Ayudas para el Autoempleo en Castilla y León: Requisitos y Beneficios

La promoción del autoempleo constituye una herramienta fundamental para el desarrollo económico sostenible, la generación de riqueza y la mejora de la cohesión social. En este contexto, Castilla y León ofrece diversas ayudas y subvenciones destinadas a apoyar a los emprendedores que deseen iniciar una actividad por cuenta propia.

¿Estás interesado en solicitar alguna ayuda pero no sabes por dónde empezar? Nuestro equipo de asesoramiento en ayudas y subvenciones identificará aquellas más adecuadas para ti.

Marco Normativo y Objetivos

La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, establece un marco normativo renovado para el funcionamiento del Sistema Nacional de Empleo, reafirmando la competencia de las comunidades autónomas para diseñar y ejecutar políticas activas de empleo. Entre las prioridades estratégicas, destaca el fomento del emprendimiento y la cultura emprendedora.

En consonancia, el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, regula los programas comunes de activación para el empleo, incluyendo medidas específicas dentro del «Programa de fomento del empleo autónomo». Estas políticas activas de empleo se consolidan como instrumentos esenciales para prevenir el desempleo, mejorar la empleabilidad y respaldar a quienes deciden emprender.

La Orden de 22 de abril de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para el periodo 2024-2026, contemplando actuaciones dirigidas al fomento del autoempleo de la mujer y de la ciudadanía en general.

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Beneficiarios y Requisitos

Serán beneficiarias de estas subvenciones las personas desempleadas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia, en el periodo que se establezca en la correspondiente convocatoria, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.
  2. Estar desempleada e inscrita en el Servicio.
  3. Tener cumplidos los 18 años.

Además, las personas beneficiarias estarán obligadas a realizar la actividad profesional o empresarial que fundamente la concesión de la ayuda o subvención, y mantenerla en alta como persona física, tanto en la Seguridad Social o equivalente, como en el IAE durante al menos tres años, debiendo comunicar al SCE cualquier variación que se produzca dentro de dicho plazo.

Estar inscritas como demandantes de empleo y servicios en los Servicios Públicos de Empleo con carácter previo y hasta el día de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la demanda de treinta días naturales ininterrumpidos. En el caso de personas jóvenes menores de 30 años, además deberán figurar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Ser viable desde un punto de vista técnico, económico y financiero. Las personas interesadas deberán integrarse en el Sistema de Emprendimiento Regional Cantabria Emprendedora para realizar su proyecto de actividad o negocio, utilizando los recursos humanos, metodológicos y materiales disponibles en este sistema.

Tipos de Ayudas y Subvenciones

Las ayudas para nuevos autónomos o nuevas empresas en Castilla y León son aquellas que se dirigen a facilitar el inicio o la consolidación de una actividad económica por cuenta propia.

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Estas ayudas pueden ser de dos tipos: las que se conceden por el simple hecho de darse de alta como autónomo, y las que se conceden por la realización de una inversión o la contratación de personal.

Algunos ejemplos de estas ayudas son: la tarifa plana de 80 euros al mes durante un año para los nuevos autónomos, la subvención de hasta 10.000 euros para la creación o ampliación de una empresa, o la bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social por la contratación indefinida de familiares.

Revisando las ayudas financieras para autónomos en Castilla y León, encontramos notables beneficios como: la subvención para la preservación del empleo autónomo, ofreciendo hasta 9.000 euros por cada profesional autónomo mantenido activo durante un mínimo de tres años.

Además, la subvención para el impulso del emprendimiento femenino, brinda hasta 15.000 euros a cada mujer que emprenda una actividad económica.

En la misma línea, la subvención para la modernización y avance tecnológico de las empresas, puede financiar hasta el 50% del costo de proyectos innovadores que busquen incrementar la competitividad y la transformación digital.

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Asimismo, la subvención para la mejora de la seguridad laboral y la salud, cubre hasta el 40% del gasto en medidas que disminuyan los riesgos en el ambiente laboral.

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:

  1. Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 5.000 €. Esta cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas.
  2. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
  3. La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.

Cuantías Adicionales

  • 8.000 €, si la persona beneficiaria es mujer.
  • 6.000 €, para el resto de las personas beneficiarias no incluidas en el apartado anterior de.
  • 1.000 €, si el centro de trabajo o establecimiento radica en un municipio de Castilla y León de menos de 5.000 habitantes.
  • 1.000 €, si el centro de trabajo o establecimiento se encuentra ubicado en un municipio de Castilla y León incluido en la zona de intervención de alguno de los siguientes instrumentos de planificación vigentes en la fecha de publicación en el B.O.C. y L.

Incompatibilidades

Las subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones que impliquen el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, concedidas por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. No obstante, serán compatibles con aquellas subvenciones o ayudas que, aun vinculadas al alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, tengan como gastos subvencionables las inversiones, los intereses de préstamo y/o las cuotas de Seguridad Social derivadas del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional al que estén adscritos.

Procedimiento de Solicitud

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa.

Se establece la forma de presentación de las solicitudes, que podrá hacerse de forma electrónica o presencial, ya que teniendo en cuenta que las personas solicitantes de estas subvenciones son personas físicas, la tramitación electrónica se configura como una opción.

Las solicitudes deben presentarse de forma electrónica a través del portal de trámites de la Junta de Castilla y León. El plazo permanecerá abierto durante un mes, del 15 de agosto al 15 de septiembre.

Compromisos y Obligaciones

Mantener la actividad durante un periodo mínimo de 12 meses.

Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente.

Los beneficiarios deben mantener su actividad durante un período mínimo que se especifica en la convocatoria. Si el negocio se extingue antes de ese plazo, existe la obligación de devolver la ayuda recibida.

Enfoque en el Emprendimiento Femenino

Se reconoce la importancia de impulsar el emprendimiento femenino, dado que las mujeres representan un pilar esencial del capital humano y del desarrollo económico. En el colectivo autónomo de Castilla y León, el porcentaje de mujeres autónomas representa alrededor del 34%, evidenciándose las dificultades añadidas a las que se enfrentan las mujeres al emprender. En esta orden se presta una especial atención al colectivo femenino, a los efectos de reducir la brecha de género en el ámbito empresarial, promover la igualdad de oportunidades y el empoderamiento económico de las mujeres de nuestra Comunidad.

Asimismo, se incorpora un incentivo específico cuando la persona beneficiaria tenga responsabilidades familiares. A tal efecto, se redefine este concepto para incluir expresamente a aquellas personas trabajadoras que, aun no conviviendo con sus hijos, asumen obligaciones económicas derivadas de su manutención, como ocurre en casos de divorcio o separación legal.

Tabla Resumen de Ayudas

Tipo de Ayuda Beneficiarios Cuantía Máxima
Inicio de actividad por cuenta propia Desempleados inscritos en el RETA o Mutualidad 5.000 € (incrementable según circunstancias)
Contratación de servicios externos Autónomos que contraten servicios para mejorar su actividad 75% del coste real (máximo 2.000 €)
Cursos de formación Autónomos que realicen cursos de formación 75% del coste real (máximo 2.400 €)
Subvención para la preservación del empleo autónomo Profesionales autónomos activos durante un mínimo de tres años Hasta 9.000 €
Subvención para el impulso del emprendimiento femenino Mujeres que emprendan una actividad económica Hasta 15.000 €
Subvención para la modernización y avance tecnológico Empresas que inviertan en proyectos innovadores Hasta 50% del coste del proyecto
Subvención para la mejora de la seguridad laboral y la salud Empresas que implementen medidas de seguridad laboral Hasta 40% de los gastos

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