El Principado de Asturias ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas destinada a autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas con establecimiento permanente en la región. Estas ayudas representan una oportunidad única para impulsar tu negocio, por lo que es fundamental cumplir con todos los requisitos y plazos establecidos.
Objetivo y Alcance de las Ayudas
La Consejería de Ciencia, Industria y Empleo pone en marcha una nueva línea de apoyo a autónomos, microempresas y pymes que cuenten con actividad en el Principado desde hace al menos dos años. El objetivo de la convocatoria, dotada con 500.000 euros, es impulsar la consolidación y el crecimiento empresarial en la región, especialmente en los concejos con menos población.
Esta nueva línea cubre una necesidad específica de apoyo a inversiones realizadas por las pequeñas empresas para su consolidación y crecimiento. El programa incide, además, en los municipios del área rural, ya que los solicitantes de concejos con menos densidad de población recibirán mayor puntuación en el proceso de evaluación.
Beneficiarios y Requisitos
Podrán ser beneficiarias todas aquellas entidades, independientemente de su forma jurídica, con establecimientos permanentes en Asturias, que acrediten el ejercicio ininterrumpido de su actividad económica durante un mínimo de dos años y haber sido constituidas con posterioridad al 1 de enero de 2018.
Las pymes deberán tener uno o más empleados, ya sea por cuenta ajena o sean socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente), y que consten en una cuenta de cotización del Principado de Asturias.
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Los autónomos deberán contar con uno o más empleados a tiempo completo o equivalente, computando como empleado el propio autónomo, y que consten en una cuenta de cotización del Principado de Asturias.
Las pymes y autónomos beneficiarios tienen que tener un centro de trabajo en Asturias en el que desarrollen su actividad económica y presentar un proyecto acorde con el objeto de la convocatoria para ser desarrollado en el Principado de Asturias.
Las entidades beneficiarias deben desarrollar su actividad económica en alguno de los sectores objetivo como el industrial, de servicios de apoyo industrial, construcción, comercio al por mayor o turismo.
Sectores de Actividad Incluidos
- Industrial
- Servicios de apoyo industrial
- Construcción
- Comercio al por mayor, cuando la actividad realizada por los solicitantes coincida con alguno de los epígrafes del impuesto de actividades económicas (IAE) recogidos en la lista de IAEs subvencionables que figura en el Anexo B adjunto.
- El sector de turismo cuando los solicitantes de manera habitual y con ánimo de lucro realicen una actividad cuyo objeto sea la prestación de alguno de los servicios turísticos, y en el momento de publicación de la convocatoria se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias, como titulares de la empresa solicitante.
Cuantía y Gastos Subvencionables
El nuevo programa contempla ayudas de un máximo de 10.000 euros por solicitud, siempre que la inversión subvencionable sea superior a 3.000 euros.
La cuantía de la subvención a percibir por los beneficiarios será del 50 % del total de los gastos subvencionables previstos en el proyecto definido en la solicitud, hasta un importe máximo de 10.000 euros.
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Los gastos se centran principalmente en obras de reforma, acondicionamiento o mejora de inmuebles en los establecimientos o centros de trabajo, así como la adquisición de maquinaria, instalaciones técnicas, vehículos industriales o mobiliario.
Programa Cheques de Innovación y Desarrollo Empresarial
El Principado de Asturias también ofrece ayudas a empresas en el marco del Programa Cheques de Innovación y Desarrollo Empresarial. Este programa consiste en la concesión de cheques, para canjear por servicios de asesoramiento, asistencia técnica y consultoría.
Tipos de Proyectos Subvencionables
- Asesoramiento tecnológico (realizado por Centros de Innovación y Tecnología o Centros de Investigación).
- Digitalización de la empresa.
- Consultoría para la certificación.
- Diseño.
- Protocolo familiar y profesionalización de la gestión.
- Crecimiento empresarial.
Requisitos para los Cheques de Innovación
- Iniciar el proyecto con posterioridad a la solicitud de la ayuda.
- El presupuesto de todos los proyectos no podrá superar los 15.000 €.
- Se podrá presentar como máximo una solicitud para cada línea de cheques por la que soliciten subvención.
- La prestación de servicios planteada en cada cheque deberá ser realizada por un único proveedor.
- Los servicios de la línea de Asesoramiento tecnológico deberán ser prestados por Centros de Innovación y Tecnología o Centros de investigación, mientras que los del resto de líneas deberán ser prestados por empresas especializadas en las diferentes temáticas y con experiencia en la realización del tipo de servicios correspondiente.
