Consultoría en Prevención de Riesgos: Ejemplos y Consideraciones Clave

En principio, el concepto de consultoría en prevención de riesgos laborales genera ambigüedad, y al amparo de la misma han comenzado a proliferar entidades con diferentes objetos sociales que ofrecen servicios de asesoramiento y apoyo a los empresarios en esta materia.

El Riesgo Laboral: Un Concepto Fundamental

En la PRL se habla en numerosas ocasiones de los riesgos laborales y de los peligros que pueden comportar. Pero establecer una diferencia clara y precisa, atiende más a cuestiones teóricas que prácticas.

A pesar de ello, es importante saber distinguir ambos conceptos para sentar unas buenas bases sobre las que estructurar nuestro conocimiento en Prevención.

La diferencia entre peligro y riesgo radica, principalmente, en la inmediatez y probabilidad de obtener un resultado: el daño.

Cuando hablamos de riesgo nos referimos a la existencia de una probabilidad muy alta a que tenga lugar un peligro, el cual acabe desembocando en la producción de un daño. Por otro lado, cuando nos referimos a peligro, estamos identificando la existencia de un acto o una situación que es una fuente potencial de daño.

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Es decir, que mientras que el riesgo atiende a la probabilidad de que tenga lugar un peligro; el peligro atiende a la producción de un daño ante la realización del mismo.

Un riesgo laboral es una situación o condición que puede causar daño o perjuicio a la salud de los trabajadores en el desempeño de su trabajo.

Como ya hemos visto, el riesgo es un aspecto intangible que se basa en la mera probabilidad de pueda acontecer un peligro que acabe derivando en un daño. Pero en esta concepción, intervienen una serie de elementos que no van a depender de la realidad fáctica, sino de las propias convicciones internas de cada persona.

El riesgo laboral es aquel que puede llegar a perturbar la salud o seguridad de nuestra empresa o de nuestros trabajadores. En el marco de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, ya se encuentra mencionados los riesgos profesionales al disponer, en su artículo primero que su objetivo va dirigido a “promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo”.

El riesgo no es observado por todas las personas por igual, y por tanto, tampoco por los trabajadores. Cada individuo, en base a sus experiencias y vivencias, observará o no la existencia del riesgo.

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Es difícil poder tener una definición clara y sin matices del riesgo, pero si introducimos determinadas medidas en nuestra empresa, podremos crear la llamada “conciencia de riesgo”, consiguiendo así que la prevención sea efectiva y cumpla su objetivo: mantener la seguridad, salud y competitividad en nuestra entidad.

Podemos exponer, de manera sencilla, algunas medidas que podrás adoptar, a partir de mañana, para mejorar la percepción del riesgo en tus trabajadores:

  1. En primer lugar, cómo no, debes informar y formar en PRL a todos tus trabajadores, con independencia del mando. Esto, además de ayudar en la toma de conciencia de los riesgos existentes, te ayudará a conseguir un mayor grado de integración de la prevención.
  2. Trabajar en potenciar creencias más saludables y seguras. Aunque en tu empresa, una actividad en particular, se haya estado desarrollando de una determinada forma, no significa que sea la más adecuada ni segura. Por ello, introduce una nueva metodología que haga ver a tus trabajadores que existen otras formas de desempeñar sus funciones.
  3. Cambiar la prioridad de valores para que la salud y la seguridad sea lo más importante. Está claro que en el marco de la actividad empresarial debe primar la productividad y eficacia. Ahora bien: no a cualquier precio. Debemos transmitir a nuestros empleados que las personas están por encima de los beneficios y que no deben arriesgar su salud ni seguridad para obtener mejores resultados.
  4. Realiza actividades y cursos donde tus trabajadores puedan observar los peligros a los que se enfrentan diariamente. Un factor que juega en nuestra contra cuando hablamos del riesgo es que no podemos verlo. Muchas veces, actúa como un enemigo invisible. Por eso, es necesario instruir bien a nuestros empleados.

Publicidad Engañosa y Autogestión de la Prevención

Por ello, el sector se está enfrentando a lo que pudiera ser una publicidad engañosa o, como mínimo, confusa basada en que la aplicación de la prevención puede salirse “gratis” al empresario autogestionándose la misma con un curso de capacitación para las funciones de nivel básico, ya que hay actividades obligatorias en todos las empresas que no pueden ser asumidas con ese nivel formativo.

Pudiera estar instrumentalizándose la aplicación de la prevención de riesgos laborales con el fin de “vender” cursos de formación de nivel básico en esta materia.

Por ejemplo, empiezan a aparecer numerosos casos en los que se ofrecen servicios gratuitos, por ejemplo licencias de productos informáticos o prestación de servicios concretos en materia de prevención de riesgos laborales, al contratar un Curso de Formación al Empresario para asumir la prevención de riesgos laborales.

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El Curso de Formación citado suele ofrecerse con cargo a los Créditos de Fundación Tripartita de que las Empresas disponen, lo que podría suponer -además del mal uso de los fondos públicos a través de la Fundación Tripartita- una merma de ingresos para la Hacienda Pública estatal ya que, de acuerdo con el Art.

Limitaciones de la Autogestión Empresarial

Por otro lado, el que el empresario pueda asumir directamente la actividad preventiva tiene notorias limitaciones.

Por ejemplo, el empresario no podrá asumir la Vigilancia de la Salud en su empresa, con independencia del tamaño o actividad.

Esta clasificación de las funciones, conlleva la necesidad de disponer, respectivamente, de una formación o acreditación académica o profesional, que cómo mínimo será un curso de nivel básico de 30 horas de duración, impartida por un servicio de prevención o por una entidad formativa debidamente acreditada.

