como superado. Si no fuera así, se debe adjuntar un escrito de la universidad confirmando que los programas son los que se impartieron el curso que se superaron. No se considerarán los programas de asignaturas convalidadas, reconocidas, adaptadas o superadas por compensación.

Calificación de Módulos Convalidados

La calificación de un módulo convalidado será la obtenida por el solicitante en el módulo profesional cursado que conste en la documentación académica correspondiente, y que dé lugar a la convalidación. En el resto de aportaciones: Sin calificación.

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Los módulos profesionales convalidados aportando estudios universitarios, así como los que se convaliden aportando estudios anteriores a la LOGSE, no llevarán asignada ninguna puntuación, constando en el expediente del alumnado como convalidado y no computarán a efectos de cálculo de la nota media.

Resolución de Convalidaciones

El trámite concluye con la emisión de la resolución de convalidación solicitada.

Para las resoluciones que son responsabilidad de la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional, se envía al correo electrónico facilitado por el alumnado, un mensaje de que la resolución está preparada.

Si la resolución la emite la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se interpondrá ante la Secretaría General de Formación Profesional.

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