Impuesto sobre Sociedades para PYMES: Requisitos y Beneficios Fiscales

En el complejo mundo de los impuestos, las pequeñas y medianas empresas (PYMES) enfrentan desafíos particulares. La comprensión de los aspectos fiscales es fundamental para mantener la salud financiera y cumplir con las obligaciones legales. En esta guía, abordaremos los aspectos clave de la fiscalidad para PYMES en torno al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Sociedades (IS).

¿Qué es una PYME?

A pesar de que representan alrededor del 98% del tejido productivo español, no todo el mundo sabe concretar lo que es una pyme, por paradójico que parezca. Ser una pyme tiene una serie de ventajas respecto a una gran empresa pero, también algunas desventajas. En cualquier caso, ser una pyme conlleva para sus gestores un abanico de obligaciones, principalmente tributarias, que es necesario conocer para cumplir debidamente con los requerimientos que pide la Administración.

De acuerdo con la Unión Europea (UE), una empresa es una entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerce una actividad económica, entendiendo por actividad económica la venta de productos o servicios a un precio dado o en un mercado directo o determinado. De manera específica, se define a las pymes (en el Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea) como empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o su balance general anual no excede de 43 millones de euros.

Además, los profesionales autónomos tienen la consideración de pymes cuando cumplan con los criterios del número de empleados e importes financieros y ejerzan actividad económica.

  • Microempresas.
  • Pequeñas sociedades.
  • Medianas empresas.

IVA: Entendiendo el Impuesto sobre el Valor Añadido

Concepto básico del IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Funciona mediante la aplicación de un porcentaje sobre el valor añadido en cada etapa de la cadena de producción y distribución. A diferencia de otros impuestos que gravan directamente los ingresos o las ganancias, el IVA se aplica al valor agregado en cada etapa del proceso de producción y venta, lo que lo convierte en un impuesto sobre el consumo.

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Tipos impositivos y cómo se aplican a las actividades de las PYMES

En España, existen varios tipos impositivos de IVA que se aplican a las actividades de las PYMES, dependiendo del tipo de bienes o servicios que ofrezcan. Los principales tipos impositivos de IVA en España son:

  • Tipo general: Este es el tipo impositivo estándar y se aplica a la mayoría de los bienes y servicios. En España, el tipo general de IVA es del 21%.
  • Tipo reducido: Se aplica a determinados bienes y servicios considerados de primera necesidad o de interés social. En España, el tipo reducido de IVA es del 10%. Ejemplos de bienes y servicios sujetos a este tipo impositivo incluyen alimentos básicos, libros, periódicos, transporte de pasajeros, etc.
  • Tipo superreducido: Es el tipo impositivo más bajo y se aplica a bienes y servicios de primera necesidad. En España, el tipo superreducido de IVA es del 4%. Este tipo se aplica a productos como alimentos básicos, libros, periódicos, medicamentos, etc.

Obligaciones de registro, declaración y pago del IVA

En España, las PYMES tienen ciertas obligaciones relacionadas con el registro, la declaración y el pago del IVA. Estas obligaciones son fundamentales para cumplir con la normativa fiscal y evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Aquí están las principales obligaciones:

  1. Registro en el censo de empresarios, profesionales y retenedores: Antes de comenzar cualquier actividad empresarial o profesional sujeta al IVA, las PYMES deben registrarse en el censo de la Agencia Tributaria. Este registro proporciona un número de identificación fiscal (NIF) que se utiliza para todas las transacciones comerciales y fiscales.
  2. Facturación: Las PYMES deben emitir facturas por las operaciones sujetas al IVA. Las facturas deben cumplir con los requisitos establecidos por la normativa fiscal, incluyendo información detallada sobre la operación, los importes gravados y el tipo impositivo aplicado.
  3. Liquidación periódica del IVA: Las PYMES están obligadas a presentar declaraciones periódicas de IVA ante la Agencia Tributaria. Estas declaraciones suelen ser mensuales o trimestrales, dependiendo del volumen de facturación y otras circunstancias específicas. En estas declaraciones, la empresa debe informar sobre las ventas realizadas y el IVA recaudado, así como sobre las compras y el IVA soportado.
  4. Autoliquidación del IVA: En la declaración periódica de IVA, las PYMES deben autoliquidar el impuesto, es decir, calcular la diferencia entre el IVA recaudado y el IVA soportado y pagar el saldo resultante a la Agencia Tributaria. Este pago se realiza mediante transferencia bancaria o utilizando otros medios de pago autorizados.
  5. Presentación de declaraciones informativas: Además de las declaraciones periódicas de IVA, las PYMES pueden tener la obligación de presentar declaraciones informativas adicionales, como la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) o la declaración de operaciones con terceros (modelo 347).

Impuesto sobre Sociedades: Aspectos Esenciales para PYMES

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y cómo afecta a las PYMES?

