El Instituto de la Juventud (Injuve) convoca anualmente el Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores, una iniciativa para apoyar a jóvenes líderes de proyectos innovadores.
Objetivo del Certamen
El Certamen tiene como finalidad fomentar entre los jóvenes la cultura emprendedora, como motor de dinamismo de la actividad económica general, facilitando la consolidación y crecimiento de los proyectos de empresa promovidos por ellos, con independencia del territorio del Estado en el que se realice el proyecto.
De conformidad con estos fines, el Instituto de la Juventud quiere con el Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores fomentar entre los jóvenes la cultura emprendedora, como motor de dinamismo de la actividad económica general, facilitando la consolidación y crecimiento de los proyectos de empresa promovidos por ellos, con independencia del territorio del Estado en el que se realice el proyecto.
Esta orden de bases, que viene a regular el régimen de ayudas económicas destinadas de forma inmediata a fomentar entre los jóvenes la cultura emprendedora, por medio del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores se dicta de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que establece, en su artículo 9, que, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, en el ámbito de la Administración General del Estado, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión y serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado».
Artículo 1. 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores, cuya finalidad es apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes de cada convocatoria, con independencia del sector en el que se promuevan.
Lea también: Impulsando el Futuro Industrial de España: Análisis del Congreso
Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan.
El Certamen tiene como finalidad apoyar proyectos innovadores, por lo que sólo se consideran aquellos que aporten ese carácter.
¿Quiénes pueden participar?
El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores va dirigido a jóvenes que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de presentación de solicitudes, de nacionalidad española o con residencia legal en España.
Podrán presentarse tanto personas físicas como jurídicas. En este último caso, el representante legal que presente la solicitud deberá cumplir el requisito de la edad y el capital social de la empresa deberá ser mayoritariamente (51%) de jóvenes que no superen esa edad.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Lea también: Funciones clave de la Oficina Nacional de Emprendimiento
- Si tienes hasta 35 años (a la fecha límite de presentación)
- Eres de nacionalidad española o resides legalmente en España
- Tu empresa tiene entre 1 y 3 años de antigüedad
- Si presentas una empresa (persona jurídica), el 51% del capital debe ser de jóvenes de hasta 35 años
Ayuda económica
A cada uno de los diez primeros seleccionados, conforme a los criterios de valoración regulados en la presente orden, les será concedida una ayuda económica de veinticinco mil euros (25.000 €).
A los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica de 20.000 euros.
La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado.
La cuantía de la ayuda económica concedida deberá ser justificada en el plazo máximo de tres meses a partir de cumplirse un año del pago de la misma.
¿Tienes un proyecto innovador? ¡El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores te está buscando!
Lea también: Detalles del Congreso Nacional
Lo que te llevas si ganas: Una ayuda económica para los mejores proyectos seleccionados. ¡Imagina todo lo que podrías hacer con ese impulso!
Presentación de candidaturas
La presentación de una solicitud implica la aceptación integra de las bases reguladoras del Certamen.
Junto a la solicitud se presentará una memoria del proyecto de empresa que llevan a cabo con los apartados que se indican en la convocatoria.
El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente deben estar, en todo caso, en territorio español.
Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en la presente orden y en la convocatoria anual del Certamen, o cualquiera de los previstos en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se requerirá a las personas solicitantes para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En aplicación del artículo 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, para facilitar la presentación de las escrituras de constitución de la empresa, estatutos y modificaciones posteriores en su caso, y del permiso de trabajo, cuando se trate de ciudadanos no españoles y procedentes de países no incluidos en la Unión Europea, los interesados podrán aportar copia digitalizada de estos documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de la firma electrónica.
¿Cómo aplicar?
Personas físicas pueden presentar solicitudes a través de:
- La Sede Electrónica del Ministerio de Juventud e Infancia
- Registro electrónico
- Oficinas de registro físicas (tanto del INJUVE como de otras administraciones públicas)
- Oficinas de Correos
- Representaciones diplomáticas (si estás fuera del país)
Empresas (personas jurídicas): solo por medios electrónicos (sede electrónica o registro electrónico)
OJO: Necesitas certificado digital para la sede electrónica.
Plazos y Resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la adjudicación del Certamen será de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas por silencio administrativo.
La resolución de adjudicación del Certamen será dictada por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud y deberá contener la relación de los adjudicatarios, diez en total.
Información Adicional
Los datos de carácter personal, recogidos en la solicitud, formarán parte de un fichero de titularidad del Instituto de la Juventud y quedarán sometidos a la protección establecida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Los beneficiarios del Certamen quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones, establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
tags: #certamen #nacional #jovenes #emprendedores #bases