¿Tienes una idea de negocio y quieres ponerla en marcha? ¿Estás dando tus primeros pasos como autónomo y buscas financiación? El acceso a financiación y ayudas sigue siendo un factor clave para el desarrollo del emprendimiento en España. El panorama del emprendimiento en 2025 sigue presentando retos, pero también opciones para aquellos que buscan poner en marcha o consolidar su negocio.
Programas de Apoyo al Emprendimiento
El Gobierno central, las comunidades autónomas, los ayuntamientos y las Cámaras de Comercio ofrecen diferentes programas para facilitar el emprendimiento.
- Tarifa Plana para Nuevos Autónomos: La conocida tarifa plana sigue vigente en 2025. Los nuevos autónomos pueden pagar una cuota reducida de 80 euros mensuales durante el primer año.
- Autónomos con Discapacidad, Víctimas de Violencia de Género o de Terrorismo: Para estos colectivos, la bonificación se mantiene en 80 euros al mes durante los primeros 24 meses.
- Regularización de Cotizaciones: Desde 2023, los autónomos cotizan según sus ingresos reales.
Financiación a través del ICO
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) sigue siendo una de las principales fuentes de financiación para autónomos y pymes. A través de las entidades bancarias, ofrece líneas de crédito con condiciones ventajosas para la inversión en proyectos empresariales. El importe máximo, los plazos de amortización y los intereses varían en función del tipo de préstamo y de la entidad financiera que lo gestione.
Kit Digital
Para mejorar la competitividad de autónomos y pequeñas empresas, el Kit Digital sigue ofreciendo subvenciones destinadas a la adopción de herramientas tecnológicas.
ENISA
La Empresa Nacional de Innovación (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria y Turismo, continúa siendo una de las principales fuentes de financiación para startups y negocios con alto potencial de crecimiento.
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Ayudas Autonómicas
Las comunidades autónomas ofrecen programas específicos de apoyo al emprendimiento, adaptados a las necesidades de cada región. A continuación, se mencionan algunos ejemplos:
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Comunidad Valenciana: La Generalitat Valenciana dispone de programas de apoyo para autónomos, incluyendo ayudas para el inicio de actividad, fomento de la contratación y subvenciones para la modernización de negocios. Ayudas EMPRENEM COMERÇ a la pyme comercial para el ejercicio 2025 (CMIAPY). Ver más información en el apartado "Ayudas y subvenciones" del área de Comercio de la página web de la Conselleria competente en esa materia.
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Andalucía: La Junta de Andalucía ha reactivado su programa de ayudas al inicio de la actividad para trabajadores por cuenta propia, con una partida de 54 millones de euros que beneficiará a más de 12.200 nuevos autónomos. Las ayudas oscilan entre 3.800 y 5.500 euros, dependiendo del perfil del solicitante.
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Navarra: El Gobierno de Navarra ha autorizado 2,9 millones de euros en ayudas para fomentar el empleo autónomo en 2025, priorizando el apoyo a mujeres, jóvenes, personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años y personas con discapacidad. Las subvenciones varían entre 2.000 y 4.500 euros, según el colectivo beneficiario.
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Comunidad de Madrid: La Comunidad de Madrid ofrece ayudas para personas trabajadoras autónomas y emprendedoras, incluyendo subvenciones para el establecimiento como trabajador autónomo, ayudas para la consolidación de proyectos y apoyo a la conciliación de la vida laboral y familiar.
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Ayudas Adicionales en la Comunidad de Madrid
- Ayudas a personas trabajadoras autónomas, emprendedoras y entidades de la economía social
- Ayudas para el fomento de la RSE y la conciliación laboral
- Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia
- Ampliación de la tarifa plana para autónomos
- Programa de fomento del emprendimiento colectivo
- Pago único de la prestación contributiva
- Ayuda para el abono de cuotas de la Seguridad Social, tras capitalizar la prestación por desempleo
Además de las ayudas autonómicas, muchos ayuntamientos ofrecen programas específicos para fomentar el emprendimiento y apoyar a los autónomos locales.
Programa Cheque Innovación de la Comunidad de Madrid
Se trata de facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la tecnología y la innovación, mediante la concesión directa de ayudas, en la modalidad de subvención, dirigidas a las pymes y, con una especial preferencia, a aquellas pertenecientes a sectores tradicionales no comerciales, financieros o inmobiliarios y cuyo modelo de negocio no esté basado en la generación o desarrollo de innovaciones tecnológicas. Así pues, se trata de fomentar la implementación de la innovación y la transferencia de conocimiento científico y tecnológico por las pequeñas y medianas empresas, como valor añadido y como instrumento para el incremento de su productividad.
Locales para emprendedores
Si eres emprendedor y estás buscando un local para desarrollar tu proyecto empresarial o actividad, la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid pone a disposición de los emprendedores madrileños, una oferta de locales en arrendamiento, en condiciones muy ventajosas.
Fondos Europeos NextGenerationEU
Los Fondos Europeos NextGenerationEU continúan siendo una fuente esencial de financiación para el tejido empresarial español en 2025. Estos fondos están dirigidos a impulsar la recuperación económica y la transformación digital y ecológica del país. Para conocer las convocatorias disponibles y los requisitos de acceso, puedes visitar la web oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, en 2025 se ha lanzado el Fondo de Coinversión (FOCO), gestionado por COFIDES, con una dotación de 2.000 millones de euros provenientes del programa Next Generation EU.
