El año pasado se crearon 102 169 nuevas empresas en España, lo cual significa que la actividad emprendedora registró su tercer máximo histórico desde el año 2008, superando la barrera de las 100 000 nuevas constituciones en un ejercicio, según reveló Axesor. Tras la caída de la actividad empresarial provocada por la pandemia, una recuperación económica más rápida y sólida de lo previsto ha incitado al optimismo, de manera que muchos emprendedores se han animado a poner en marcha sus ideas de negocio. Si tú también estás pensando en abrir una empresa, te explicamos los requisitos y pasos para formalizar su constitución, de forma que puedas comenzar a facturar lo más rápido posible.
Iniciar un Negocio en España: Una Aventura Llena de Oportunidades
Iniciar un negocio en España es una aventura emocionante y llena de oportunidades. Este país no solo ofrece un mercado dinámico y variado, sino también un entorno favorable para los emprendedores gracias a su economía estable y su ubicación estratégica dentro de Europa. Abrir un negocio en España implica cumplir con una serie de trámites y normativas que garantizan que tu actividad comercial se desarrolle dentro del marco legal.
10 Pasos Esenciales para Crear una Empresa en España
- Elige la forma jurídica: El primer paso para abrir una empresa es decidir su forma jurídica, la cual dependerá de factores como la naturaleza de la actividad, el alcance del proyecto, el número de socios y la responsabilidad legal que estás dispuesto a asumir. De esa elección también dependerán las obligaciones fiscales y de contabilidad que asumirás, así como la inversión económica inicial para la constitución de la empresa.
- Autónomo: Ideal para emprendedores individuales que buscan simplicidad administrativa y menores costes iniciales.
- Sociedad Limitada (SL): Popular entre pequeños y medianos negocios por ofrecer responsabilidad limitada a los socios, quienes solo responden hasta el capital aportado. Si no tienes socios, puedes crear una sociedad limitada unipersonal (SLU) para restringir tu responsabilidad fiscal al capital aportado. En cambio, si vas a asociarte con otras personas, podrías crear una sociedad de responsabilidad limitada (SL).
- Sociedad Anónima (SA): Adecuada para grandes empresas que planean cotizar en bolsa o atraer a un gran número de inversores. Otra posibilidad es crear una sociedad anónima (SA), cuyo capital puede ser fraccionado en acciones y repartido entre los socios, o una sociedad cooperativa, en cuyo caso necesitarás al menos tres socios y estos ejercerán al mismo tiempo como trabajadores de la empresa.
- Obtén la certificación negativa del nombre: Entre los requisitos para montar una empresa se encuentra obtener la certificación negativa del nombre que hayas elegido para tu negocio. Puedes pedirla en el Registro Mercantil Central acudiendo a sus oficinas físicas, rellenando el formulario web en su sede online o remitiendo una carta por correo postal. Este documento acredita que no existe otra sociedad operando con ese mismo nombre, por lo que evita duplicidades y problemas legales de cara al futuro. Si el nombre que solicitas está libre, quedará reservado durante seis meses. Transcurrido este periodo de tiempo, si no has inscrito la sociedad en el Registro Mercantil Provincial, el nombre quedará libre y otras entidades podrán reclamarlo. De hecho, la certificación negativa tiene una vigencia de tres meses, prorrogable por otros tres, el tiempo necesario para realizar el resto de los trámites legales para constituir la empresa.
- Redacta los estatutos sociales: Los estatutos sociales rigen el funcionamiento de la empresa y, aunque se pueden modificar posteriormente, lo ideal es dejarlos claros desde el inicio para evitar posibles controversias entre los socios. Deben reflejar la información básica de la empresa, como su denominación, domicilio social, duración prevista, objeto social y público al que se dirige. También deben recoger todo lo relacionado con el capital social inicial para constituir la empresa, así como la política de participaciones; es decir, su división entre los socios y formas y circunstancias de los traspasos. Los estatutos sociales también deben incluir la estructura organizativa de la empresa, indicando desde cómo se administrará hasta qué retribución recibirá el administrador. Señalarán, además, cómo se votan las decisiones y cómo se distribuyen los beneficios y pérdidas entre los socios, cuál será el fondo de reserva y por qué causas y cauces se puede disolver la sociedad.
- Abre una cuenta bancaria a nombre de la empresa: Uno de los requisitos para montar una empresa consiste en aportar un capital social mínimo. Según el tipo de sociedad que constituyas, tendrás que depositar ese dinero en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. En el caso de una sociedad de responsabilidad limitada, el capital mínimo que establece la ley es de 3 000 euros, mientras que para las sociedades anónimas esa cifra asciende a 60 000 euros. En cambio, para las sociedades cooperativas, el capital social mínimo depende de la regulación autonómica y del sector de actividad, aunque normalmente oscila entre 1 500 y 3 000 euros. La Cámara de Comercio especifica que es necesario establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa donde se depositará el capital social.