Por tanto, en todos estos casos, el empresario tendrá dos opciones: o disponer de la formación necesaria de nivel intermedio o superior, o recurrir a la asistencia de técnicos especializados mediante otra modalidad preventiva (designando trabajadores que dispongan de esa formación, o recurriendo a servicios de prevención ajeno).

Hay ciertas actividades preventivas que, a tenor de lo expuesto en la legislación vigente, no podrían desarrollarse con el Curso de Capacitación para las Funciones de Nivel Básico en prevención de Riesgos Laborales según el Art.35 del RD 39/97 Reglamento de los Servicios de Prevención.

Destacan aquí la realización de actuaciones de información y formación de los trabajadores, la realización de la planificación preventiva de la empresa, mediciones o evaluaciones de riesgos higiénicos más o menos complejas (iluminación, ventilación, temperatura, productos químicos, etc), evaluaciones o informes más o menos complejos, que requieran conocimientos técnicos adecuados, en aspectos de seguridad laboral (equipos o máquinas, instalaciones de producción, equipos de protección individual, investigación de accidentes de trabajo o incidentes, etc), ergonomía y psicosociología aplicada (posturas, carga física, manejo de cargas, movimientos repetitivos, fatiga, estrés, relaciones laborales, etc) o actividades de coordinación empresarial con otras empresas o trabajadores autónomos, que intervengan en el centro de trabajo donde se desarrolla la actividad empresarial.

Consecuencias de una Mala Aplicación de la Prevención

La aplicación de la prevención de riesgos laborales en las empresas tiene un elevado componente jurídico.

Una mala aplicación de la misma que pueda derivar en un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, puede conllevar responsabilidades jurídicas en el terreno administrativo (sanciones), social (recargos de prestaciones, por ejemplo) o en los ámbitos civil y penal.

Por otro lado y vinculado con lo anterior, uno de los requisitos que se exige desde la Administración a un Servicio de Prevención Ajeno es la contratación y mantenimiento de una elevada Póliza de Responsabilidad Civil que cubra la labor profesional del mismo.

Otro de los aspectos que debemos tener en cuenta es el uso inadecuado de los créditos que las empresas disponen con cargo a Fundación Tripartita.

Pero sin lugar a dudas, la principal consecuencia negativa de la aplicación de la prevención de riesgos laborales siempre es social. Detrás de un accidente o enfermedad profesional siempre hay una persona y su familia, que son los principales perjudicados por la ocurrencia de un daño para la salud.

Por otro lado, el asesoramiento deficiente en materia de prevención de riesgos laborales o no llevado a cabo por profesionales cualificados y autorizados por la Administración para ello, es posible que conlleve una pérdida de la calidad en la actividad preventiva, ya de por sí manifiestamente mejorable.

El Papel de los Servicios de Prevención Ajenos

En el Informe realizado por el citado organismo, se hace un repaso a la normativa legal vigente en materia de organización de la actividad preventiva, llegando a la clara conclusión de que el recurso a profesionales externos de la empresa, o a una entidad no acreditada, no pueden considerarse ajustados a alguna de las modalidades que el artículo 10 del RD 39/97 Reglamento de los Servicios de Prevención establece para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas por parte del empresario.

Por tanto y según el Centro Directivo, la actividad de un profesional independiente o de una empresa que no sea entidad acreditada como servicio de prevención ajeno, no podrá comprender ni la prestación de servicios de asesoramiento y apoyo en las materias establecidas en el artículo 31 de la LPRL, que corresponde a los servicios de prevención, ni la propia ejecución de las actividades preventivas que pueda corresponder a la empresa, en los términos legalmente establecidos.

Medidas Preventivas y Su Importancia

Las medidas preventivas son acciones y estrategias diseñadas para evitar o reducir al mínimo los riesgos y peligros que puedan surgir en el entorno laboral.

El objetivo principal de estas medidas es proteger la salud de los trabajadores, así como prevenir accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo.

Para implementar medidas preventivas debemos primero analizar el factor riesgo y después dotar de formación y herramientas necesarias para crear ambientes seguros que den respuesta a este riesgo.

Un ejemplo de medida preventiva es el uso de equipos de protección personal (EEP) en un ambiente laboral que así lo requiera, como es el de la construcción.

Una medida correctora es una acción tomada como consecuencia de un riesgo o accidente que está presente o que ya ha ocurrido, para corregir, mitigar o eliminar dicho riesgo y prevenir futuros accidentes o daños.

Beneficios de la Prevención de Riesgos Laborales
Beneficiario Beneficios
Empresa Ahorro de costes directos (reducción de gastos de km/combustible, costes de seguros) e indirectos (reducción del absentismo laboral, mejora del clima de satisfacción laboral).
Trabajadores Ahorro de tiempo, mejora de la salud por la disminución de estrés, ansiedad y menos exposición al riesgo de accidente de tráfico. Uso de medios de locomoción más seguros y más baratos.

En Acció Preventiva consideramos que lo más importante para garantizar el éxito de tu PRL es una correcta integración de la misma en el sistema de gestión de tu empresa, y eso pasa por crear una buena cultura preventiva empresarial.

Uno de los pilares fundamentales del éxito en prevención de riesgos laborales pasa por la formación y la pedagogía.

Sabemos que lo más importante para tu empresa es garantizar un conocimiento y dominio de todas las áreas que componen la prevención de riesgos laborales, adelantándonos a los hechos y manteniéndote informado de todas las novedades legales que se deban aplicar en tu empresa para no incurrir en posibles sanciones.

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