Alta del Empresario en el RETA: Requisitos y Trámites

El RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, es un sistema de afiliación obligatoria en la Seguridad Social para aquellos que trabajan por cuenta propia. A diferencia del Régimen General, los autónomos cotizan exclusivamente a través de este régimen especial.

Quiénes deben darse de alta en el RETA

No todos los trabajadores pueden darse de alta en el RETA. Están obligados a afiliarse:

  • Trabajadores autónomos dependientes.
  • Socios industriales de sociedades colectivas y comanditarias.
  • Aquellos que realicen funciones de dirección y gerencia.

Se entenderá que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos (segundo grado de consanguinidad).

Trámites para darse de alta como autónomo

Para abrir tu negocio o empezar como freelance lo más sencillo es darte de alta como autónomo online, que incluye el alta en Seguridad Social y Hacienda. Para darse de alta en el RETA se deberá cumplimentar el modelo TA 0521. No obstante, este modelo tiene varias versiones, de modo que se deberá cumplimentar aquel que te corresponda dependiendo de la actividad profesional que se lleve a cabo. Te explicamos cuáles son los trámites necesarios y las opciones para darte de alta como autónomo online:

1. Alta en la Seguridad Social

Lo primero, debe ir a la Tesorería General de la Seguridad Social. Allí debe obtener el número de afiliación a la Seguridad Social si no lo tiene y darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Para darse de alta presencialmente deberá rellenar el modelo TA0521. También puede hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

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Además de este modelo, es necesario presentar una serie de documentos, como:

  • Fotocopia y original del DNI del titular.
  • Tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si el autónomo ha trabajado con anterioridad.

Ten en cuenta que el alta en la Seguridad Social debe coincidir con el alta en Hacienda. Tras la entrada en vigor de la Ley de Autónomos en enero del año 2018, es imprescindible darse de alta en la Seguridad Social en un plazo de 60 días desde que se ha iniciado la actividad profesional.

Estar de alta en Seguridad Social el día de inicio de la actividad es una obligación.

2. Alta en Hacienda

Tras darse de alta en la Seguridad Social, el autónomo deberá darse de alta en Hacienda. Para darte de alta en Hacienda, tienes que completar la declaración censal a través de los modelos 036 o 037 y presentarlo de forma electrónica o presencialmente en la Agencia Tributaria. El alta en Hacienda se produce a través de la cumplimentación del modelo 036 o del modelo 037. El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que está especialmente indicado para los autónomos.

Debes comunicar el alta el mismo día en el que empieces a trabajar por cuenta propia o hasta 60 días antes. La copia y el original del impreso a través del cual el autónomo se ha dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE.

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La tramitación del alta en Hacienda no tiene ningún coste como tal. Tanto en el IRPF como en el IVA pagarás en función de lo que factures, de manera que si no facturas nada no tendrás ningún coste en impuestos. Obviamente esto no es lo que quieres.

Justificante de alta como autónomo en Hacienda: entra en la web de la Agencia Tributaria, Todas las Gestiones y luego Censo, NIF y Domicilio Fiscal.

3. Elección y Pago de la Cuota de Autónomos

Los trabajadores que eligen el autoempleo cumplen con sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social mediante el pago de la cuota de autónomos. Los autónomos cotizan por contingencias comunes (28,30 %), contingencias profesionales (1,3 %), cese de actividad (0,9 %), formación profesional (0,1 %) y el (0.7 %) del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) para 2024. Así, cada mes los autónomos abonan su cuota de Seguridad Social mediante transferencia bancaria al finalizar el mes anterior al de la actividad.

En el momento de solicitar el alta, deberás prever el promedio mensual de tus rendimientos netos anuales. Podrás elegir tu base de cotización dentro del tramo asociado al importe del promedio mensual de rendimientos.

Al darte de alta, tendrás que elegir tu base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de tus rendimientos netos anuales conforme a una tabla general de bases, fijada cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Y a partir de ese promedio mensual que vas a hacer de tus rendimientos netos, tendrás que seleccionar la base de cotización que determinará tu cuota a pagar.

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La cuota de autónomos se paga desde la fecha del inicio de la actividad o desde la fecha de efectos del alta. La cuota de autónomos se cargará en tu cuenta el último día hábil de cada mes. Tendrás que domiciliar los pagos a través de un banco o una entidad financiera colaboradora con la Seguridad Social.

4. Otros Trámites Adicionales

Ahora bien, aquellos autónomos que tengan un local abierto al público o contraten trabajadores, deben realizar unos trámites adicionales:

  • Pero si vas a tener un local abierto al público necesitarás una licencia de apertura.
  • La apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo conlleva la obligación de comunicárselo a la autoridad laboral competente. Esta obligación se extiende a la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes.

Bonificaciones y Ayudas para Autónomos

Existen diferentes bonificaciones de las que se podrán beneficiar los autónomos. Como nuevo autónomo puedes acogerte a la tarifa plana de 80 euros, la bonificación más célebre entre las que aplica la Seguridad Social.

  • Las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 87,6 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad.
  • La tarifa plana para nuevos autónomos es de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos.
  • Baja por maternidad o paternidad: el autónomo tiene derecho a disfrutar de las prestaciones por maternidad, paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo, lactancia o acogimiento familiar.
  • Bonificación por discapacidad durante los primeros 12 meses: para los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% habrá un descuento de 60 euros al mes por contingencias comunes o incapacidad temporal.
  • Cuando una persona en paro decide emprender una actividad profesional, puede pedir al INEM (SEPE) que se le adelante lo que le queda por cobrar de su prestación por desempleo y con ella financiar la inversión necesaria para su nuevo negocio, el pago de sus cuotas de Seguridad Social como autónomo, o ambas cosas.

Obligaciones Fiscales de los Autónomos

A la hora de declarar la actividad, tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Lo normal será que estés exento del pago del IAE, ya que sólo se debe pagar en el caso de facturar más de un millón de euros anuales.

Quienes inician una nueva actividad profesional o empresarial pueden acceder a beneficios fiscales (ver disposición adicional tercera de la Ley Foral 26/2016): no tendrán la obligación de efectuar pagos fraccionados; tendrán derecho a que se les aplace durante un año, sin aportación de garantías y sin el devengo del interés de demora, la cuota a ingresar del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, así como las retenciones a cuenta del IRPF que hayan efectuado a sus trabajadoras y trabajadores; y podrán solicitar la devolución de las cantidades correspondientes a la deducción por realización de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Tabla de Cotizaciones para Autónomos en 2024

Los autónomos cotizan por diferentes conceptos, que se detallan en la siguiente tabla:

Concepto Porcentaje
Contingencias Comunes 28,30%
Contingencias Profesionales 1,3%
Cese de Actividad 0,9%
Formación Profesional 0,1%
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,7%

Conclusión

Darse de alta como autónomo implica una serie de trámites y requisitos que es importante conocer y cumplir. Desde el alta en la Seguridad Social y Hacienda, hasta la elección de la base de cotización y la solicitud de posibles bonificaciones, cada paso es fundamental para iniciar la actividad por cuenta propia de forma correcta y legal.

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