Sello Pyme Innovadora: Requisitos, Ventajas y Cómo Obtenerlo

¿Eres una empresa innovadora? ¿Te interesa obtener el Sello de Pyme Innovadora? Este distintivo, otorgado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, puede ser un gran escaparate para dar a conocer tu empresa en el sector.

El Sello Pyme Innovadora es la certificación oficial del Ministerio que reconoce a las pequeñas y medianas empresas comprometidas con la innovación, otorgándoles prestigio, además de ventajas fiscales y acceso a determinadas ayudas públicas. Este sello te permite distinguirte de tu competencia y acredita el fuerte carácter de I+D+i de las empresas, reforzando la apuesta por la innovación.

¿Qué Ventajas Ofrece el Sello de Pyme Innovadora?

Este sello te hará ganar notoriedad y contribuirá a tu crecimiento, ya que las bonificaciones e incentivos fiscales que lo acompañan son valiosos para cualquier negocio en su etapa de crecimiento. Entre las principales ventajas se encuentran:

  • Compatibilidad de deducciones fiscales: La principal ventaja es que te permite compatibilizar las deducciones fiscales por I+D+i y las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por personal Investigador para las mismas personas en el mismo periodo.
  • Participación en la Compra Pública de Innovación (CPI): Las empresas agraciadas pueden participar en la contratación pública a través de la CPI, lo cual contribuye a generar negocio y a hacer crecer tu cartera de clientes.
  • Acceso a financiación blanda: Permite el acceso a las líneas de financiación blanda del ICO.
  • Visibilidad destacada: TEIB ofrece a las pymes innovadoras visibilidad destacada, soporte en la formación de consorcio para proyectos de I+D+i y comunicación específica de oportunidades de financiación.

Esta compatibilidad hace que te beneficies a través de dos incentivos: por un lado, a través de las deducciones fiscales y, por otro lado, ahorrando parte de las contingencias comunes de los trabajadores dedicados a I+D+i.

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Requisitos para Obtener el Sello de Pyme Innovadora

Si quieres obtener el sello, lo primero que debes revisar son los requisitos, para asegurarte de que tu empresa puede optar a solicitarlo. Para ser considerada una Pyme innovadora, se debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Haber recibido financiación pública en los últimos tres años: Convocatorias públicas en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación; Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial; Convocatorias del 7º Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 (Unión Europea).
  2. Demostrar el carácter innovador de la empresa mediante una patente propia en explotación: Bien por disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación.
  3. Haber conseguido un informe motivado vinculante positivo en los tres años anteriores: O bien por haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un Informe Motivado Vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
  4. Haber demostrado su capacidad de innovación mediante certificación oficial reconocida por el Ministerio de Economía y Competitividad: Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043; Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación AENOR EA0047; Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i». En caso de marcar esta opción, se solicitará aportar copia de dicha certificación en vigor.

Adicionalmente, cabe recordar que este sello está reservado a empresas que puedan ser consideradas PYME. Las grandes empresas no pueden acceder a este sello.

Procedimiento de Inscripción en el Registro de Pyme Innovadora

Si cumples con los requisitos que se piden desde el Ministerio, lo único que tienes que hacer es solicitar telemáticamente el alta de tu pyme en el Registro Público de Pymes Innovadoras, aportando la documentación que acredite que cumples alguno de los requisitos anteriores.

La resolución de la Dirección General de Innovación y Competitividad, acordando la inscripción de la PYME en el Registro, será adoptada en el plazo máximo de cuatro meses desde la iniciación del correspondiente procedimiento.

Una vez realizada la tramitación y recibida confirmación se podrá descargar el sello que acredita como PYME innovadora a través de la web habilitada por el Ministerio de Economía y Competitividad.

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La validez del sello se calculará en función del plazo máximo de cómputo de los requisitos alegados (tres años las ayudas o los Informes Motivados, cinco las patentes y el que se fije en la certificación de la norma AENOR correspondiente).

Normativa y Uso del Sello

Tal como establece el artículo 3.5 de la Orden Ministerial, no podrá exhibirse el Sello de PYME Innovadora una vez expirada su validez. El Sello puede ser retirado en el caso de comprobarse posteriormente a su concesión el no cumplimiento de los requisitos.

Las PYMES asumirán, desde ese momento, la obligación de retirar de sus publicaciones en cualquier formato el Sello otorgado. El no cumplimiento de esta obligación podrá considerarse como acto de engaño a los efectos del artículo 5.1. g) de la ley 3/1991 de 10 de enero, de competencia desleal.

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