- Solicita el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria: El Número de Identificación Fiscal (NIF) es un código alfanumérico que tendrás que usar en todos los documentos relacionados con tu negocio, tanto para la constitución de la sociedad como para la presentación de impuestos y la facturación de la actividad. Para obtener el NIF, tendrás que rellenar el modelo 036, que puedes presentar telemáticamente en la Agencia Tributaria. Recibirás un NIF provisional con el que puedes comenzar a facturar y en un plazo de seis meses te proporcionarán el definitivo, cuando presentes una copia de la escritura de constitución de la sociedad. Para poder operar, necesitas un Número de Identificación Fiscal (NIF) si eres autónomo o un Código de Identificación Fiscal (CIF) si eres una sociedad. Este paso es esencial para realizar cualquier transacción comercial, como emitir facturas y realizar pagos a proveedores.
- Firma la escritura pública ante notario: Si tienes socios, tendréis que acudir ante un notario para firmar la escritura pública de constitución de la sociedad. Tendrás que presentar una serie de documentos, entre ellos los estatutos sociales, la certificación negativa del nombre de la empresa expedida por el Registro Mercantil Central, la certificación bancaria del depósito del capital social y los documentos de identificación de cada uno de los socios. Cabe aclarar que, si los socios están casados en régimen de separación de bienes, tendrán que presentar las capitulaciones matrimoniales. Si están casados en régimen de gananciales, el cónyuge tendrá que acudir a la firma de la escritura pública. Si la aportación al capital social de alguno de los socios no es dineraria, deberá presentar una relación de los bienes en la que se desglose su descripción y valoración, así como la cantidad de acciones o participaciones que se atribuyen a esa aportación. Cuando se trata de bienes inmuebles, por ejemplo, tendrá que presentar los datos registrales. Una vez tenemos el certificado bancario y también una certificación negativa del Registro Mercantil, en la que se indica que la denominación de la empresa es única y no está previamente registrada, deberemos acudir al notario, aportando los estatutos sociales y los documentos de identidad de los socios de la empresa.
- Inscribe la empresa en el Registro Mercantil: El Registro Mercantil da constancia de la creación de la empresa. Al inscribir los actos de los empresarios, otorga a la sociedad plena capacidad jurídica y le permite ser reconocida por proveedores, entidades bancarias, inversores, entidades públicas y otras figuras con las que se relacionen. De hecho, todas las sociedades deben estar inscritas en el Registro Mercantil. Para ello, solo tienes que acudir a la oficina del Registro Mercantil de la provincia donde esté domiciliado tu negocio e inscribirlo. Deberás presentar todos los documentos que acrediten la constitución de la sociedad, como la escritura pública y el NIF. Y no olvides legalizar los libros de sociedades. Para realizar este trámite tienes un plazo de dos meses desde el momento en que firmes la escritura de la constitución. Si decides constituir una sociedad, deberás inscribirla en el Registro Mercantil. Este trámite oficializa la existencia de la empresa y es obligatorio para su funcionamiento legal. La inscripción proporciona una transparencia y publicidad jurídica que protege tanto a la empresa como a terceros que realicen negocios con ella.
- Date de alta en IAE: El Impuesto de Actividades Económicas se aplica a todas las pymes y autónomos que desempeñan una actividad profesional, empresarial o artística en España. Por consiguiente, para abrir una empresa tienes que tramitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria, indicando la actividad empresarial que vas a desarrollar, un trámite que puedes hacer de manera presencial en las sedes físicas o directamente online. Si vas a ejercer como administrador de la sociedad, también tendrás que darte de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria y en el RETA, donde figurarás como autónomo societario. Ten en cuenta que los autónomos societarios no pueden acogerse a las bonificaciones para autónomos y que tu cuota de la Seguridad Social será más alta que la de los autónomos inscritos en el régimen general.
- Registra patentes y marcas: Inscribir tu empresa en el Registro Mercantil no te garantiza que tu logotipo, eslogan o cualquier producto que crees estén protegidos. Necesitas registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Tu marca es uno de los activos intangibles de tu negocio y cuando la registras, la proteges para que otras empresas o personas no puedan usarla, lo cual aporta un valor añadido a tu actividad. Por otra parte, registrar la patente te ofrecerá la titularidad y derecho exclusivo de explotación, impidiendo que terceros puedan plagiarla o usarla sin tu consentimiento.
- Obtén el certificado electrónico: La Administración está apostando cada vez más por los medios electrónicos, por lo que el último paso para crear una empresa en España consiste en obtener el certificado electrónico para tu negocio, el cual te facilitará muchos trámites y te ahorrará muchísimo tiempo.
