Obligaciones Fiscales del Empresario Individual en España

El Empresario Individual es una figura común en el panorama empresarial español. Como tal, se define como una persona física que realiza una actividad por cuenta propia. No trabaja a cargo de otra persona.

A continuación, se detallan las principales obligaciones fiscales que deben cumplir en el desarrollo de su profesión:

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Empresario Individual está sujeto al IVA y debe cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Presentar el modelo 303 cada trimestre.
  • Presentar el modelo 390 de resumen anual de IVA cada mes de enero.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Empresario Individual también está sujeto al IRPF y debe cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Declaración de la Renta que realizamos todos los años, o más conocido como Declaración de la Renta. No hay modelo anual específico.
  • Presentar el modelo 130 trimestralmente, tanto si hemos realizado la presentación trimestral del modelo 130 o no.
  • Si aplica retenciones de IRPF en las facturas, deberá declararlas cada trimestre.
  • Entregar el modelo 111 cada trimestre si efectúa retenciones en las nóminas de sus trabajadores u otro profesional o empresario le ha aplicado retenciones en la factura.
  • Rellenar y presentar el modelo 115 si tiene un local de alquiler por encima de los 900 euros anuales.

Es importante destacar que el modelo 111 se utiliza para declarar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, pero aplica exactamente igual para las retenciones practicadas en la nómina. Esto permite declarar los rendimientos obtenidos en estimación directa, lo mismo que para los gastos.

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Declaración Anual de Operaciones con Terceros (Modelo 347)

El Empresario Individual debe presentar el modelo 347, el cual se presentará el día 28 de Febrero del año siguiente.

Este modelo se utiliza para declarar las operaciones realizadas con terceros, tanto si hemos realizado la presentación trimestral del modelo 130 o no, como proveedores, cuyo total de operaciones anuales sume 3.005 Euros o más.

El Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)

El Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL, en adelante) es una nueva forma de empresario individual que surgió con la Ley de Emprendedores de 2013. Este tipo de emprendedor se distingue del resto en que, a la hora de responder por sus deudas, lo hace de forma limitada.

El ERL es un tipo de empresario individual con forma jurídica propia. El ERL tiene el control absoluto de su empresa (propiedad y dirección). Efectúa una actividad económica o profesional con ánimo de lucro. Puede tener trabajadores a su cargo sin que, por ello, quede desvirtuada su figura jurídica de emprendedor. Asume la responsabilidad personal de las deudas generadas por su actividad. Solo queda excluida la vivienda habitual.

No existe un mínimo legal de capital incial para constituir la empresa. Como toda empresa o autónomo, el ERL puede estar obligado a hacer facturas por su actividad.

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El Emprendedor de Responsabilidad Limitada puede estar obligado a hacer facturas por su actividad. Si el cliente, aun siendo particular, así lo desea para fines fiscales. En caso de exportaciones de bienes libres de IVA (a no ser que se hayan efectuado en tiendas exentas de impuestos). En entregas de bienes de instalación o montaje. En entregas a distancia de bienes bajo impuestos especiales.

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