Unirse a una franquicia es una decisión importante que implica una relación a largo plazo. Sin embargo, en ocasiones, pueden surgir problemas y desacuerdos que lleven al franquiciado a considerar la posibilidad de denunciar a la franquicia.
Qué es un Contrato de Franquicia
El contrato de franquicia se define como el acuerdo que ampara la actividad comercial a través de la cual una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios.
Jurisprudencialmente, las notas que definen su naturaleza jurídica y su diferencia con los contratos de suministro o de distribución de mercancías, son las siguientes:
- Que el franquiciador debe transmitir su know-how o asistencia o metodología de trabajo, aplicando sus métodos comerciales.
- Que dicho franquiciador queda obligado a diseñar, dirigir y sufragar las campañas publicitarias realizadas para difundir el rótulo y la marca del franquiciador.
Incumplimiento del Contrato entre el Franquiciador y el Franquiciado
Un incumplimiento contractual se da cuando una de las partes no ejecuta una determinada prestación en los términos contractualmente pactados. Frente a la falta de realización de las obligaciones en él contenidas, la parte que se haya visto perjudicada en sus intereses podrá exigir el cumplimiento de la obligación o, en su caso, la resolución del contrato como consecuencia del cumplimiento defectuoso de las obligaciones en él contenidas.
En este punto habría que hacer un inciso: a veces, a la hora de entrar a formar parte de una franquicia, el franquiciado tiene escasa o nula capacidad negociadora para pactar el clausulado del contrato de franquicia. Pero, aun así, por regla general se entiende que, al haber procedido libremente a suscribirlo, se manifiesta conforme con el contenido íntegro del mismo, de forma que estará obligado a cumplir con las obligaciones pactadas en él.
Lea también: Éxito Emprendedor
Encontramos conveniente exponer esta cuestión, porque recurrentemente acuden a nuestro Despacho de abogados especialistas en franquicias, franquiciados que califican el contrato -que libre y voluntariamente firmaron- como “abusivo” y, por ende, consideran que “no deben cumplir con lo convenido porque de hacerlo se verían considerablemente perjudicados”. Por esto, es fundamental suscribir un contrato cuando se ha entendido de forma íntegra: cuando se está seguro de que se va a poder cumplir con lo pactado. Además, mediante un servicio jurídico especializado antes de firmar un documento o de entregar cualquier cantidad de dinero, podremos evitar muchos abusos que vemos día a día en el sector.
Incumplimientos en los que Puede Incurrir la Franquicia
Los pactos fundamentales que han que ser respetados por las empresas franquiciadoras son, entre otros, los siguientes:
- Entrega de información precontractual veraz: la información que se proporcione al franquiciado deberá guardar relación con la realidad del negocio que se implantará.
- Existencia de un verdadero know-how propio, sustancial y singular
- Obligación de aprovisionamiento a través de proveedores homologados o distribuidores establecidos, siendo necesario que tales obligaciones de compra sean equilibradas e incluyan garantías de suministro adecuado y en condiciones competitivas.
- Obligación de defender el área de exclusividad adjudicada al franquiciado contractualmente.
- Obligación de asesoramiento continuado: prestación continua por el franquiciador de una asistencia comercial, técnica o ambas durante la vigencia del acuerdo, según se desprende del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación al registro de franquiciadores.
- Obligación de publicidad de la marca: Se deberán llevar a cabo campañas de comunicación o de marketing digital. Además, las sumas entregadas en concepto de Contribución al Fondo de Marketing serán gestionadas y empleadas por el franquiciador en interés de la Marca y de la red de Franquicias, existiendo la posibilidad para el franquiciado de realizar promociones internas o invertir su propia.
- Imposición de precios tanto de compra a los proveedores como de venta al público. Esta práctica vulnera el Art. 101.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el Art. 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (Pactos Colusorios). Siendo nulos de pleno derecho, además de una restricción grave a la competencia.
- Pactos de no competencia que exceden los límites que para los mismos se establecen en la normativa reguladora de la libre competencia.
El incumplimiento de uno de estos pactos mencionados será esencial cuando cause a la otra parte un perjuicio tal que se la prive sustancialmente de lo que tenía derecho a esperar en virtud del contrato. Además, el perjuicio denunciado deberá ser considerado grave y de una de las obligaciones esenciales de contrato, y ello en el sentido que con tal incumplimiento se frustre la finalidad perseguida con la firma del contrato.