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Capitalización del Paro
La capitalización del paro, también conocida como pago único, es una medida que permite a las personas beneficiarias de una prestación contributiva por desempleo recibir en un solo pago el importe pendiente. La capitalización del paro sigue siendo una herramienta valiosa para quienes desean emprender o integrarse en proyectos empresariales. Es importante destacar que, a partir de la Campaña de la Renta 2024, cuyo plazo se inicia el 2 de abril de 2025, las prestaciones por desempleo deberán declararse obligatoriamente, independientemente de los ingresos obtenidos.
Ayudas para el Alquiler de Locales Comerciales (Post-COVID-19)
El Consejo de Ministros dio luz verde a un mecanismo para que pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos puedan beneficiarse de una serie de ayudas que les permitan hacer frente al alquiler de sus locales comerciales ante las dificultades sobrevenidas por la pandemia del coronavirus. Este mecanismo distingue entre gran y pequeño propietario, atendiendo a que tengan, respectivamente, más o menos de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros.
Requisitos para Acceder a las Ayudas
Si el inquilino es autónomo:
- Estar afiliado y en situación de alta en la fecha de la declaración del estado de alarma (14 de marzo).
- Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del estado de alarma o por órdenes dictadas por la Autoridad competente.
- Si su actividad no fue suspendida directamente por el estado de alarma, deberá acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita aplazamiento en, al menos, un 75% en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.
Si el inquilino es una pyme:
- Que no se superen los límites establecidos en el artículo 257.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor el estado de alarma o por órdenes dictadas por la Autoridad competente.
- Si su actividad no fue suspendida directamente por el estado de alarma, se deberá acreditar la reducción de su facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento en, al menos, un 75% en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.
Cuando el Arrendador es un Gran Tenedor
El pequeño empresario o autónomo inquilino podrá solicitar de la entidad arrendadora, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, una moratoria en el pago de la renta que deberá ser aceptada por el arrendador siempre que no se hubiera alcanzado ya un acuerdo entre ambas partes de moratoria o reducción de la renta.
Dicha moratoria se aplicará de manera automática y afectará al periodo de tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas y a las mensualidades siguientes, prorrogables una a una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con el impacto provocado por el Covid-19, sin que pueda superarse, en ningún caso, los cuatro meses. Tal y como recoge el BOE, dicha renta se aplazará sin intereses a partir de la siguiente mensualidad de renta de alquiler y se fraccionará en cuotas en un plazo de dos años. Se contarán a partir del momento en que termine la situación del estado de alarma o a partir de la finalización del plazo de los cuatro meses prorrogables, y siempre dentro del plazo de vigencia del contrato de arrendamiento.
Cuando el Arrendador es un Pequeño Propietario
El inquilino en este caso podrá solicitar de la persona arrendadora, en el plazo de un mes, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley, el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre, que ambas partes no hubieran llegado previamente a un acuerdo amistoso. Otra novedad en este supuesto es que tanto arrendador como arrendatario podrán hacer uso de la fianza pagada al inicio del contrato "para el pago total o parcial de alguna o algunas mensualidades de la renta". En el caso de que se disponga total o parcialmente de ella, la norma establece que el arrendatario deberá reponer el importe de la fianza en el plazo de un año desde el acuerdo o en el plazo que reste de vigencia del contrato, en caso de que este plazo fuera inferior a un año.
Cómo Acreditar los Requisitos
Para que le sean concedidas las ayudas pertinentes, los inquilinos deben acreditar que cumplen los requisitos establecidos y lo harán de la siguiente forma: La reducción de actividad se acreditará inicialmente mediante la presentación de una declaración responsable en la que, en base a la información contable y de ingresos y gastos, se haga constar la reducción de la facturación mensual en, al menos, un 75% en relación con la facturación media mensual del mismo trimestre del año anterior.
Ejemplo de Ayudas Autonómicas (Comunidad Valenciana)
A continuación, se presenta un ejemplo de las fases del procedimiento para las ayudas EMPRENEM COMERÇ en la Comunidad Valenciana:
- Inicio del procedimiento: Presentación telemática de la solicitud.
- Plazo de presentación: Desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 15 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
- Documentación a presentar:
- Formulario de solicitud telemática.
- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
- Declaración responsable de las ayudas de MINIMIS concedidas.
- Memoria descriptiva de la actuación (MECMIAPY).
- Modelo de declaración de la condición de PYME (DECPYME).
- Declaración responsable individual de cada integrante (DECOMBIE).
- Justificación de la subvención:
- Relación de gastos realizados de la cuenta justificativa (REGACJPY).
- Declaración responsable sobre financiación de las actuaciones (DECFINPY).
- Declaración responsable a presentar con la justificación de la subvención (DECRECO).
- Resolución: La resolución pone fin a la vía administrativa y puede ser recurrida.
Las bonificaciones en la Seguridad Social continúan facilitando el inicio de actividad para nuevos autónomos, mientras que los préstamos ICO, el Kit Digital y los programas de financiación como ENISA ofrecen soluciones para la consolidación y crecimiento de los negocios. Las oportunidades de financiación varían en función de la comunidad autónoma y del tipo de negocio, por lo que es recomendable consultar las convocatorias vigentes en cada territorio.