¿Cuánto Paga FOGASA? Reclamaciones y Coberturas para el Empresario

FOGASA son unas siglas que corresponden al Fondo de Garantía Salarial. Son muchas las personas que tienen dudas sobre qué es el FOGASA y para qué sirve. En este artículo te explicamos cuál es el funcionamiento del FOGASA y en qué casos y bajo qué requisitos abona a los trabajadores los salarios e indemnizaciones por despido o extinción de contrato que no han sido abonados por su empresa.

Definición Legal de FOGASA

Veamos, antes de explicar cuánto paga FOGASA, cuál es su definición legal. El FOGASA es un organismo de carácter público que se encargará de las deudas salariales y relativas a indemnizaciones de las empresas que han sido declaradas en concurso de acreedores o insolventes. Es en esta ocasión cuando debemos acudir al FOGASA.

El FOGASA tiene por finalidad asegurar el cobro del crédito de los trabajadores, ello conforme a lo establecido en el art. 33.8 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real decreto 505/1985, de 6 de marzo.

Funciones del FOGASA

El FOGASA pagará al trabajador cuya empresa ha sido declarada insolvente o en concurso de acreedores. Existe insolvencia de la empresa, y, por tanto, el FOGASA abonará las cantidades correspondientes, cuando, tras iniciar procedimiento judicial de ejecución de la resolución que fija las cantidades debidas (ya sea acuerdo o sentencia), no haya sido posible cobrar las cantidades adeudadas porque la empresa no posea bienes y no se hayan podido hacer efectivos los embargos practicados. En ese momento el Juzgado competente dictará el decreto de insolvencia que permitirá al trabajador solicitar al FOGASA el pago de la cantidad adeudada.

El FOGASA abonará indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción de los contratos conforme a los artículos 50, 51, 52, 40.1 y 41.3 del Estatuto de los Trabajadores, y de extinción de contratos conforme a los artículos 181 y 182 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, así como las indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada en los casos que legalmente procedan.

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¿Qué Cubre FOGASA?

  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador en caso de haber sufrido una modificación sustancial de las condiciones laborales sin respetar el procedimiento legalmente establecido que haya menoscabado su dignidad.
  • En caso de impago o retraso continuado en el pago del salario.
  • En caso de incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores).

Límites de Pago de FOGASA en 2025

Una de las dudas más habituales es la de cuánto paga el FOGASA. Ten en cuenta que este servicio no siempre paga la totalidad de los salarios e indemnizaciones por extinción de contrato debidas al trabajador por su empresa, sino que se aplican algunos límites.

Estas normas son generales, pero están sujetas a unos límites en lo que respecta a cuánto paga FOGASA en realidad.

Salarios

En el caso de los salarios y salarios de tramitación, el FOGASA abonará como máximo por ambos conceptos la cantidad equivalente a 120 días del doble del salario mínimo interprofesional (SMI) diario (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias) que esté vigente en el momento en el que se declare la insolvencia o concurso de la empresa.

SALARIOS: el doble, técnicamente "duplo", del salario mínimo interprofesional diario con prorrata de pagas extraordinarias, aunque con un máximo de 120 días. Siendo el SMI -más pagas extra- de 46,04 € en 2025, esta regla equivale a 46,04 x 2 = 92,08 € de máximo al día en concepto de salario.

Indemnizaciones

¿Qué porcentaje paga el FOGASA en el caso de la indemnización por despido o extinción del contrato? ¿Cuánto paga el FOGASA por despido improcedente?

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INDEMNIZACIONES: también el duplo del salario mínimo interprofesional diario con la prorrata de pagas extra, es decir, 92,08 €. Aunque aquí la limitación temporal es de un año.

La cantidad máxima a abonar es una anualidad, sin que el salario diario, base del cálculo, pueda exceder del doble del Salario Mínimo Interprofesional, con pagas extras.

Al hablar del cálculo, FOGASA, indemnización y cantidades hay que tener en cuenta que en todos los supuestos de despido y extinción de contrato expuestos el salario diario a considerar para el cálculo de la indemnización no puede ser superior del equivalente al doble del SMI (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias). En el caso de que un trabajador tenga un contrato a tiempo parcial, el salario diario máximo que podrá percibir será el doble del SMI incluida la parte proporcional de las pagas extras en proporción a su jornada de trabajo.

Si recapitulamos recogiendo los datos más importantes sobre cuánto paga FOGASA, en una indemnización, aunque esta supere los 33.152 €, el Fondo de Garantía Salarial solo tiene la obligación de sufragar hasta ese importe. Y si se trata de salarios, hasta 11.049,60 €.

A continuación, se presenta una tabla resumen con los límites de pago de FOGASA:

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Concepto Límite de Pago
Salarios Hasta 120 días del doble del SMI diario (con pagas extras)
Indemnizaciones Hasta una anualidad del doble del SMI diario (con pagas extras)

Proceso de Reclamación ante FOGASA

Una vez se finalice la instrucción del expediente, FOGASA ha de dictar resolución en el plazo máximo de tres meses (a contar desde tu solicitud). Pero si pasa ese periodo de tiempo y no recibes noticias de ellos, podrá entender estimada tu petición por silencio administrativo positivo.

El trabajador tiene un plazo de 1 año para solicitar al FOGASA los salarios o indemnizaciones debidas por la empresa, a contar desde la fecha del acto de conciliación, sentencia, auto o resolución de la autoridad laboral en que se reconozca la deuda o se fije la indemnización. No obstante, dicho plazo de 1 año se interrumpe cuando el trabajador inicia la ejecución del acta de conciliación o la resolución que reconoce las cantidades debidas o cuando se produce el reconocimiento del crédito en el procedimiento concursal, así como también por las demás causas legales de interrupción de la prescripción.

Documentación Necesaria

  1. Salarios: Acta de Conciliación, certificado de la administración concursal o Sentencia del Juzgado de lo Social.
  2. Indemnización: Acta de conciliación judicial, Auto, Sentencia o Resolución administrativa que autorice la extinción del contrato de trabajo.

¿Qué hacer ante una Negativa de FOGASA?

Y si te comunican una negativa expresa, puedes interponer demanda ante los juzgados de lo Social en el plazo de dos meses, que empiezan a computar desde el día siguiente a la notificación que recibas. Esto puede suceder, pero no es lo normal.

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