Otros Aspectos Importantes a Considerar
Licencias y Permisos
Dependiendo de la actividad económica que desarrolles, necesitarás obtener licencias y permisos específicos. Por ejemplo, una licencia de apertura para locales comerciales o permisos ambientales si tu negocio tiene un impacto en el medio ambiente. También pueden ser necesarios permisos de obra si necesitas realizar modificaciones en tu local.
Capital Necesario
El capital necesario para iniciar un negocio varía según la naturaleza del emprendimiento. Desde gastos iniciales como el alquiler de local, hasta la inversión en equipos y personal, es esencial contar con un presupuesto detallado. Además, debes considerar los costes de licencias y permisos, marketing, y un fondo de reserva para cubrir imprevistos durante los primeros meses de operación.
Seguros Obligatorios
Sí, algunos seguros son obligatorios dependiendo del tipo de negocio. Por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil es esencial para protegerte de posibles reclamaciones por daños a terceros. Los seguros de accidentes laborales son necesarios para cubrir a tus empleados en caso de accidentes durante el trabajo. Además, si tu negocio utiliza vehículos, necesitarás seguros específicos para ellos.
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Apoyo al Emprendimiento en España
España ofrece un entorno favorable para los negocios, con una economía diversificada y acceso a un gran mercado. La combinación de una infraestructura sólida, acceso a talento cualificado y el apoyo de numerosas entidades gubernamentales y privadas hace que montar un negocio en España sea una opción atractiva. Además, el país cuenta con numerosos incentivos y ayudas para emprendedores, como subvenciones, créditos blandos y asesoramiento gratuito, que pueden facilitar el camino hacia el éxito empresarial.
La Burocracia y la Digitalización
La burocracia es una de las tareas más complejas a la hora de emprender. Sin embargo, hay países en los que, gracias a la digitalización, crear una empresa es mucho más ágil y los requisitos para hacerlo, mucho más sencillos. El informe 'Doing Business' del Banco Mundial indica que en Nueva Zelanda la constitución de un negocio se puede realizar en menos de un día. En el caso de España, la ley de startups incluye medidas para agilizar ese proceso.
El Compromiso de las Cámaras de Comercio
Al acercarse el momento de poner en marcha tu negocio: Debes despejar las dudas sobre la forma jurídica más conveniente, las futuras obligaciones que te tocará cumplir como empresario o empresaria (fiscales, de seguridad social, laborales, contables o de otro tipo). Conocer el proceso de tramitación necesario, de acuerdo a que te constituyas como una sociedad mercantil o que vayas a desarrollar tu actividad como empresario o empresaria individual o autónomo/a. Y cuando estés en disposición de iniciar la actividad podrás elegir una de las soluciones de tramitación integrada para que la burocracia no sea obstáculo alguno. En especial, te recomendamos acudir al “Punto de Atención al Emprendedor - Ventanilla Única Empresarial” de tu Cámara de Comercio donde especialistas en orientación y tramitación te lo pondrán todo mucho más fácil. Y si lo que necesitas es modificar algún aspecto de tu negocio (desarrollando o cambiando de actividades; cambiando la sede, modificando la fiscalidad, incorporando nuevos socios, etc.), igualmente te recomendamos acudir al “Punto de Atención al Emprendedor - Ventanilla Única Empresarial” de tu Cámara de Comercio donde te asesorarán y te ayudarán a efectuar los trámites necesarios. El compromiso de las Cámaras de Comercio con las personas emprendedoras y la creación de empresas, hace que colaboremos activamente en todos los pasos necesarios para abrir tu negocio. Para que crear una empresa o reorientar tu negocio no sea una carrera de obstáculos, te facilitamos esta atención integral en un único punto de atención.
Requisitos Específicos para PYMEs
La palabra PYME proviene del acrónimo de Pequeñas Y Medianas Empresas. Los requisitos PYME que deberá cumplir con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social serán los propios de cualquier empresa.
- Se deberá acreditar en el Registro Mercantil que no existe otra sociedad con el mismo nombre.
- Los socios deberán redactar y aprobar las normas de funcionamiento de la sociedad. Estas quedarán reflejadas en los estatutos sociales.
- A continuación, la empresa deberá darse de alta en Hacienda con el modelo 036 y especificar todas las obligaciones a las que estará sujeta, como por ejemplo las retenciones de IRPF.
- Si la sociedad tiene diversos socios, deberán firmar la constitución ante notario con una escritura pública, presentando los estatutos y toda la documentación necesaria.
Como puedes ver, el proceso para crear una empresa no es nada fácil y los requisitos de constitución de una PYME involucra múltiples pasos en distintos organismos. Aunque inicialmente pueda tratarse de un pequeño proyecto, lo mejor es asesorarse con profesionales y asegurarse que la empresa está constituida adecuadamente.
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