Igualmente, quien solicite la resolución del contrato habrá de obrar con buena fe y, por ello, no podrá instar la resolución si previamente ha incumplido con sus propias obligaciones contractuales.
Causas Comunes para Demandar a un Franquiciador
Atendiendo al complejo entramado de obligaciones que derivan del contrato de franquicia, tanto para el franquiciado como para el franquiciador, podemos afirmar que existen numerosas causas por las que un franquiciado podría demandar a un franquiciador ante un incumplimiento de éste.
Lea también: Entendiendo el Seguro a Todo Riesgo con Franquicia
Acción de Nulidad del Contrato
Debemos ocuparnos en primer lugar de la acción de nulidad del contrato, por ser la más grave, puesto que si el Juez declara la misma, se habrá de entender que el contrato no ha existido nunca. Así, como consecuencia de la declaración de nulidad del contrato, franquiciado y franquiciador deberán restituirse todas las contraprestaciones que se entregaron en cumplimiento del contrato. En concreto, la declaración de nulidad conllevará, entre otras, la obligación del franquiciador de devolver al franquiciado el canon de entrada. Porque existen vicios del consentimiento. En este caso el franquiciado basa su demanda en el hecho de que al momento de firmar el contrato, su voluntad de contratar se encontraba viciada por un error que ha sido inducido de forma intencionada por el franquiciador.
Inexistencia del Know-How
La otra causa habitual por la que un franquiciado solicita la declaración de nulidad del contrato de franquicia se basa en la inexistencia de un know-how o Saber Hacer Comercial. Es decir, en este tipo de demandas el franquiciado intenta argumentar que el franquiciador no le ha transmitido un conocimiento sustancial e identificable sobre el sistema de comercialización de productos o servicios y de gestión de la actividad.
Así pues, si el Juez estima la demanda del franquiciado, primero apreciará que el franquiciador ha incumplido alguna de sus obligaciones y después declarará resuelto el contrato.
Abuso de Posición Dominante
El Tratado de la Unión Europea (TFUE) recoge en sus artículos 101 y 102 el abuso de posición dominante. Por otro lado, nuestra legislación nacional también recoge preceptos de derecho antitrust o de la competencia, regulando la figura del abuso de la posición dominante.
Sin embargo, es esencial tener presente que la definición legal de dependencia económica en el marco del análisis antitrust no coincide exactamente con lo que se suele entender como dependencia económica en un sentido jurídico-económico más amplio. Si bien es cierto que el contrato de franquicia contiene en sí mismo el germen de una cierta dependencia económica, la preocupación del derecho antitrust por la regulación de estas situaciones tiene una perspectiva completamente diferente, en tanto que lo prohibido no es la dependencia en sí, que resulta inherente al contrato, sino el abuso de dicha dependencia.
Lea también: ¿Sueñas con emprender? Descubre cómo lograrlo
Para poder considerar que existe dependencia económica y por lo tanto, abuso de posición económica, es necesario analizar un primer análisis para determinar si existe alguna alternativa para el franquiciado. La segunda fase del análisis consiste en comprobar si la alternativa es equivalente, y para ello han de tenerse en cuenta conceptos de suficiencia y razonabilidad.
En cuanto a la suficiencia, al ser un concepto objetivo y general, los datos relevantes serán aquellos relacionados con los competidores del franquiciador, en la medida en que éstos constituyen las posibles alternativas para el franquiciado. En cuanto a la razonabilidad, debemos indicar que este concepto se refiere a las circunstancias concretas del caso y por ello tendrá una especial importancia el contenido específico del contrato de franquicia.
Es necesario analizar las cláusulas del contrato que pueden generar una cierta dependencia por parte del franquiciado. Sin embargo, aunque en el contexto de los contratos de franquicia no estas situaciones no son frecuentes, conseguir demostrar el abuso de la dependencia económica por parte de las franquicias se torna complicado.
Recomendaciones Adicionales
- Asesorarse bien antes de coger una franquicia es fundamental.
- Cuando se sabe que existen problemas similares en los Franquiciados suele ser útil especialmente en Franquicias de cierto tamaño, el montar una Asociación que pueda defender a nivel global todos sus derechos.
- Valorar en caliente una decisión tan importante como salir de una franquicia no es una buena idea. Igual que no es buena idea montar una franquicia sin saber quién hay detrás de ella, cuál es su sistema productivo, de distribución, con qué equipo técnico trabaja, etc.
- Si entiende que se encuentra en esta situación, deberá tomar medidas legales lo antes posible.