Rebaja del Impuesto de Sociedades para Pymes: Requisitos y Beneficios

Si su empresa es una entidad de reducida dimensión o una micropyme, debe saber que el tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades se reducirá progresivamente en los próximos ejercicios. Las microempresas y las pymes ya cuentan con nuevos tipos reducidos en el Impuesto de Sociedades desde este año y hasta el próximo 2029.

El ejercicio 2025 llega con varios cambios relevantes que buscan impulsar la inversión productiva, el emprendimiento y la digitalización de las pymes.

¿Qué empresas se consideran de reducida dimensión?

Una empresa se considera de reducida dimensión si su cifra de negocios en el ejercicio anterior no supera los 10 millones de euros.

Es importante destacar que estas reducciones no se aplicarán a sociedades patrimoniales. Su empresa será considerada una entidad patrimonial si más de la mitad de su activo está compuesto por elementos no afectos a actividades económicas.

Normativas Vigentes y Tipos Impositivos Reducidos

Actualmente, hay tres normativas en vigor que reducen los impuestos a pagar para ciertos tipos de negocio. A día de hoy hay tres normativas distintas en marcha que prevén una rebaja impositiva para los pequeños negocios: entre 2025 y 2029, los tipos que deberán aplicar a sus base imponible -beneficios- se irán reducido desde el actual 23% hasta un 17% , en ciertos casos.

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En diciembre de 2024 se aprobaron la Ley 7/2024 y el Real Decreto-ley 9/2024, que han introducido la última reforma fiscal que afecta al Impuesto de Sociedades. En diciembre, se aprobó en el Congreso de los Diputados una reforma fiscal que reduce todavía más los tipos a pagar por los negocios de menor tamaño y prevé un período transitorio de aplicación hasta el próximo 2027 o incluso 2029, dependiendo del tamaño de la empresa.

Con estas leyes en vigor, a día de hoy, habría cuatro grupos distintos de negocios que pueden pagar un tipo inferior al 25%, que es el que correspondería por ley a las empresas en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, las startups y negocios de reciente creación pueden aplicar en ciertos casos un 15%.

  • Por un lado, está en marcha la reforma fiscal de 2022 que rebajó dos puntos porcentuales los tipos aplicables a cualquier negocio con una facturación inferior a dos millones de euros.
  • Por otro lado, también está en marcha la Ley de Startups de 2022, que prevé unos tipos especialmente reducidos para los conocidos como "negocios tecnológicos", que son empresas consideradas "emergentes".

Beneficios Fiscales Específicos

La reforma fiscal de 2022 rebajó dos puntos los tipos para empresas con facturación inferior a dos millones de euros, beneficiando a más de medio millón de pymes en la declaración de 2024.

La ley de startups de 2022 amplió la reducción del 15% en el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para empresas emergentes. Estas empresas podrán tributar al 15% durante el primer periodo impositivo en que tengan una base imponible positiva y en los tres siguientes, es decir, durante un total de cuatro años. Esta medida beneficia a los negocios que cumplan los requisitos para ser considerados empresas emergentes, que deben ser innovadoras y tener un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.

Las empresas con facturación inferior a 1 millón de euros también se beneficiarán de una deducción especial en el Impuesto sobre Sociedades si reinvierten su capital en la creación de empleo.

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Requisitos para ser considerada empresa emergente:

  • Ser de nueva creación o que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.

Reducción Progresiva para Micropymes

En las micropymes, aquellos negocios que facturen menos de un millón de euros, se establece una reducción gradual de los tipos impositivos en el Impuesto de Sociedades durante los próximos 3 años. Lo que quiere decir, es que en lugar de pagar el tipo actual, los negocios de este tipo irán pagando menos cada año hasta alcanzar el tipo reducido en 2027.

La reforma contempla además una reducción progresiva de los tipos que pagan las microempresas y las pymes en el Impuesto sobre Sociedades, que durará hasta 2027 en el caso de las primeras, cuando pagarán un 17% por los primeros 50.000 euros facturados y un 20% por el resto; y hasta 2029 para las empresas que ingresen entre uno y diez millones anuales, tributando un punto menos cada ejercicio hasta llegar al 21% ese año.

Pagos Fraccionados del Impuesto sobre Sociedades en 2025

El próximo 21 de abril (o el 22, dependiendo de la sede fiscal de la empresa) vence el plazo para abonar la primera liquidación trimestral de pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades de 2025. Este año, la fecha es incluso más importante para miles de microempresas y pymes, después de que el Congreso de los Diputados aprobase a finales del año pasado una rebaja de los tipos que pagan en Sociedades estos negocios, hasta el 22% y el 24%, respectivamente.

La rebaja fiscal para las pequeñas y medianas empresas se aplicará de forma diferente a lo largo del año, dependiendo de los resultados de 2024 y de la fórmula elegida por cada sociedad para calcular el importe a pagar por el primer trimestre de este año.

Tabla de Tipos de Gravamen Aplicables

Los tipos de gravamen aplicables a períodos impositivos iniciados en el año 2024 y 2025 son los siguientes:

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Tipo de Entidad Tipo de Gravamen 2024 Tipo de Gravamen 2025
Entidades de reducida dimensión (art. 101 LIS) 23% 23%
Entidades de nueva creación (1) 15% 15%
Empresas emergentes (2) 15% 15%

(1)Para las entidades de nueva creación debe tenerse en cuenta la Disposición Transitoria 22º LIS.

(2)Para las empresas emergentes debe tenerse en cuenta el art. 29 de la Ley 28/2022.

Estos cambios en el Impuesto sobre Sociedades pueden representar un ahorro significativo para su empresa.

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