¿Tienes una gran idea de negocio y crees que es el momento de constituir una sociedad? Si lees estas líneas estás de enhorabuena. En Infoautónomos cubrimos todas tus necesidades. El impulso emprendedor no se detiene. En las últimas décadas, el espíritu empresarial ha ido ganando terreno, de manera que cada vez más personas se sienten atraídas por la idea de montar su propio negocio, lo cual está dando paso a la creación de un mayor número de nuevas empresas y startups.
Para que crear una empresa o reorientar tu negocio no sea una carrera de obstáculos, te facilitamos esta atención integral en un único punto de atención. Hacemos realidad tu visión empresarial en tiempo récord. Con nuestra asesoría integral y personalizada, simplificamos el camino de tu idea a una empresa operativa y legal.
En España, el sistema CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) facilita los pasos a seguir para crear una empresa. Emprender es un camino complejo que requiere de planificación y conocer los trámites para hacerlo.
Pasos Clave para Crear tu Empresa
El primer paso que debes abordar una vez que has tomado la decisión de emprender es concretar la idea de negocio que tienes en un plan empresarial. La burocracia puede complicar el proceso y, por eso, es importante conocer todos los pasos para crear una empresa.
1. Plan de Negocio Detallado
El plan de empresa es un documento en el que se explica con detalle una idea de negocio. Éste deberá recoger los siguientes puntos:
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- Características del mercado: deberás realizar un estudio de mercado para conocer la situación actual real del sector en el que quieras emprender, así como tu competencia.
- DAFO: tendrás que analizar las características internas y externas de tu proyecto respecto a las Debilidades, Fortalezas, Amenazas y Oportunidades del negocio. Sé lo más sincero y exhaustivo posible, te ayudará a definir correctamente tu proyecto y a evitar posibles problemas futuros.
- Objetivo: para empezar, deberás establecer un objetivo realista que puedas alcanzar a corto plazo (6 meses). Pasado este tiempo, podrás valorar el éxito de tu empresa, corregir posibles errores y/o valorar la continuación del mismo.
2. Elección de la Forma Jurídica
Tras haber diseñado tu plan empresarial, debes elegir la forma jurídica de tu negocio antes de ponerlo en funcionamiento. La forma jurídica es la modalidad legal que define cómo llevarás a cabo tu actividad económica frente a la Administración.
A continuación, se presentan algunas de las formas jurídicas más comunes:
- Autónomo (empresario individual): Persona física que realiza por cuenta propia una actividad económica, tenga contratados trabajadores o no. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada, es decir, respondes con tu patrimonio privado sobre las deudas contraídas por la empresa.
- Comunidad de bienes y sociedad civil: Mínimo dos socios. Las aportaciones a la actividad podrán ser en dinero o en especie, y se podrá definir el porcentaje de participación de cada comunero en las pérdidas y ganancias. Sin capital mínimo y responsabilidad ilimitada de los socios, es decir, se responde con el patrimonio personal de cada uno.
- Sociedad de responsabilidad limitada (SL) y Sociedad limitada nueva empresa (SLNE): Mínimo de un socio. Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones/aportaciones de todos los socios. Estos responden de las deudas contraídas solo con el capital invertido, no con su patrimonio privado, por lo que hablamos de responsabilidad limitada. Capital mínimo de 3.000€, representado por participaciones que son transmisibles de manera limitada. Es la forma jurídica de empresa más frecuente para las medianas y pequeñas empresas.
- Sociedad anónima (SA): Mínimo de un socio, con una aportación inicial de 60.000 €, pudiendo aportar un 25% inicial y el resto tras la constitución de la sociedad. El capital, dividido en acciones, lo constituyen las aportaciones de los socios. Estos responden a las deudas contraídas con el capital invertido, sin arriesgar su patrimonio privado. Es la más común para empresas de mayor tamaño, ya que permite, por ejemplo, cotizar en bolsa o transmitir los títulos (acciones) de manera más rápida y fácil.
- Sociedad cooperativa: Mínimo de 3 personas para su constitución, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria. Cada socio es responsable de las obligaciones según el capital invertido, y las decisiones se toman de manera democrática por la votación de todos los socios.
3. Depósito del Capital Social
El capital social de una empresa es el total de lo aportado por los socios a la entidad y puede consistir en dinero, bienes o derechos patrimoniales. Una vez tengas elegida la forma jurídica, tendrás que elegir un nombre y comprobar que no existe un negocio con la misma denominación en el Registro Mercantil. Asimismo, deberás establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para tu empresa. En ella depositarás el capital social. Recuerda solicitar un certificado de depósito en el banco en el deberán constar los datos del socio, o los socios en su caso, así como las aportaciones realizadas. Te servirá para acreditar el capital social en la constitución de la empresa.
