Requisitos y Pasos para Crear una Microempresa en España

Si te caracterizas por ser una persona con espíritu emprendedor, es muy probable que uno de tus mayores objetivos o sueños sea abrir tu propio negocio. En las últimas décadas, el espíritu empresarial ha ido ganando terreno, de manera que cada vez más personas se sienten atraídas por la idea de montar su propio negocio, lo cual está dando paso a la creación de un mayor número de nuevas empresas y startups.

Este artículo explica los requisitos y pasos para formalizar su constitución, de forma que puedas comenzar a facturar lo más rápido posible. Es fundamental conocer los pasos para crear una empresa en España, incluyendo aspectos burocráticos y legales.

Las microempresas son pequeñas unidades comerciales, proyectos empresariales más pequeños que una PYME. En España, representan más del 95,6% del empresariado. Se definen como entidades con menos de 10 empleados y un volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros. Incluyen empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada, sociedades limitadas o comunidades de bienes.

Diferencias entre Microempresa y Pequeña Empresa

Las diferencias entre una microempresa y una pequeña empresa son sutiles pero significativas. Una microempresa generalmente tiene menos de 10 empleados, con ingresos y activos limitados, operando en un ámbito local o regional. En contraste, una pequeña empresa puede tener hasta 50 empleados, con mayores recursos financieros y alcance.

Requisitos para ser PYME

Para acceder a ayudas y subvenciones, es fundamental entender qué se considera una PYME desde el punto de vista legal y administrativo. La Unión Europea (UE) ha establecido una definición precisa en la Recomendación 2003/361/CE:

Lea también: ¿Interesado en marketing? Esto es lo que necesitas

  • Número de empleados (UTA): Menos de 250 empleados.
  • Volumen de negocio o balance general anual: Un volumen de negocio anual que no exceda los 50 millones de euros, o un balance general anual que no exceda los 43 millones de euros.
  • Independencia de la empresa: No debe estar controlada por otra empresa o grupo de empresas que no sean PYMEs.

Cumplir con estos requisitos permite acceder a ayudas y subvenciones específicas, líneas de financiación y programas de apoyo empresarial.

Pasos para Crear una Microempresa en España

  1. Tener una idea clara: Define qué quieres vender u ofrecer.
  2. Realizar un estudio de mercado: Conoce a tu competencia y a tus posibles clientes.
  3. Escoger un nombre y una forma jurídica: Decide el nombre de tu negocio y si serás autónomo o sociedad limitada.
  4. Obtener el capital necesario: Busca un préstamo bancario, un inversor o usa tus ahorros.
  5. Registrar tu empresa: Regístrala en el Registro Mercantil y en Hacienda.
  6. Obtener permisos y licencias: Varían según el tipo de negocio. Para conocer los requisitos exactos en cada caso, conviene acudir al ayuntamiento donde se establezca el negocio.
  7. Contratar empleados (si es necesario): Cumple con las regulaciones laborales y de seguridad social. Si tienes la intención de contratar empleados, debes tener en cuenta las obligaciones relacionadas con la Seguridad Social. Como empleador, estás sujeto a cotizaciones y contribuciones, y debes registrar a tus trabajadores antes de que comiencen la actividad.
  8. Darse de alta en IAE: Tramitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria, indicando la actividad empresarial que vas a desarrollar, un trámite que puedes hacer de manera presencial en las sedes físicas o directamente online. Si vas a ejercer como administrador de la sociedad, también tendrás que darte de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria y en el RETA, donde figurarás como autónomo societario. Ten en cuenta que los autónomos societarios no pueden acogerse a las bonificaciones para autónomos y que tu cuota de la Seguridad Social será más alta que la de los autónomos inscritos en el régimen general.
  9. Registrar patentes y marcas: Inscribir tu empresa en el Registro Mercantil no te garantiza que tu logotipo, eslogan o cualquier producto que crees estén protegidos. Necesitas registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Tu marca es uno de los activos intangibles de tu negocio y cuando la registras, la proteges para que otras empresas o personas no puedan usarla, lo cual aporta un valor añadido a tu actividad. Por otra parte, registrar la patente te ofrecerá la titularidad y derecho exclusivo de explotación, impidiendo que terceros puedan plagiarla o usarla sin tu consentimiento.
  10. Obtener el certificado electrónico: Facilita muchos trámites y te ahorrará muchísimo tiempo. La Administración está apostando cada vez más por los medios electrónicos, por lo que el último paso para crear una empresa en España consiste en obtener el certificado electrónico para tu negocio, el cual te facilitará muchos trámites y te ahorrará muchísimo tiempo.

Trámites Iniciales y Forma Jurídica

El primer paso para abrir un negocio en España es obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF), que es el identificador tributario necesario para operar legalmente. Si eres extranjero y deseas abrir un negocio en España, además del NIE y el NIF, debes contar con residencia legal y, en algunos casos, tramitar el visado de emprendedor.

