Epígrafe de Consultoría Empresarial: IAE, CNAE 7022 y Obligaciones

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es un tributo que deben pagar las entidades o profesionales por desarrollar una actividad empresarial en España. Los epígrafes del IAE son códigos numéricos que sirven para clasificar el tipo de ocupación que va a tener un autónomo o una empresa. Tiene importancia porque, en función del epígrafe del IAE elegido, la actividad puede tributar de una forma u otra.

¿Cuándo debemos presentar el alta en el IAE?

Toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad profesional, empresarial o artística en España tiene la obligación de darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). En el momento en el que te das de alta en Hacienda, vía modelo 036 ó 037, tienes que especificar la actividad, o actividades, que vas a desarrollar. El epígrafe en el que finalmente enmarques tu actividad condicionará tus demás impuestos, por ejemplo el régimen y el tipo de IVA aplicable.

Para darse de alta en el IAE es necesario presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 840 de declaración del Impuesto de Actividades Económicas. El modelo 840 está disponible en dicha sede online. En la zona superior derecha debe marcarse la opción Alta. Alta por haberse modificado las condiciones que permitían a una empresa o profesional estar exento del pago de este impuesto.

En segundo lugar, debemos seleccionar la clase de cuota. Existen tres opciones, ‘Municipal’, ‘Nacional’ o ‘Provincial’. Se refiere al ámbito geográfico en el que se realizan las actividades. Por ejemplo, si se trata de una franquicia que opera con diferentes oficinas en varias zonas de España. Es necesario describir la actividad y habrá que elegir aquí el grupo o epígrafe correspondiente.

Después es necesario especificar los diferentes elementos tributarios entendidos como los módulos de la actividad que marcarán las cuotas dentro del IAE. Por último, se debe incluir la información de superficie y dirección física de todos y cada uno de los locales que componen la actividad, en el caso de que procediera por pertenecer a cuota provincial o nacional.

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Aunque la verdadera clave para darse de alta de forma correcta está en la elección del epígrafe IAE.

¿Qué es el CNAE 7022 y su relación con el IAE?

El CNAE 7022 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) corresponde a las "Actividades de consultoría de gestión empresarial". Este código está relacionado con la Sección M: ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, dentro de la división 70 (Actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial).

Esta clase comprende los servicios de asesoramiento, orientación y asistencia prestados a las empresas y otras organizaciones en materia de administración, como la planificación organizativa y estratégica de la empresa, reingeniería de procesos empresariales, gestión de cambios en la empresa, reducción de costes y otras cuestiones financieras; los objetivos y políticas de marketing; las políticas, las prácticas y la planificación de recursos humanos; las estrategias de indemnización y jubilación; los planes de producción y la planificación de control.

Esta prestación de servicios empresariales puede comprender el asesoramiento, orientación y asistencia prestados a las empresas y los organismos públicos en relación con:

  • El diseño de sistemas de contabilidad, de programas de contabilidad de los costes y de procedimientos de control presupuestario.
  • El asesoramiento y ayuda a las empresas y organismos públicos para la planificación, la organización, la eficacia y el control, la informática de gestión, etc.
  • La prestación de orientación para negocios y profesionales.
  • Completar los documentos y adjuntar los justificantes necesarios en relación con un procedimiento de contratación pública.
  • Las actividades de establecimiento y puesta en marcha de empresas.

Esta clase no comprende:

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  • El diseño de programas informáticos para sistemas contables (véase 62.01).
  • La representación y asistencia jurídicas (véase 69.10).
  • Las actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal (véase 69.20).
  • Las actividades de asesoramiento en arquitectura e ingeniería (véase 71.11 y 71.12).
  • Las actividades de asesoramiento sobre medio ambiente, agronomía, de seguridad y similares (véase 74.90).
  • Los servicios de asesoramiento sobre colocación o búsqueda de ejecutivos (véase 78.10).
  • Las actividades de asesoramiento educativo (véase 85.60).

