Los períodos de prueba son un plazo de tiempo que se da al comienzo de una relación laboral. El propósito de estos períodos de prueba es que la empresa conozca al trabajador, si cumple con los requisitos requeridos, así como confirmar que sus capacidades son las adecuadas para ese puesto.
Como en todo inicio de una relación, puede que pasado este período de prueba, y tras haber conocido más en profundidad al trabajador y cómo desempeña sus funciones, la empresa no quiera continuar con la relación laboral por diversos motivos. Ante esa situación, ¿cómo se comunica al trabajador que no se ha superado el período de prueba?
Formalización del Periodo de Prueba
Lo primero de todo es que el período de prueba pactado con el trabajador se debe formalizar por escrito. Es decir, para establecer un período de prueba, el pacto debe aparecer reflejado de forma concisa en el contrato de trabajo. Si en el contrato no se estipula que hay un periodo de prueba, entonces no lo habrá.
Comunicación al Trabajador
Si el contrato de trabajo se extingue durante el período de prueba, no se tiene que justificar con una causa. Sí, a diferencia de un despido, si un contrato laboral se extingue debido a que no se ha superado el período de prueba, se puede comunicar al trabajador de forma verbal.
Aunque no exista una obligación de notificar por escrito al trabajador que no ha superado el período de prueba, ni las causas que han llevado a no superar el mismo, es aconsejable que la empresa sí lo comunique al trabajador de forma escrita y justifique en ese escrito los motivos por los que el trabajador no ha superado el período de prueba.
Lea también: ¿Qué es una Carta de Franquicia?
Por último, desde Lexlaborum Abogados, recomendamos que siempre se haga una descripción detallada y se guarden las causas por las que el trabajador no superó el período de prueba.
Cómo Romper el Contrato Durante el Periodo de Prueba
El periodo de prueba es un tiempo al inicio de la relación laboral donde la empresa y el trabajador se prueban mutuamente. Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos que el resto de trabajadores.
Es necesario notificarlo a la otra parte por escrito. No es necesario dar preaviso. Cuando es la empresa la que va a finalizar la relación laboral, tiene que entregarle la carta por escrito al trabajador.
Tiene que dar dos copias, una para el trabajador y otra para la empresa que tiene que devolver firmada el trabajador. Da igual que el trabajador firme como “no conforme” la recepción de la carta, tendrá efectos igualmente y la relación se finalizará igual. En el caso de que la fecha de efectos no sea el día que se entrega o se manda, dejar claro cuál es el último día.
Indicar claramente que se “finaliza la relación laboral por no superar el periodo de prueba”. Hay que indicar que se entrega conjuntamente el finiquito o que se pone a disposición del trabajador. La empresa, aunque no tenga que pagar una indemnización, debe entregar el finiquito por los días trabajados y pagarlo el último día que el trabajador vaya.
Lea también: Cómo crear una carta de presentación impactante para marketing digital
Finalización del Contrato a Instancia del Trabajador
¿Qué diferencias hay entonces frente a una baja voluntaria fuera del periodo de prueba? En el caso de utilizar la no superación del periodo de prueba no es necesario dar ningún preaviso, pudiendo dejar el trabajo de un día para otro.
La comunicación a la empresa tiene que hacerse por escrito, entregando dos copias firmadas, y una de las cuales tiene que ser devuelva sellada y firmada por la empresa. En el caso de que la fecha de efectos no sea el día que se entrega o se manda, dejar claro cuál es el último día.
Indicar claramente que se “finaliza la relación laboral por no superar el periodo de prueba”. Solicitar a la empresa que prepare la propuesta de finiquito para el último día que trabaja (si se ha dado algún día de preaviso) o que lo prepare en el menor tiempo posible.
Consideraciones Adicionales
Al no tener que justificar la empresa el motivo por el cual finaliza el contrato, será complicado para el trabajador impugnarlo, aunque siempre hay que estudiar el caso concreto, ya que puede que el periodo de prueba esté mal pactado o ya haya pasado el periodo pactado.
La introducción de un periodo de prueba supone una flexibilización en la posibilidad de terminar el contrato de trabajo en cualquier momento, tanto por el empleador como por el propio trabajador. Esta facilidad para la terminación del contrato tiene por objeto permitir al empleador comprobar que el trabajador cumple con las expectativas y capacidades necesarias para el desarrollo de las tareas relacionadas con el puesto del trabajo.
Lea también: Marketing directo: guía completa
Por otro lado, permite al trabajador comprobar las características del puesto ofrecido y verificar si se adapta a su experiencia o conocimientos. La duración del periodo de prueba se debe recoger de forma expresa en el contrato de trabajo. De forma general, el periodo de prueba no podrá exceder un total de seis meses en el que el trabajador presente un perfil profesional de carácter técnico, o sea un profesional titulado (p. ej. abogado, arquitecto, etc.).
La principal característica del periodo de prueba es que tanto el empleador como el propio trabajador podrán libremente terminar el contrato. Así, cualquiera de las partes podrá terminar el contrato sin necesidad de pagar indemnización alguna ni de indicar un motivo concreto de despido.
Este documento recoge el siguiente contenido mínimo necesario para garantizar su eficacia. Una vez descargado el documento, este deberá ser firmado por el empleador, o una persona en que este delegue o que esté debidamente apoderada (p. ej. el administrador de la sociedad).
Por otro lado, no existe un plazo concreto de preaviso de este despido al trabajador. Se podrá comunicar el despido el propio día que se desea terminar el contrato, o bien posteriormente, dentro de un plazo prudencial que permita al empleado prepararse para la finalización de la actividad.
La comunicación escrita del fin del contrato es un requisito formal imprescindible. Por lo tanto, esta debe ser entregada en mano, con la firma del recibí del trabajador (si se niega a firmar, es necesario tener testigos de su entrega), o bien mediante burofax (a través de copia física u online) con acuse de recibo y certificación de contenido o vía semejante.
La finalización del contrato durante el período de prueba consiste en que la empresa comprueba que la persona trabajadora es la adecuada para el puesto de trabajo que motiva el contrato. El desistimiento o cese del contrato de trabajo por no superación del periodo de prueba no necesita ningún tipo de preaviso por las partes ni justificación, pero sí notificación por escrito.