El siguiente paso es elegir la forma jurídica bajo la cual operará tu negocio. En España, existen varias opciones, como autónomo, sociedad limitada (SL) o sociedad anónima (SA), entre otras. Cada forma jurídica tiene sus propias características y requisitos legales.

Una vez que hayas elegido la forma jurídica, deberás proceder con la constitución de la empresa, que incluye:

  • Redactar y firmar los estatutos sociales.
  • Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
  • Firmar la escritura pública ante notario, documento esencial para obtener el NIF definitivo y poder inscribir la sociedad.

Según la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, una SL puede constituirse con 1 € de capital social, aunque mientras no se alcancen los 3.000 € se aplican condiciones especiales: destinar al menos un 20 % de los beneficios a reserva legal y responder solidariamente en caso de liquidación hasta alcanzar esa cifra. La escritura pública es un documento clave, ya que se requiere no solo para la inscripción en el Registro Mercantil, sino también para obtener el NIF definitivo. Los trámites y documentos necesarios pueden variar según la forma jurídica elegida.

Lea también: Convertirse en un buen empresario

Tipos de Sociedades en España

A la hora de constituir una empresa hay que elegir la forma jurídica que adoptará. También se puede ejercer una actividad económica como persona física, en nombre propio, asumiendo el control y el riesgo. Esta es la figura del Autónomo. Para una correcta decisión es importante conocer las características particulares de cada fórmula jurídica.

Sociedad Anónima (S.A.)

Una sociedad anónima debe tener al menos un socio y constituirse con un capital mínimo de 60.000 euros, que es la aportación de los socios. Las siglas S.A. deben incluirse obligatoriamente en la denominación de la empresa.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

A diferencia de la sociedad anónima, el capital mínimo para crear una sociedad de responsabilidad limitada es de solo un euro. Este tipo de empresa puede crearse con un solo socio. El capital está dividido en participaciones indivisibles y acumulables, integradas por las aportaciones de los socios. También tiene la obligación de tener un libro de inventario y presentar cuentas anuales.

Emprendedor de Responsabilidad Limitada

Como alternativa a la sociedad limitada, se puede registrarse como emprendedor de responsabilidad limitada. Esta opción implica ser una persona física que realiza una actividad económica con responsabilidad ilimitada ante terceros.

Empresario Individual (Autónomo)

Constituirse como autónomo es otra opción para iniciar un negocio en España.

Lea también: Impulsa tu carrera con el mentoring

Pasos Detallados para la Creación de una Sociedad

Una vez que se ha decidido emprender un negocio con la forma legal de sociedad, se deben realizar los siguientes trámites. Dividimos las gestiones en dos partes al objeto de establecer la cronología.

Registro Mercantil Central:

  • Solicitar la certificación negativa del nombre: Este certificado acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre. Se puede hacer telemáticamente. La reserva de la denominación la debe hacer uno de los socios y se mantiene durante un periodo de seis meses, aunque hay que tener en cuenta, a los efectos de seguir realizando los trámites de constitución, que este certificado caduca a los tres meses de su expedición. Es un requisito indispensable para el otorgamiento de la escritura pública. Se pueden incluir hasta cinco opciones de denominación.

Ingreso del capital social:

  • Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad e ingresar el capital social: El capital social mínimo para una sociedad de responsabilidad limitada es de tres mil euros, mientras que para una sociedad anónima es de sesenta mil euros.
  • Aportaciones no dinerarias en la S.L.: Las aportaciones no dinerarias son aquellos bienes distintos al dinero que los socios aportan a la empresa (bienes muebles e inmuebles). Cualquier aportación, ya sea un ordenador, una mesa, sillas, furgoneta, maquinaria o un local, se deberá valorar para saber cuánto vale y cómo se debe contabilizar en la contabilidad de la empresa.

Notario:

  • Otorgamiento de escritura pública: Los socios fundadores firman la escritura de constitución de la sociedad ante notario. Se debe presentar la certificación negativa de la denominación, los estatutos sociales y la acreditación del desembolso o aportación de bienes al capital social. A partir de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, es perfectamente posible el otorgamiento de la escritura fundacional mediante firma digital y, por tanto, no es necesario acudir presencialmente a la notaría.

Consejerías de Hacienda de las CC.AA.:

  • Pagar las tasas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Aunque actualmente la operación está exenta, muchos registros siguen pidiendo el modelo cumplimentado.

Agencia Tributaria:

  • Obtener el número de identificación fiscal (NIF): Para identificar a la sociedad a efectos fiscales. Se facilita un N.I.F. provisional que, en la actualidad, puede solicitarse a través de la mayoría de las notarías.

Registro Mercantil de la provincia:

  • Inscripción de la empresa: Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia. Se deberá realizar en el Registro Mercantil de la provincia en que se encuentre domiciliada la Sociedad.