La correspondencia con el epígrafe IAE es:

  • 843.9: Otros servicios técnicos n.c.o.p
  • 849.7: Servicios de gestión administrativa
  • 991: Prestación de servicios por sociedades de desarrollo industrial regional

Diferencias entre IAE y CNAE

Existen diferencias entre el IAE y el CNAE. El listado CNAE es una clasificación distinta que tiene fines estadísticos y que está realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El IAE y el CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) son sistemas diferentes, pero se pueden relacionar.

¿Qué pasa si me equivoco de epígrafe?

Lo primero que debes saber es que puedes darte de alta en tantos epígrafes IAE como necesites, aunque no tengan que ver entre ellos, para abarcar todas las actividades económicas que desarrollas. También hay epígrafes IAE más generalistas que actúan como contenedor para las que no están contempladas de manera específica. Son los epígrafes N.c.o.p.

Pero, si aun así te has equivocado ¡cuidado! porque se abre un abanico de posibilidades a tener en cuenta. Recuerda que el IAE es un impuesto local, que gestionan los ayuntamientos, y la Agencia Tributaria tan solo utiliza la información consignada en él sobre la actividad a desarrollar a efectos del control de otros impuestos como el IRPF o en IVA. Por tanto, la tributación por IAE y sus posibles sanciones corresponden a la administración local.

En caso de estar tributando de forma incorrecta, la regla es que si el contribuyente corrige su error sin recibir requerimiento de la Agencia Tributaria, pague lo que debe con un pequeño recargo.

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Si te equivocas con el CNAE, no pasa nada, ya que cuando una empresa de informes recoja tus datos, saldrás en una clasificación u otra. Lo mismo ocurre en Hacienda, que también usa el CNAE, saldrás en un ramo u otro. El importante es el IAE, que te marcará para tributar. Por ejemplo, si te equivocas y escoges una que no se adecue a tu actividad, en caso de que Hacienda te inspeccione, podría no aceptar las facturas de tus gastos como deducibles para la actividad en la que te has dado de alta. Esa es la "peor" situación que te podría ocurrir con el Alta errónea en un IAE, siempre que no sean epígrafes especiales que requieren una serie de permisos y/o licencias adicionales.

Obligaciones y Consideraciones Adicionales

Toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad profesional, empresarial o artística en España tiene la obligación de darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Es necesario incluir el epígrafe del IAE en el que hayas dado de alta la actividad en los modelos 036 y 037. Los epígrafes del IAE que corresponden a actividades profesionales están obligados a practicar retención de IRPF en sus facturas. Se debe aplicar una retención del 15% (o 7% si es el primer año de actividad). Por ejemplo, si tu actividad se incluye en epígrafes como consultoría, periodismo, diseño gráfico, abogacía, etc. deberás retener en tus facturas.

No hay un límite máximo de epígrafes en los que un autónomo pueda darse de alta en el IAE. Puedes conocer tu código de IAE consultando la tabla oficial de la Agencia Tributaria.

Los modelos 036 y 037 son declaraciones censales de una actividad ante la Agencia Tributaria. En estos modelos es necesario incluir el epígrafe del IAE en el que hayas dado de alta la actividad, de ahí su relación.

Hay epígrafes de IAE exentos de IVA, de modo que no tienes que presentar el modelo 303. Otro fallo común es darse de alta en un IAE que va a módulos cuando no toca hacerlo. Por último, algo importante a tener en cuenta es que el IAE también afecta a los gastos deducibles de tu actividad.

La normativa establece que los autónomos que queden encuadrados dentro de la sección 2ª de las Tarifas establecidas en el IAE sí tendrán que pagar este Impuesto. Por lo tanto, será necesario consultar qué actividades se encuentran en dicho apartado.

Tabla de Epígrafes IAE Relevantes

Epígrafe IAE Descripción
843.9 Otros servicios técnicos n.c.o.p.

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