El Gobierno de Asturias ha implementado una serie de medidas para impulsar el emprendimiento en la región, con un enfoque especial en proyectos innovadores. Una de estas iniciativas es el "Cheque Emprendedor", una línea de ayudas destinada a financiar proyectos singulares y novedosos.
¿En Qué Consiste el Cheque Emprendedor?
La nueva ayuda, denominada cheque emprendedor, consiste en un máximo de 10.000 euros por proyecto y apoyará actividades consideradas innovadoras por expertos externos. Esta medida, denominada cheque emprendedor, consiste en un máximo de 10.000 euros por iniciativa y respaldará actividades singulares y novedosas. En esta legislatura se han beneficiado de este programa 126 emprendedores, que han recibido 1,26 millones en ayudas.
¿A Quién Va Dirigido?
El cheque emprendedor va dirigido a tres colectivos:
- Emprendedores: Personas que no tienen experiencia en el trabajo por cuenta propia.
- Reemprendedores: Personas con experiencia en esta materia.
- Relevistas empresariales: Que impulsan un proyecto innovador para mantener la actividad económica de un negocio que se traspasa.
Finalidad u Objetivo de la Ayuda
La convocatoria tiene por objeto favorecer en el Principado de Asturias iniciativas emprendedoras de carácter innovador, con la finalidad de incorporar personas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o, por cuenta propia, al Régimen Especial de Trabajadores del Mar (REMAR). Las ayudas se dirigen tanto a residentes en Asturias como a cualquier persona que de forma estable o circunstancial viva fuera de la comunidad o en el extranjero, con el objeto de fomentar el retorno y la captación de talento para el desarrollo de proyectos innovadores en el Principado.
La Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica ha puesto en marcha la principal línea de ayudas al emprendimiento habilitada por el Gobierno de Asturias para promover la creación de empresas y dotada con 500.000 euros.
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Requisitos para Optar al Cheque Emprendedor
Podrán beneficiarse de las subvenciones las personas que reúnan los siguientes requisitos, de acuerdo con las bases de la convocatoria:
- Disponer de un proyecto empresarial monitorizado por un mínimo de dos meses y calificado como innovador por un experto externo.
- Estar en situación de alta como trabajador en el RETA o, por cuenta propia, en el REMAR dentro del período establecido en la resolución de convocatoria. Los solicitantes han de estar de alta en alguno de los dos regímenes especiales en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
- Desarrollar la actividad objeto del proyecto a título propio y tener el domicilio fiscal en Asturias.
- Disponer al menos, de una web, un blog o una red social como medio de comunicación digital.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
La concesión de las ayudas se realizará mediante comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación en sentido decreciente entre las mismas, de acuerdo a la puntuación obtenida resultado de la aplicación de los criterios de valoración, a los efectos de asignar ayudas partiendo de la puntuación más elevada y, siguiendo dicho orden, hasta el límite que permita el crédito disponible.
Documentación Necesaria
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Memoria del proyecto empresarial, elaborado a través de la plataforma web de asesoramiento de los centros de referencia al emprendimiento en Asturias (CREA).
- Certificado emitido por un experto externo del carácter innovador del proyecto y del período de monitorización del mismo. Disponer de un proyecto empresarial monitorizado por un período mínimo de 2 meses y calificado como innovador por un experto externo.
Organismos Gestores y Expertos Externos
Se consideran como expertos externos, además de las entidades Valnalón y CEEI, los Centros de Empresa Públicos que forman parte de la Asociación de Centros de Empresas Públicos del Principado de Asturias (ACEPPA).
Información Adicional
Las bases para optar a estas subvenciones, que se enmarcan en los objetivos del IV Programa para el Fomento de la Cultura Emprendedora 2016-2019, se publicaron en el Boletín Oficial del Principado (Bopa). Para más información, puedes visitar el portal oficial de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación del Gobierno del Principado de Asturias: SEKUENS.
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Otros Programas de Apoyo al Emprendimiento en Asturias
En el marco del programa de apoyo al autoempleo, el Gobierno de Asturias dispone actualmente de seis tipos de bonificaciones al emprendimiento:
- Ayudas para el fomento del empleo autónomo (tarifa mixta).
- Ayudas a la consolidación empresarial.
- Apoyo a trabajadoras autónomas en situación de baja por maternidad, adopción o acogimiento.
- Bonificación de las cuotas a la Seguridad Social a perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
- Ayudas a cooperativas y sociedades laborales (empresas de economía social) para el fomento del empleo mediante la incorporación de socios trabajadores o de asalariados, con carácter indefinido.
Ayudas a empresas del Principado de Asturias en el marco del Programa Cheques de Innovación y Desarrollo Empresarial
Concesión de cheques, para canjear por servicios de asesoramiento, asistencia técnica y consultoría.
¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?
Las actuaciones deberán ser viables técnica, económica y financieramente.
- Asesoramiento tecnológico (realizado por Centros de Innovación y Tecnología o Centros de Investigación).
- Digitalización de la empresa.
- Consultoría para la certificación.
- Diseño.
- Protocolo familiar y profesionalización de la gestión.
- Crecimiento empresarial.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- Iniciar el proyecto con posterioridad a la solicitud de la ayuda.
- El presupuesto de todos los proyectos no podrá superar los 15.000 €.
- Se podrá presentar como máximo una solicitud para cada línea de cheques por la que soliciten subvención.
- La prestación de servicios planteada en cada cheque deberá ser realizada por un único proveedor.
- Los servicios de la línea de Asesoramiento tecnológico deberán ser prestados por Centros de Innovación y Tecnología o Centros de investigación, mientras que los del resto de líneas deberán ser prestados por empresas especializadas en las diferentes temáticas y con experiencia en la realización del tipo de servicios correspondiente.
Importes subvencionables
| PYMES | Empresarios individuales | |||
|---|---|---|---|---|
| Línea | Importe del proyecto | Importe subvencionable | Importe del proyecto | Importe subvencionable |
| Asesoramiento tecnológico | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ |
| Digitalización de la empresa | Entre 5.000€ y menos de 10.000€ | 5.000€ | Entre 2.500€ y menos de 5.000€ | 2.500€ |
| Digitalización de la empresa | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ |
| Consultoría para la certificación | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | Entre 2.500€ y 15.000€ | 2.500€ |
| Diseño | Entre 2.500€ y menos de 5.000€ | 2.500€ | - | - |
| Diseño | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | - | - |
| Protocolo familiar y profesionalización de la gestión | Entre 10.000€ y 15.000€ | 10.000€ | - | - |
| Crecimiento empresarial | Entre 5.000€ y 15.000€ | 5.000€ | - | - |
Cuantía de la ayuda
| PYMES | Empresarios individuales | |||
|---|---|---|---|---|
| Línea de cheque | Importe subvencionable | Importe de la ayuda | Importe subvencionable | Importe de la ayuda |
| Asesoramiento tecnológico | 10.000€ | 7.500€ | 5.000€ | 3.750€ |
| Digitalización de la empresa | 5.000€ | 2.500€ | 2.500€ | 1.250€ |
| Digitalización de la empresa | 10.000€ | 5.000€ | 5.000€ | 2.500€ |
| Consultoría para la certificación | 5.000€ | 2.500€ | 2.500€ | 1.250€ |
| Diseño | 2.500€ | 1.250€ | - | - |
| Diseño | 5.000€ | 2.500€ | - | - |
| Protocolo familiar y profesionalización de la gestión | 10.000€ | 5.000€ | - | - |
| Crecimiento empresarial | 5.000€ | 2.500€ | - | - |
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Las pymes deberán tener uno o más empleados, ya sea por cuenta ajena o sean socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente), y que consten en una cuenta de cotización del Principado de Asturias.
Los autónomos deberán contar con uno o más empleados a tiempo completo o equivalente, computando como empleado el propio autónomo, y que consten en una cuenta de cotización del Principado de Asturias.
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Las pymes y autónomos beneficiarios tienen que tener un centro de trabajo en Asturias en el que desarrollen su actividad económica y presentar un proyecto acorde con el objeto de la convocatoria para ser desarrollado en el Principado de Asturias.
Las entidades beneficiarias deben desarrollar su actividad económica en alguno de los sectores objetivo como el industrial, de servicios de apoyo industrial, construcción, comercio al por mayor o turismo.
¿Qué sectores de actividad están INCLUIDOS en esta convocatoria de ayudas?
Industrial, de servicios de apoyo industrial, construcción y comercio al por mayor, cuando la actividad realizada por los solicitantes coincida con alguno de los epígrafes del impuesto de actividades económicas (IAE) recogidos en la lista de IAEs subvencionables que figura en el Anexo B adjunto.
El sector de turismo cuando los solicitantes de manera habitual y con ánimo de lucro realicen una actividad cuyo objeto sea la prestación de alguno de los servicios turísticos, y en el momento de publicación de la convocatoria se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias, como titulares de la empresa solicitante.
¿Cuáles serían mis obligaciones?
- Dar publicidad de la ayuda obtenida.
- Llevar un sistema de contabilidad aparte o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con el proyecto.
- Declarar que las actuaciones previstas en el proyecto, tienen un impacto nulo o insignificante sobre los objetivos climáticos y medioambientales según el principio DNSH (“Do No Significant Harm”; no causar perjuicio significativo al medioambiente).
- Cumplir lo dispuesto en la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?
Hasta las 14:00 h del día 22 de mayo de 2025, hora peninsular en España.
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