Contrato de Formación: Beneficios Clave para el Empresario

Contratar y formar a empleados de manera eficiente y rentable es fundamental para el éxito a largo plazo de cualquier empresa. Los contratos formativos son una modalidad de contrato laboral que tiene como objetivo principal la formación y capacitación de los trabajadores/as. Es importante que tanto las empresas como los empleados conozcan y aprovechen estas modalidades contractuales para impulsar el crecimiento y el éxito tanto individual como corporativo.

¿Qué es el Contrato de Formación y por qué es estratégico para las empresas?

Los contratos formativos son una herramienta estratégica para las empresas, ya que les permiten formar a nuevos empleados según sus necesidades específicas. En primer lugar, permiten incorporar y formar a jóvenes talentos que están dispuestos a aprender y a desarrollar sus habilidades en el entorno laboral. Además, los contratos formativos ofrecen a las empresas la oportunidad de un ahorro significativo de costes laborales. Permite el abono de un salario menor en comparación con empleados con experiencia, reduciendo los costes laborales.

Ventajas del Contrato de Formación

  • Ahorro en los costes de Seguridad Social: Es decir, tu empresa no va a pagar Seguros Sociales durante la vigencia de este contrato.
  • Salario: Sera la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación. En defecto de previsión convencional, la retribución no podrá ser inferior al 60 % el primer año ni al 75 % el segundo, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Bonificaciones y Reducciones en la Cotización

El contrato de formación en alternancia dará derecho, durante su vigencia, incluidas sus prórrogas, en los términos establecidos en el artículo 10 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, a una bonificación de 91 euros/mes. La actividad formativa en el ámbito laboral, vinculada al contrato de formación en alternancia, dará derecho a bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para la financiación de los costes de la formación recibida por la persona trabajadora contratada, según los módulos económicos establecidos legalmente en función de su modalidad.

Así mismo, todas las empresas que realicen contratos de formación en alternancia se podrán aplicar una bonificación por costes derivados de tutorización de las personas trabajadoras, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno o alumna y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno o alumna. En el supuesto de empresas de menos de cinco personas trabajadoras la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno o alumna y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno o alumna.

La transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el citado artículo 10, de 128 euros/mes durante tres años. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 147 euros/mes.

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Las empresas que contraten a trabajadores en formación y aprendizaje obtendrán una reducción en las cuotas empresariales del 100% en empresas de menos de 250 trabajadores y del 75 % en las de más de 250 trabajadores.

También las empresas recibirán incentivos para la financiación de la formación, consistentes en bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los porcentajes de la jornada laboral. Cuantía máxima de la bonificaciones que podrá aplicarse la empresa será la correspondiente a un número de horas equivalente al 25 % de la jornada durante el primer año y al 15 % de la misma durante el segundo y tercer año.

Bonificaciones durante toda la vigencia del contrato: Desde el seguro social, pasando por la formación, hasta las bonificaciones por tutoría. Ahorro anual de más de 4.000€: Comparado con otros tipos de contratos, el contrato de formación es más económico, ya que puedes ahorrar más de 4.000€ al año.

Tabla resumen de bonificaciones

Concepto Beneficio
Reducción de cuotas empresariales 100% para empresas de menos de 250 trabajadores, 75% para más de 250 trabajadores.
Bonificación tutorización Máximo 1,5 €/hora por alumno (2 € para empresas de menos de 5 trabajadores), hasta 40 horas/mes.
Transformación en indefinido 128 €/mes durante 3 años (147 €/mes para mujeres).

Condiciones del Contrato de Formación

La duración del contrato será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y podrá desarrollarse al amparo de un solo contrato de forma no continuada, a lo largo de diversos periodos anuales coincidentes con los estudios, de estar previsto en el plan o programa formativo. El límite de duración máxima no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad o con los colectivos en situación de exclusión social previstos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.

La jornada de los contratos de formación en alternancia será la suma del tiempo de trabajo efectivo en la empresa y del tiempo de formación teórica. Sin perjuicio de que dicha suma pueda resultar inferior a la duración máxima de la jornada ordinaria, estos contratos se entenderán asimilados a contratos a tiempo completo.

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Las personas contratadas con contrato de formación en alternancia no podrán realizar horas complementarias ni horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores.

La retribución será la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación. En defecto de previsión convencional, la retribución no podrá ser inferior al sesenta por ciento el primer año ni al setenta y cinco por ciento el segundo, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

En una jornada completa, durante el primer año, el 65% del tiempo será destinado al trabajo efectivo, mientras que el 35% restante se dedicará a la formación. El salario que recibirá el trabajador no puede ser inferior al 60% del salario fijado en el convenio para el grupo profesional durante el primer año, ni al 75% durante el segundo año.

La formación que recibe el trabajador es gratuita y está adaptada a la práctica laboral.

Requisitos para el Contrato de Formación

La elección del contrato formativo adecuado dependerá tanto de las necesidades de la empresa como del perfil del candidato. Dirigido a quienes estén en posesión de un título universitario o de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional.

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  • Edad: hasta 30 años para Catálogo de Especialidades.
  • Que la persona trabajadora se haya inscrito como demandante en la Oficina de Empleo, al menos 1 día.
  • No haber tenido un contrato indefinido en los últimos 3 meses en otra empresa. (No se aplica si la causa del despido fue despido colectivo, o improcedente).
  • No podrán ser familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, del empresario, cargos directivos, o miembros de órganos administrativos de una sociedad. Excepto si se trata de una contratación del autónomo a sus hijos.
  • No tener deuda en la Seguridad Social, ni Hacienda al dar de alta al trabajador, o durante la aplicación de las bonificaciones.
  • No haber extinguido contratos bonificados por despido reconocido declarado improcedente (por vía judicial), o colectivo.

Sectores Estratégicos y Ejemplos de Aplicación

Los sectores agrario y hostelería son dos de los que más requieren este tipo de contratos. La falta de personal cualificado en estos sectores está llevando a muchas empresas a quedarse sin cubrir puestos vitales para su funcionamiento.

Los sectores agrario y hostelería son dos de los más demandados actualmente. La falta de personal cualificado está afectando a muchas empresas, y en algunos casos, hay puestos que se quedan sin cubrir. ¿Por qué no aprovechar esta oportunidad para formar a tus empleados según las necesidades del mercado?

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