Si te has decidido a crear tu propia empresa en Guatemala y por fin vas a dar salida a la idea de tu emprendimiento, es normal sentirse perdido y frustrado al inicio con los pasos a seguir y los trámites legales que tienes que tener en cuenta. El objetivo de las sociedades de emprendimiento es impulsar la formalización de los negocios a través de trámites menos rigurosos y costosos que agilicen el registro formal.
¿Qué es una Sociedad de Emprendimiento?
Las Sociedades de Emprendimiento fueron creadas por la Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, Decreto 20-2018 del Congreso de la República, para brindar apoyo técnico y financiero al emprendedor. Esta nueva figura agiliza el proceso para formalizar los negocios emprendedores, reduciendo tiempos y costos de inscripción. La citada ley estableció como objetivo crear un nuevo tipo de sociedad mercantil para la constitución de una sociedad de emprendimiento, la cual se abrevia como S.E., y que podrá ser integrada por uno o más accionistas en manera expedita.
Ventajas de una Sociedad de Emprendimiento
Algunas de las ventajas que ofrece este tipo de Sociedad es que no requiere formalismos específicos, al no poseer escritura pública para la constitución de la misma; su funcionamiento es simple, y los socios tienen hasta dos años para pagar las acciones.
Una vez que los negocios emprendedores estén registrados gozarán de todas las ventajas que proveen las herramientas electrónicas para facilitar el pago de sus impuestos y operatividad de sus empresas por medio de las plataformas: Declaraguate, Agencia Virtual, Factura Electrónica en Línea FEL, y el Asistente Virtual RITA, que se encuentran disponibles en la página en línea de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Pasos para la Inscripción
A continuación, se detallan los pasos para la inscripción de una Sociedad de Emprendimiento tanto en el Registro Mercantil como en la SAT:
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Inscripción en el Registro Mercantil
- Solicitar en el Registro Mercantil una certificación de autorización de uso de la denominación de la sociedad de emprendimiento, pagando el arancel correspondiente.
- Al contar con la certificación autorizada, ingresa al sitio web minegocio.gt.
- Crear una cuenta en la plataforma.
- Una vez cuentes con una cuenta, selecciona la opción de Sociedades de Emprendimiento para llenar la solicitud de inscripción. El sistema genera el contrato una vez finalizado el llenado de campos.
- Proceder a suscribir con firma electrónica avanzada el contrato social (los estatutos sociales) por los accionistas.
- Cargar electrónicamente los siguientes documentos:
- Contrato firmado con firma electrónica avanzada por cada uno de los accionistas.
- Boleto de ornato de uno de los accionistas.
- Certificación de autorización de uso de la denominación emitida por el Registro Mercantil a uno de los accionistas.
- DPI de cada accionista
- Boletas de pago conforme al arancel del Registro Mercantil:
- Elaboración de edicto Q30
- Publicación del edicto Q200
- Autorización de libros, según cantidad de hojas
Si el capital autorizado es de Q500,000 o más deberá pagar el arancel de Q8.50 por millar de capital autorizado, mismo que no excederá de Q40,000. Además de pagar arancel correspondiente a la inscripción de nombramiento de representante legal de Q150 y arancel a la inscripción de empresa mercantil de Q100.
Si se presenta en delegaciones departamentales la papelería debe ir en un folder de color rojo tamaño oficio.
Inscripción en la SAT
El trámite debe ser realizado por el Representante Legal, y la papelería solicitada con la que debe acudir es: Documento Personal de Identificación -DPI- escaneado de ambos lados o pasaporte vigente en caso de ser extranjero, contrato social y razón inscrito en el Registro Mercantil, Razón de inscripción del Representante Legal, Factura por los servicios de agua, luz, teléfono, recibo de IUSI o documento emitido por la Municipalidad (no emitidos con una vigencia mayor a tres meses).
Una vez se tenga la papelería completa la lista de pasos para inscripción en la SAT son:
- Escanear y adjuntar los requisitos a la solicitud y presentar los originales en Oficina o Agencia Tributaria al concluir la gestión.
- El Representante Legal y el Perito Contador deben cumplir con lo siguiente:
- Agencia Virtual habilitada
- Datos actualizados en el sistema de Registro Tributario Unificado
El Representante Legal debe concluir el proceso de inscripción desde la Agencia Virtual registrando la información complementaria de la sociedad.