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo que grava la renta de las sociedades y otras entidades jurídicas residentes en España. Se aplica sobre los beneficios obtenidos por estas entidades en un determinado período fiscal. Afecta a las PYMES de diversas maneras, ya que estas empresas son sujetos pasivos del impuesto y deben cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con el mismo.

Determinación de la base imponible y tipos impositivos aplicables

En España, el proceso general de determinación de la base imponible y los tipos impositivos aplicables en el IS se puede describir de la siguiente manera:

Base imponible: La base imponible del IS se determina a partir del resultado contable ajustado. El resultado contable se obtiene de los estados financieros de la empresa, pero luego se realizan una serie de ajustes y correcciones fiscales permitidas por la normativa fiscal para calcular la base imponible fiscal.

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Tipos impositivos: En España, existen diferentes tipos impositivos aplicables al Impuesto sobre Sociedades, que pueden variar según el tamaño y la naturaleza de la empresa. A partir del año 2021, los tipos impositivos generales para las empresas son los siguientes:

  • Tipo general: El tipo general del Impuesto sobre Sociedades es del 25%.
  • Tipo reducido para PYMES: Se aplica un tipo reducido del 15% sobre los primeros 300.000 euros de base imponible para aquellas empresas que cumplen los requisitos establecidos para ser consideradas PYMES.
  • Tipo reducido para empresas de nueva creación: Las empresas de nueva creación pueden beneficiarse de un tipo reducido del 15% sobre los primeros 10 millones de euros de base imponible durante los dos primeros períodos impositivos en los que se obtengan beneficios.

Deducciones y bonificaciones fiscales disponibles para las PYMES

Las microempresas y pymes se beneficiarán de una reducción fiscal en el Impuesto de Sociedades hasta 2029. Actualmente, existen tres normativas en vigor que regulan estas rebajas fiscales. En diciembre, se aprobó en el Congreso de los Diputados una reforma fiscal que reduce todavía más los tipos a pagar por los negocios de menor tamaño y prevé un período transitorio de aplicación hasta el próximo 2027 o incluso 2029, dependiendo del tamaño de la empresa.

A día de hoy, con estas leyes en vigor hay 4 grupos distintos de negocios que pueden pagar un tipo inferior al 25%, que es el que correspondería por ley a las empresas en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, los startups y negocios de reciente creación pueden aplicar en ciertos casos un 15%. La reforma fiscal de 2022 rebajó dos puntos los tipos para empresas con facturación inferior a dos millones de euros, beneficiando a más de medio millón de pymes en la declaración de 2024. Además, la Ley de Startups de 2022 ofrece tipos reducidos del 15% para empresas tecnológicas y emergentes en sus primeros años.

En diciembre de 2024, se aprobó la Ley 7/2024 y el Real Decreto Ley 9/2024, que han introducido la última reforma fiscal que afecta al Impuesto de Sociedades. En las micropymes, aquellos negocios que facturen menos de un millón de euros. Se establece una reducción gradual de los tipos impositivos en el Impuesto de Sociedades durante los próximos 3 años. Lo que quiere decir, es que en lugar de pagar el tipo actual, los negocios de este tipo irán pagando menos cada año hasta alcanzar el tipo reducido en 2027.

La ley de startups de 2022 amplió la reducción del 15% en el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para empresas emergentes. Estas empresas podrán tributar al 15% durante el primer periodo impositivo en que tengan una base imponible positiva y en los tres siguientes, es decir, durante un total de cuatro años. Esta medida beneficia a los negocios que cumplan los requisitos para ser considerados empresas emergentes, que deben ser innovadoras y tener un riesgo de fracaso tecnológico o industrial. Ser de nueva creación o que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil.

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La rebaja del 15% en el tipo impositivo se aplica a los negocios de reciente creación durante el primer ejercicio en que obtienen beneficios y el siguiente. El IS grava la renta de las sociedades y de determinadas entidades residentes en el territorio español. Sociedades civiles con objeto mercantil son contribuyentes por el IS, desde el 1 de enero de 2016.

Las entidades en régimen de atribución de rentas de nacionalidad española con carácter general no son contribuyentes del IS, no obstante, el Real Decreto Ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que modifica el art. En particular, gozan de exención total y no tienen obligación de declarar determinados entes del sector público (Estado, CC. AA., Entidades Locales y sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, Banco de España, Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y Fondos de Garantía de inversiones, etc.).

Otras entidades están parcialmente exentas: entidades e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales, sindicatos, partidos políticos, etc.).

Con esta finalidad, la ley modifica la regulación existente para poder crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un euro e introduce reformas para facilitar e impulsar la constitución de las mismas de forma rápida, ágil y telemática, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas. Esto es, esta ley persigue impulsar la creación de empresas de forma rápida, ágil y al menor coste posible.

Los notarios y los intermediarios que participen en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada deberán informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), para su constitución y la realización de otros trámites ligados al inicio de su actividad. BOE 29/09//2022: Disposición 15818 del BOE núm.

