El emprendimiento femenino tiene un papel cada vez más relevante en el tejido empresarial. Actualmente en España, el emprendimiento femenino supone el 35% del total de los autónomos. La formación cualificada, el progreso de las habilidades profesionales y un espíritu emprendedor cada vez más desarrollado hacen que muchas mujeres decidan crear una empresa o una nueva idea de negocio.
Las diferentes administraciones públicas ofertan a través de programas específicos el impulso a estas emprendedoras tanto a nivel de asesoramiento como a nivel financiero. Dichos programas existen tanto a nivel nacional como algunos otros dependientes de cada Comunidad Autónoma, variando así también a lo largo del tiempo.
Programas de Apoyo al Emprendimiento Femenino
Existen diversas iniciativas y programas diseñados para apoyar a las mujeres emprendedoras en España. A continuación, se destacan algunos de los más relevantes:
EMPRENDEDORAS
EMPRENDEDORAS es un programa de ámbito nacional impulsado por la Cámara de Comercio de España y cofinanciado por el Fondo Social Europeo y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad. El programa está dirigido a mujeres con espíritu emprendedor, con una idea o proyecto de negocio que quieren poner en marcha, ampliar o consolidar, que necesitan adquirir conocimientos en materia emprendedora a través de formación de calidad y que quieren establecer redes con otras empresarias.
- Se puede contactar con las diferentes cámaras de comercio para solicitar un asesoramiento online o una cita presencial.
Instituto de la Mujer
Este organismo autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad, concede subvenciones y ayudas públicas a mujeres emprendedoras que se encuentren en dificultades para acceder a financiación o pedir avales. Se trata de una subvención para las mujeres que quieran emprender un negocio y encuentren dificultades para acceder a la financiación o contar con avales. Ofrece la posibilidad de acceder a microcréditos inferiores a 25.000 euros para las mujeres que vayan a emprender un primer negocio o quieran desarrollar uno ya existente. Además de ofrecer unas condiciones ventajosas, esta financiación no requiere de avales de terceros.
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Además de las subvenciones enfocadas al apartado económico empresarial, el Instituto de la Mujer, dependiente del Ministerio de Igualdad, ha desarrollado otros programas para potenciar el emprendimiento femenino en otros ámbitos como el tecnológico o el entorno rural.
Programa Innovatia 8.3
El programa de Innovatia 8.3 tiene como objetivo principal eliminar la brecha de género existente en los sectores profesionales del sector científico y el tecnológico. El Programa Innovatia 8.3, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, pretende impulsar los proyectos de mujeres emprendedoras relacionados con los sectores de la innovación, la ciencia y la tecnología. Esta iniciativa llevada a cabo por el Instituto de la Mujer en colaboración con la Universidad de Santiago de Compostela busca reducir la brecha de género en sectores tradicionalmente masculinizados.
Programa Desafío Mujer Rural
Respecto al programa “Desafío Mujer Rural” como bien indica su propio nombre, tiene como objetivo general el dinamizar el tejido empresarial femenino en el ámbito rural, para superar la brecha de género en materia de empleo y emprendimiento. El Programa Desafío Mujer Rural puesto en marcha por el Instituto de la Mujer y cofinanciado por el Fondo Social Europeo tiene como objetivo dinamizar el tejido empresarial femenino en el ámbito rural.
BBVA Spark
Un objetivo que también comparte BBVA Spark, la iniciativa de BBVA que ayuda a los emprendedores para que potencien sus proyectos y alcancen el éxito. Objetivo Apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito.
Requisitos y Condiciones para Acceder a la Financiación
Las empresas que deseen acceder a estos préstamos y ayudas deben cumplir con una serie de requisitos y condiciones. A continuación, se detallan algunos de los requisitos generales:
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- Empresas beneficiarias: Pymes en las que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder dentro de sociedad: en el accionariado, en el órgano de Administración o formando parte del equipo directivo. Esta línea está dirigida tanto a empresas de nueva creación como a aquellas que estén considerando un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización.
- Requisitos:
- Domicilio social en España.
- Ser una pyme, conforme a la definición de la Unión Europea.
- Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de los socios o partícipes.
- El proyecto empresarial ha de demostrar su viabilidad técnica y económica, y presentar un modelo de negocio innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.
- La empresa prestataria deberá cofinanciar las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
- Los fondos propios de la sociedad serán equivalentes, como mínimo, a la cuantía del préstamo.
- La empresa que solicite un préstamo Enisa deberá mostrar una estructura financiera equilibrada y profesionalidad en su gestión.
- Deberán presentarse las cuentas del último ejercicio cerrado, que habrán sido depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que proceda.
- La empresa que reciba un préstamo Enisa, por un importe superior a 300.000 €, deberá tener auditados externamente los estados financieros del último ejercicio cerrado.
- Quedan excluidas las empresas cuya actividad corresponda a los sectores inmobiliario y financiero.
Condiciones de los Préstamos ENISA
Las condiciones de los préstamos ENISA son las siguientes:
- Importe:
- Importe mínimo del préstamo: 25 000 €.
- Importe máximo del préstamo: 1 500 000 €.
- Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de la sociedad.
- Tipo de interés:
- Primer tramo: euríbor + 3,75 %.
- Segundo tramo: se aplica un interés variable en función de la rentabilidad financiera de la empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 8 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
- Comisión de apertura: 0,5 %.
- Vencimiento: máximo, 9 años.
- Carencia de principal: máximo, 7 años.
- Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
- Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
- La amortización de intereses y principal es trimestral.
- Para la concesión del préstamo no se exigirán garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.
Obligaciones de Comunicación
La empresa beneficiaria de esta línea de financiación, como receptora de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación de las ayudas -financiado por la Unión Europea, a través de los fondos Next GenerationEU- se compromete a reconocer y garantizar la visibilidad de dicha financiación durante toda la vida del préstamo, debiendo utilizar en todos los documentos, comunicaciones, páginas web y documentos análogos los materiales gráficos (logos) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de la Unión Europea (Next Generation). Asimismo, se compromete a mencionar expresamente, durante toda la vida del préstamo, en la información corporativa de la compañía (web, folletos, presentaciones institucionales, notas de prensa, etc.) que cuenta con financiación de ENISA (Ministerio de Industria y Turismo) incorporando el logo de #clienteEnisa.
Legislación Aplicable
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Resolución de 4 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de fomento al emprendimiento innovador (Cheque emprendedor).
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