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- Los requisitos listados se deben adjuntar escaneados a la solicitud de inscripción en formato JPG, PDF o PNG.
- La solicitud de Sociedades deberán iniciar a través de la plataforma de e-servicios del Registro Mercantil.
Con estos datos se puede proceder a imprimir la Constancia de Datos del Registro Tributario Unificado desde tu Agencia Virtual.
Razón Social en Guatemala
La razón social es la denominación oficial bajo la cual se registra una entidad jurídica o empresa en Guatemala, utilizada en documentos legales, contratos y transacciones comerciales.
La razón social es el nombre que se asigna a una empresa o entidad jurídica en el momento de su inscripción en el Registro Mercantil, funcionando como su identidad oficial en el ámbito jurídico y comercial. Esta denominación es crucial para el ejercicio de actividades económicas, ya que bajo esta se firman contratos, se realizan operaciones bancarias y se establecen relaciones comerciales y legales.
En Guatemala, la razón social se regula principalmente por el Código de Comercio, específicamente en los artículos relacionados con el Registro Mercantil y la constitución de sociedades. El proceso de inscripción y los requisitos específicos para establecer una razón social están detallados en este marco legal, asegurando que las denominaciones no se repitan y cumplan con las normativas vigentes.
La inscripción de una sociedad en el Registro Mercantil, le otorga el derecho al uso exclusivo de su razón social o de su denominación, la que deberá ser claramente distinguible de cualquier otra y no podrá ser adoptada por sociedad del mismo o semejante objeto, mientras subsista inscrita la primera. Artículo 26 del Código de Comercio de Guatemala.
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La elección de una razón social no es un acto meramente formal; representa la identidad de la empresa frente al mercado y el sistema legal. Su importancia radica en varios aspectos:
- Legalidad: garantiza que la empresa opera bajo una denominación reconocida legalmente, lo que es indispensable para la realización de cualquier actividad comercial.
- Unicidad: la necesidad de que sea única previene confusiones y fraudes, protegiendo así tanto a la empresa como a los consumidores y a otros negocios.
- Imagen corporativa: a menudo, la razón social está alineada con la marca y la imagen que la empresa desea proyectar, siendo un elemento clave en su estrategia de marketing.
Existen diferentes tipos de sociedades mercantiles: sociedad anónima, responsabilidad limitada, colectiva, en comandita simple y comandita por acciones. La razón social puede cambiar dependiendo del tipo de sociedad.
- Sociedad colectiva: La razón social se forma con el nombre y apellido de uno de los socios o con los apellidos de dos o más de ellos, con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad Colectiva, leyenda que podrá abreviarse: y Cía. S. C. (Artículo 61 del Código de Comercio de Guatemala)
- Sociedad en comandita simple: La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía. S. en C. (Artículo 69 del Código de Comercio de Guatemala)
- Sociedad de responsabilidad limitada: La sociedad girará bajo una denominación o bajo una razón social. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal. La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o más de ellos. O Cía. La denominación podrá contener el nombre de un socio fundador o los apellidos de dos o más de ellos, pero en este caso, deberá igualmente incluirse la designación del objeto principal de la sociedad. (Artículo 87 del Código de Comercio de Guatemala)
- Sociedad en comandita por acciones: La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual podrá abreviarse: y Cía., S.C.A. (Artículo 197 del Código de Comercio de Guatemala)
Para inscribir una razón social en el Registro Mercantil de Guatemala, se deben seguir varios pasos, incluyendo:
- Verificación de unicidad. Antes de solicitar la inscripción, se debe verificar que la razón social deseada no esté ya en uso o registrada por otra entidad.
- Documentación necesaria. Presentar los documentos requeridos por el Registro Mercantil, que incluyen, pero no se limitan a, el acta de constitución de la empresa y la identificación de los fundadores o propietarios.
- Pago de tasas. Cumplir con el pago de las tasas correspondientes al proceso de inscripción.
Una empresa puede decidir cambiar su razón social por diversas razones, como un cambio en la estrategia de marca, fusión con otra empresa, o simplemente por preferencia. Este proceso también está regulado y requiere la aprobación del Registro Mercantil, incluyendo la modificación de la documentación oficial de la empresa y el anuncio público del cambio para informar a terceros.
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