4. Solicitud de la Denominación Social
¿Recuerdas que al inicio te remitíamos al Registro Mercantil para comprobar que la denominación de tu empresa no estuviera ya “pillada”? Ten en cuenta que el nombre queda reservado durante 6 meses desde la expedición de la certificación.
- Certificación negativa de denominación social.
5. Elaboración de los Estatutos Sociales y Escritura Pública
A continuación, has de elaborar los estatutos sociales. Éste es uno de los pasos más importantes para crear una empresa, ya que representan las bases sobre las que se constituye tu empresa. En ellos se recogen varios datos esenciales, como la denominación, el capital, el domicilio social, etc. Además, se definen otros aspectos de interés para el correcto funcionamiento del negocio, como el órgano administrativo, el reparto de dividendos o el proceso a seguir en caso de disolución de la empresa.
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Una vez solicitada la certificación negativa, debes crear la escritura pública. Para formalizar todos los trámites de creación de tu empresa, tendrás que escriturarla ante notario. Para ello, deberéis acudir a un notario todos los socios de la empresa y aportar la siguiente documentación:
- Certificación negativa del Registro Mercantil
- Certificado bancario de depósito de capital social
- Estatutos sociales
- DNI o NIE de los socios
6. Solicitud del NIF Provisional y Definitivo
Después, para dar de alta tu empresa en Hacienda y conseguir tu NIF provisional, deberás presentar el modelo 036, una copia de la escritura de constitución y una copia de los estatutos en la Agencia Tributaria. El Número de Identificación Fiscal de la empresa permite identificarla a efectos fiscales. Como a estas altura aún no cuentas con la Escritura de Constitución de la empresa en el Registro Mercantil (recordemos que solo tienes la certificación negativa), debes solicitar un NIF que es provisional hasta que puedas aportar la copia de la escritura en el Registro Mercantil.
Una vez hayas realizado todos estos pasos, deberás solicitar el NIF definitivo. Puedes realizarlo de forma telemática en Hacienda con certificado digital, presentando el modelo 036 con la casilla 120 marcada, junto con:
- Copia de la escritura pública
- Certificado de inscripción en el Registro Mercantil
- Fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal
- Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal (si figura como tal en la escritura de constitución o en los estatutos, este documento no será necesario).
7. Inscripción en el Registro Mercantil
Cuando tengas tu NIF provisional, deberás constituir tu empresa ante el Registro Mercantil de tu provincia para obtener la plena competencia jurídica. A partir del momento de constitución de la empresa, cuentas con tres meses para inscribirla en el Registro Mercantil donde, una vez eche a andar tu empresa y en los plazos previstos, deberás depositar la cuentas anuales.
Es el momento de dejar de funcionar con un NIF provisional y abrir tu negocio con un NIF definitivo. Nota: contarás con 3 meses desde que comprobaste en el registro que el nombre de tu empresa estaba disponible para registrarlo formalmente.
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8. Otros Trámites y Consideraciones
Al acercarse el momento de poner en marcha tu negocio: Debes despejar las dudas sobre la forma jurídica más conveniente, las futuras obligaciones que te tocará cumplir como empresario o empresaria (fiscales, de seguridad social, laborales, contables o de otro tipo).
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E) en la Agencia Tributaria (Modelo 840) ó Ayuntamiento, según el caso.
- Otros trámites en función del tipo de actividad y circunstancia de cada sociedad (licencia de obras, de actividades e instalaciones, comunicación de apertura de centros de trabajo, inscripción de marcas, patentes, nombres comerciales, inscripción de inmuebles en el Registro de la Propiedad, etc...).
- Certificaciones registrales.
Tabla Resumen de Pasos Clave
| Paso | Descripción |
|---|---|
| 1 | Elaboración del Plan de Negocio |
| 2 | Elección de la Forma Jurídica |
| 3 | Depósito del Capital Social |
| 4 | Solicitud de Denominación Social |
| 5 | Elaboración de Estatutos y Escritura Pública |
| 6 | Solicitud del NIF (Provisional y Definitivo) |
| 7 | Inscripción en el Registro Mercantil |
| 8 | Otros Trámites (Licencias, Impuestos, etc.) |
Una vez estén todos los trámites realizados, el siguiente paso es lanzar tu producto o servicio a la venta. Ya sea en un espacio físico u online, céntrate en darlo a conocer entre tu público objetivo. Sería interesante que lanzaras una campaña de publicidad para llegar al mayor número de personas.
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