El Certificado de PYME Innovadora es un reconocimiento oficial otorgado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a aquellas pequeñas y medianas empresas que desarrollan actividades innovadoras. Este certificado permite inscribirse en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadoras, una base de datos pública gestionada por el propio Ministerio.
¿Qué es el Certificado de PYME Innovadora?
Se trata de un reconocimiento público a un esfuerzo, una ventaja o una cualidad especial que diferencia esa empresa de las demás. Uno de estos reconocimientos es el Sello Pyme Innovadora. El Sello Pyme Innovadora se crea por la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio y forma parte de medidas y acciones para impulsar la modernización, digitalización y desarrollo de las empresas. Por lo tanto, se trata de un paso más en la puesta en marcha de la llamada “Ley de la Pequeña Empresa”.
Ventajas de Obtener el Certificado
Tener este sello puede abrirte la puerta a beneficios fiscales, subvenciones específicas y oportunidades de colaboración en proyectos públicos y privados. Obtener este certificado de pyme innovadora te dará una serie de ventajas como:
- Incentivos fiscales: Las empresas con este certificado pueden acceder a deducciones fiscales por actividades de I+D+i y bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador.
- Mejora de imagen y reputación: Contar con este sello refuerza tu posicionamiento como empresa innovadora, tanto frente a clientes como ante inversores y administraciones.
- Acceso a ayudas y convocatorias específicas: Algunas líneas de financiación pública, como las del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) o las convocatorias europeas, valoran positivamente o incluso exigen estar registrado como pyme innovadora.
- Compatibilidad con otros certificados: Puedes utilizar este reconocimiento para sumar puntos en procesos de contratación pública o como elemento diferenciador en licitaciones.
Requisitos para Obtener la Certificación
Para poder conseguirlo hay que cumplir dos condiciones fundamentales:
- Ser una PYME: Según la definición de la Comisión Europea: Es decir, tener menos de 250 empleados y una facturación anual inferior a 50 millones de euros o balance general inferior a 43 millones.
- Acreditar que la empresa realiza actividad innovadora.
Requisitos Adicionales
Además, la empresa debe cumplir con los siguientes requisitos:
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- Ser empresa de nueva creación o, no siendo de nueva creación, que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil o desde la fecha de la escritura pública de constitución inscrita en el Registro de cooperativas competente. En el caso de las empresas de biotecnología, energía, o industriales y de aquellas que se determinen como pertenecientes a sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia diseñada íntegramente en España, este periodo podrá extenderse hasta los 7 años.
- No haber surgido de operaciones de fusión, escisión, transformación, concentración o segregación (incluidas concentraciones y segregaciones), con la excepción de aquellas surgidas de otras empresas emergentes.
- No distribuir ni haber distribuido dividendos (o retornos en el caso de las cooperativas) desde la constitución de la empresa.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener sede, domicilio social o establecimiento permanente en territorio español.
- Que al menos el 60% de la plantilla tenga un contrato laboral en España. En el caso de las cooperativas computarán como parte de la plantilla, y a efectos de dicho porcentaje, los socios; los socios trabajadores y los socios de trabajo cuya relación sea de naturaleza societaria.
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo escalable.
- Si la empresa interesada pertenece a un grupo de empresas en los términos definidos por el artículo 42 del Código de Comercio, el grupo o cada una de las empresas que lo componen deben cumplir con los requisitos anteriormente descritos en esta página: requisitos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
- Tener un volumen de negocio que no supere los 10 millones de euros anuales.
- No estar fundadas o dirigidas por sí o por persona interpuesta, que no esté el corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar fundadas o dirigidas por personas condenadas con sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, delitos de blanqueo de capitales, financiación de terrorismo, por delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, por delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales o por delitos urbanísticos así como a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
¿Cómo Demostrar que tu Empresa es Innovadora?
Existen varias formas de acreditar la innovación de tu empresa. Estas son algunas por las que puedes optar:
- Haber recibido financiación pública para I+D+i: Si en los últimos tres años has obtenido ayudas del CDTI, el programa Horizonte 2020, ENISA u otros programas oficiales, puedes usar esta resolución como justificante.
- Tener un informe motivado vinculante (IMV): Es un documento que emite el Ministerio de Ciencia a solicitud de la empresa y que valida que una actividad concreta es I+D+i. Se usa, por ejemplo, para aplicar deducciones fiscales.
- Tener una patente en explotación: Si tu empresa ha registrado una patente (o un modelo de utilidad) y lo estás utilizando comercialmente, es una prueba clara de innovación.
- Obtener una certificación oficial de innovación (UNE 166.002, ISO, etc.): Puedes acudir a entidades acreditadas para certificar que cumples con estándares de gestión de la innovación.
Proceso de Solicitud del Certificado de PYME Innovadora
El proceso es bastante sencillo y puede hacerse completamente online. Para ayudarte en la gestión, aquí tienes los pasos a seguir:
- Reunir la documentación acreditativa: Prepara los documentos que justifiquen tu actividad innovadora: resoluciones de ayudas, informes motivados, patentes, certificados, etc.
- Acceder a la sede electrónica del Ministerio: Entra en la página web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y busca apartado pyme innovadora - Registro y Certificado.
- Rellenar el formulario de solicitud: Deberás indicar los datos de la empresa, la vía de acreditación elegida y adjuntar los justificantes necesarios.
- Firmar y presentar: Necesitarás un certificado digital válido para presentar la solicitud electrónicamente.
- Espera la resolución: El plazo de resolución es de aproximadamente 3 meses, aunque puede variar. Si todo está correcto, tu empresa será incluida en el Registro de PYMES Innovadoras y recibirás tu sello.
Vigencia y Coste del Certificado
El certificado tiene una vigencia de 3 años desde la fecha de inscripción en el registro. Pasado ese plazo, puedes renovarlo si sigues cumpliendo los requisitos.
Es importante saber que si durante ese tiempo dejas de cumplir los requisitos (por ejemplo, si superas los límites de facturación o de personal), podrías ser excluido del registro.
Solicitar el certificado es gratuito. Eso sí, en el caso de que necesitaras una certificación externa (como una UNE o ISO) o un informe motivado, podrías tener que asumir el coste del trámite con la entidad correspondiente.
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Recomendaciones Finales
Cómo proceder para no perder detalle:
- Consulta si ya cumples los requisitos. Muchas pymes realizan innovación sin saberlo (por ejemplo, desarrollos tecnológicos internos, nuevas metodologías, mejora de procesos…).
- Documenta todo. Conviene conservar bien archivadas las resoluciones de ayudas, certificaciones y documentos justificativos.
- Valora pedir el informe motivado si vas a aplicar deducciones fiscales. Es una prueba muy sólida de tu actividad innovadora.
- Revisa si alguna de tus patentes o modelos de utilidad están vigentes.
- Asóciate con un asesor especializado en I+D+i. Puede ayudarte a identificar oportunidades que no habías detectado.
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