La personalidad jurídica, con carácter general, es la circunstancia que atribuye la condición de contribuyente en el IS. Contribuyentes con personalidad jurídica. Con carácter general las entidades en atribución de rentas son contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, excepcionalmente son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades ciertas entidades en régimen de atribución de rentas situadas en territorio español.

Cooperativas fiscalmente protegidas tributarán por los resultados cooperativos a los tipos de gravamen resultantes de minorar en tres puntos porcentuales los tipos de gravamen previstos en el apartado primero del artículo 29 de la LIS (25%, 20%, 17% y 15%, según proceda) siempre que el tipo resultante no supere el 20%.

a) Las sociedades de inversión de capital variable reguladas por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva , siempre que el número de accionistas requerido sea, como mínimo, el previsto en su artículo 9.4.

Las Islas Canarias, por sus singularidades territoriales, tiene reconocido un régimen económico fiscal especial. Las circunstancias geográficas del archipiélago, reconocido como región ultraperiférica de la UE, así como la lejanía del resto del territorio nacional justifican por sí mismas la existencia de esas peculiaridades.

Cuando la entidad se extinga.

Presentar la declaración dentro del plazo: La declaración del IS deberá presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Se presentará obligatoriamente por Internet con certificado electrónico. Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración TributariaDepartamento de Gestión Tributaria.

Algunas de las deducciones y bonificaciones fiscales disponibles para las PYMES son:

  • Deducción por actividades de investigación y desarrollo (I+D): Las empresas que realicen actividades de I+D pueden deducir un porcentaje de los gastos e inversiones realizados en proyectos de investigación y desarrollo. Esta deducción puede ser del 25% adicional al gasto incurrido en el caso de gastos en personal investigador o del 12% adicional en otros gastos de I+D.
  • Deducción por actividades de innovación tecnológica: Las empresas que realicen actividades de innovación tecnológica pueden deducir un porcentaje de los gastos e inversiones realizados en este ámbito. Esta deducción puede ser del 12% adicional al gasto incurrido.
  • Deducción por inversiones medioambientales: Las empresas que realicen inversiones en activos medioambientales, como energías renovables, eficiencia energética o reducción de emisiones contaminantes, pueden beneficiarse de una deducción del 8% del importe invertido.
  • Deducción por creación de empleo: Las empresas que creen nuevos puestos de trabajo pueden beneficiarse de una deducción en la cuota íntegra de 5.000 euros por cada nuevo empleado contratado de manera indefinida durante al menos tres años.
  • Deducción por reinversión de beneficios: Las empresas que reinviertan los beneficios obtenidos en la adquisición de activos fijos pueden aplicar una deducción del 12% sobre el importe reinvertido.

Estrategias para optimizar la carga fiscal y maximizar los beneficios fiscales

Las PYMES en España pueden mejorar su situación fiscal mediante estrategias específicas. Esto incluye aprovechar las deducciones fiscales disponibles, como las relacionadas con gastos comerciales, inversiones en activos fijos y contratación de personal. Además, es fundamental explorar los incentivos fiscales ofrecidos por el gobierno español, como créditos fiscales o exenciones de impuestos para actividades específicas, como la inversión en innovación o la contratación de empleados.

La optimización de la estructura empresarial y una planificación cuidadosa de los ingresos y gastos también son clave para reducir la carga fiscal. Es importante mantenerse al tanto de los cambios legislativos y buscar asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento normativo y maximizar los beneficios fiscales.

Microempresas Vs. Pymes Vs. Grandes Empresas

Un autónomo puede considerarse microempresa si cumple con los criterios de número de empleados e importes financieros y ejerce una actividad económica. Las pymes (pequeñas y medianas empresas) incluyen tanto microempresas como pequeñas y medianas empresas. Las pymes pueden tener hasta 249 empleados y facturar hasta 50 millones de euros, mientras que las microempresas deben mantenerse por debajo de los 10 empleados y los 2 millones de euros de facturación. Las obligaciones fiscales y contables de una gran empresa son mucho más complejas que las de una microempresa, que disfruta de ciertos beneficios fiscales y menores exigencias contables.

Por lo tanto, conocer los requisitos que tiene que cumplir una microempresa es fundamental para elegir la estructura empresarial más conveniente.

Beneficios de ser una Microempresa

  • Tributación reducida.
  • Simplificación contable. Se pueden acoger al Plan General de Contabilidad para Pymes, lo que facilita la gestión contable y financiera.
  • Facilidades en la contratación.

Según el informe Cifras Pyme 2024, en diciembre de 2024 en España había 2.948.527 empresas, de las cuales 1.139.427 eran microempresas. Esto supone que el 38,64 % de las empresas de nuestro país son microempresas. En este informe llama la atención el reducido número de grandes empresas.

Si estás pensando en emprender o ya tienes un negocio pequeño, es importante que conozcas los requisitos para una microempresa y cómo se diferencian de los autónomos, las pymes y las grandes empresas.

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