Puede realizar de forma electrónica los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España a través del sistema unificado CIRCE, desarrollado por la Dirección General de Industria y PYME en 2003, que unifica todos los trámites solicitados por organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas. Para llevar a cabo los trámites a través del sistema CIRCE, deberá cumplimentar adecuadamente el Documento Único Electrónico (DUE) pudiendo acudir a los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) que, de manera gratuita, ayudan a los emprendedores con su cumplimentación, así como facilitan asesoramiento en el inicio efectivo de la actividad y su desarrollo.

Análisis DAFO

El primer paso que debes abordar una vez que has tomado la decisión de emprender es concretar la idea de negocio que tienes en un plan empresarial. Éste deberá recoger los siguientes puntos:

  • Características del mercado: deberás realizar un estudio de mercado para conocer la situación actual real del sector en el que quieras emprender, así como tu competencia.
  • DAFO: tendrás que analizar las características internas y externas de tu proyecto respecto a las Debilidades, Fortalezas, Amenazas y Oportunidades del negocio. Sé lo más sincero y exhaustivo posible, te ayudará a definir correctamente tu proyecto y a evitar posibles problemas futuros.
  • Objetivo: para empezar, deberás establecer un objetivo realista que puedas alcanzar a corto plazo (6 meses). Pasado este tiempo, podrás valorar el éxito de tu empresa, corregir posibles errores y/o valorar la continuación del mismo.
  • Estructura jurídica: el siguiente paso es establecer la estructura jurídica que necesita tu negocio: autónomo, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, cooperativa etc. Una vez tengas elegida la forma jurídica, tendrás que elegir un nombre y comprobar que no existe un negocio con la misma denominación en el Registro Mercantil. Asimismo, deberás establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para tu empresa. En ella depositarás el capital social. Recuerda solicitar un certificado de depósito en el banco en el deberán constar los datos del socio, o los socios en su caso, así como las aportaciones realizadas. Te servirá para acreditar el capital social en la constitución de la empresa.

Estatutos Sociales

A continuación, has de elaborar los estatutos sociales. Éste es uno de los pasos más importantes para crear una empresa, ya que representan las bases sobre las que se constituye tu empresa. En ellos se recogen varios datos esenciales, como la denominación, el capital, el domicilio social, etc. Además, se definen otros aspectos de interés para el correcto funcionamiento del negocio, como el órgano administrativo, el reparto de dividendos o el proceso a seguir en caso de disolución de la empresa.

Escritura ante Notario

Para formalizar todos los trámites de creación de tu empresa, tendrás que escriturarla ante notario. Para ello, deberéis acudir a un notario todos los socios de la empresa y aportar la siguiente documentación:

  • Certificación negativa del Registro Mercantil
  • Certificado bancario de depósito de capital social
  • Estatutos sociales
  • DNI o NIE de los socios

NIF Provisional y Definitivo

Después, para dar de alta tu empresa en Hacienda y conseguir tu NIF provisional, deberás presentar el modelo 036, una copia de la escritura de constitución y una copia de los estatutos en la Agencia Tributaria.

Cuando tengas tu NIF provisional, deberás constituir tu empresa ante el Registro Mercantil de tu provincia para obtener la plena competencia jurídica. Ten en cuenta que esto no significa que tu empresa está protegida como marca, ya que para ello necesitarás darla de alta en el Registro de Patentes y Marcas.

Una vez hayas realizado todos estos pasos, deberás solicitar el NIF definitivo. Puedes realizarlo de forma telemática en Hacienda con certificado digital, presentando el modelo 036 con la casilla 120 marcada, junto con:

  • Copia de la escritura pública
  • Certificado de inscripción en el Registro Mercantil
  • Fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal
  • Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal (si figura como tal en la escritura de constitución o en los estatutos, este documento no será necesario).

Lanzamiento del Negocio

Una vez estén todos los trámites realizados, el siguiente paso es lanzar tu producto o servicio a la venta. Ya sea en un espacio físico u online, céntrate en darlo a conocer entre tu público objetivo. Sería interesante que lanzaras una campaña de publicidad para llegar al mayor número de personas.

Habilidades Esenciales para un Emprendedor Exitoso

Para tener éxito en la creación de una microempresa, es importante tener una combinación de habilidades tanto técnicas como blandas. Algunas de las habilidades más importantes son:

  • Habilidades empresariales: Conocimiento de cómo funciona un negocio.
  • Habilidades de marketing: Capacidad de atraer a los clientes potenciales.
  • Habilidades financieras: Conocimiento básico de contabilidad.
  • Habilidades de gestión: Capacidad de dirigir a un equipo de trabajo.
  • Habilidades de comunicación: Capacidad de comunicarse eficazmente.
  • Habilidades para adaptarse al cambio: Capacidad de adaptarse rápidamente a los cambios.

Además de estas habilidades, es importante tener una pasión por lo que se está haciendo y un fuerte sentido de resiliencia para superar los obstáculos.

tags: #que #se #necesita #para #crear #una