Importes Subvencionables y Ayudas (Cheques de Innovación)
El importe subvencionable, en función de la línea de Cheques, del importe del proyecto y del perfil del solicitante, se detalla en la siguiente tabla:
| PYMES | Empresarios individuales | |||
|---|---|---|---|---|
| Línea | Importe del proyecto | Importe subvencionable | Importe del proyecto | Importe subvencionable |
| Asesoramiento tecnológico | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ |
| Digitalización de la empresa | Entre 5.000€ y menos de 10.000€ | 5.000€ | Entre 2.500€ y menos de 5.000€ | 2.500€ |
| Digitalización de la empresa | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ |
| Consultoría para la certificación | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | Entre 2.500€ y 15.000€ | 2.500€ |
| Diseño | Entre 2.500€ y menos de 5.000€ | 2.500€ | - | - |
| Diseño | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | - | - |
| Protocolo familiar y profesionalización de la gestión | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | - | - |
| Crecimiento empresarial | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | - | - |
La cuantía de las ayudas es un importe fijo, cuyo valor depende de la línea de Cheques, del importe subvencionable y del perfil del beneficiario de que se trate, según se indica en la tabla siguiente:
| PYMES | Empresarios individuales | |||
|---|---|---|---|---|
| Línea de cheque | Importe subvencionable | Importe de la ayuda | Importe subvencionable | Importe de la ayuda |
| Asesoramiento tecnológico | 10.000€ | 7.500€ | 5.000€ | 3.750€ |
| Digitalización de la empresa | 5.000€ | 2.500€ | 2.500€ | 1.250€ |
| Digitalización de la empresa | 10.000€ | 5.000€ | 5.000€ | 2.500€ |
| Consultoría para la certificación | 5.000€ | 2.500€ | 2.500€ | 1.250€ |
| Diseño | 2.500€ | 1.250€ | - | - |
| Diseño | 5.000€ | 2.500€ | - | - |
| Protocolo familiar y profesionalización de la gestión | 10.000€ | 5.000€ | - | - |
| Crecimiento empresarial | 5.000€ | 2.500€ | - | - |
Obligaciones de los Beneficiarios
- Dar publicidad de la ayuda obtenida.
- Llevar un sistema de contabilidad aparte o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
- Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).
- Cumplir lo dispuesto en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Plazos y Solicitudes
Las solicitudes pueden presentarse hasta el 16 de septiembre.
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La solicitud de la ayuda podrá realizarse hasta las 14:00 h del día 22 de mayo de 2025, hora peninsular en España.
Toda solicitud, escrito o aportación de documentación presentada por su empresa ante el IDEPA debe realizarse por medios electrónicos según Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPAC de las AAPP).
La concesión de las ayudas se realizará mediante comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación en sentido decreciente entre las mismas, de acuerdo a la puntuación obtenida resultado de la aplicación de los criterios de valoración, a los efectos de asignar ayudas partiendo de la puntuación más elevada y, siguiendo dicho orden, hasta el límite que permita el crédito disponible.
Para maximizar el beneficio de estas subvenciones, es fundamental contar con una asesoría fiscal y contable especializada que te guíe en la correcta presentación de la solicitud y en la planificación de la inversión.
Legislación y Documentación Adicional
Algunas de las regulaciones y documentos relevantes incluyen:
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Resolución de 4 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de fomento al emprendimiento innovador (Cheque emprendedor).
Además, se puede consultar:
- Ficha de acreedor, si el solicitante no figura de alta en la Base de Datos de Terceros del Principado de Asturias o lo está con un número de cuenta diferente al que se pretenda utilizar para el abono de la ayuda.
- Documentos aportados en virtud del art. 28.
- Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el impulso empresarial de autónomos, microempresas y pequeñas y medianas empresas con establecimiento permanente en el Principado de Asturias.
- Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se aprueba la primera modificación de las bases reguladoras de las ayudas para el impulso empresarial de autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas con establecimiento permanente en el Principado de Asturias.
- Extracto de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para el impulso empresarial de autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas con establecimiento permanente en el Principado de Asturias en el año 2025.
- Documentos aportados en virtud del art. 28.
Otras Opciones de Financiación
Además de las subvenciones directas, existen otras opciones de financiación para PYMES en Asturias:
- Asturgar: Financiación a PYMES, autónomos y emprendedores asturianos mediante la concesión de avales para su negocio.
- Capital riesgo: Financiación a través de la participación minoritaria y temporal en el capital social de las empresas o mediante la concesión de préstamos, preferentemente participativos.
Recursos Adicionales
- REDOCAD: Agilice y simplifique la solicitud de ayudas. Inscríbase en el Registro de Documentación Administrativa de Subvenciones.
- Registro telemático del IDEPA.
- Instrucciones sobre la publicidad que deberán llevar los proyectos de programas de subvenciones cofinanciadas por el FEDER, para el periodo 2014-2020.
- Resolución de 1 de julio de 2013, de la Consejería de economía y empleo, por la que se publica la relación de las oficinas de registro propias y concertadas de la Administración del Principado de Asturias.
- Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 [ES] [EN] La nueva definición de PYME. Guía del usuario y ejemplo de declaración.