Al iniciar una actividad económica como autónomo en España, la primera decisión crucial que debes tomar no es solo el nombre de tu negocio, sino cómo lo clasifica la Agencia Tributaria (AEAT). Uno de los grandes desafíos a la hora de darse de alta en la AEAT es elegir entre ser un autónomo profesional o un autónomo empresario. Uno de los requisitos fundamentales para darse de alta como autónomo es elegir el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que más se aproxima a tu actividad. Un trámite necesario y vinculante para el desempeño de ésta. Es en este formulario donde se selecciona el epígrafe correspondiente del IAE, determinando su camino.
Emprender implica tomar decisiones desde el primer día y familiarizarte con ciertos conceptos determinantes para el desarrollo de tu negocio. Uno de los primeros es entender si tu actividad se considera empresarial o profesional. Sus implicaciones legales, fiscales y de seguridad social son distintas y elegir correctamente desde el principio te ahorrará problemas y contribuirá a optimizar tus recursos.
En España, esta distinción se apoya en diversas normas como la Ley del IVA, el Estatuto del Trabajo Autónomo, el Reglamento del IAE y la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que establecen cómo se debe catalogar cada actividad. Gracias a esta regulación, tanto Hacienda como la Seguridad Social pueden identificar tu caso y aplicar los regímenes fiscales y de cotización que correspondan.
¿Qué es una Actividad Profesional?
Una actividad profesional es aquella que una persona física desarrolla de forma individual y directa. Se considera actividad profesional aquella que es realizada por una persona física de manera personal, directa, y por cuenta propia. Las actividades profesionales son las realizadas por una persona física de forma individual, sin una organización o empresa por detrás.La actividad profesional la lleva a cabo por una persona física, mientras que la actividad empresarial puede ser llevada a cabo por una persona física o una persona jurídica.
Por su parte, una actividad profesional se centra en la prestación de servicios basados en conocimientos o habilidades especializadas. La característica principal es que no requiere la organización de grandes medios materiales ni la contratación de personal complejo. Lo que importa es la cualificación del profesional y la calidad de su servicio.
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Algunos ejemplos de actividades profesionales son los abogados, asesores legales, profesionales sanitarios, arquitectos, ingenieros, aparejadores, psicólogos, terapeutas, consultores y contables, entre otros. Fiscalmente, los profesionales también están sujetos a IVA y IRPF, pero en muchos casos cuentan con regímenes simplificados. Además, suelen aplicar retenciones de IRPF directamente en las facturas, lo que facilita la gestión fiscal.
¿Qué es una Actividad Empresarial?
Por su parte las actividades empresariales son aquellas que se desarrollan dentro de una estructura empresarial. Es decir, que una actividad empresarial es aquella que cuenta con una estructura de negocio: una infraestructura, unos empleados, un plan de trabajo y unos medios de producción. La actividad empresarial es realizada por un/a empresario/a y necesita de una estructura, organización y gestión propias de una empresa para producir y distribuir bienes y servicios.
Entendemos por actividad empresarial aquella en la que se organizan recursos materiales y humanos para producir o distribuir bienes o servicios con fines de lucro. En ellas, el riesgo económico recae sobre el empresario. Dicho de otra forma, si el proyecto no tiene éxito, las pérdidas son suyas. Además, estas actividades suelen requerir inversión en infraestructura, contratación de personal o adquisición de maquinaria.
Ejemplos típicos de actividades empresariales son los comercios, los restaurantes, las actividades de construcción o reformas, la producción o los servicios de transporte de mercancías o pasajeros, entre otros. Desde el punto de vista fiscal, las actividades empresariales están sujetas al IVA y han de cumplir con obligaciones contables más estrictas que las profesionales. También pueden estar sujetas a determinadas retenciones de IRPF y deben llevar libros contables, según el Plan General de Contabilidad (PGC).
Diferencias Clave entre Actividad Profesional y Empresarial
En la práctica hay varios factores que distinguen claramente ambas actividades. Las detallamos:
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Naturaleza de la actividad
La actividad profesional se centra en el ejercicio personal y directo de una labor basada en la cualificación, conocimientos o habilidades específicas del trabajador. Un abogado, un médico o un arquitecto ejercen su profesión de forma personalísima, siendo su conocimiento el principal valor del servicio.
En cambio, la actividad empresarial implica la existencia de una organización estructurada de medios materiales y humanos destinada a producir bienes o servicios. Aquí lo esencial no es la intervención directa del empresario, sino la organización del negocio y la asunción del riesgo económico.
Organización de medios
En la actividad profesional, los medios materiales suelen ser accesorios: un despacho, un ordenador o las herramientas necesarias para ejercer la profesión. Por el contrario, en la actividad empresarial el éxito depende de la estructura organizada, con empleados, maquinaria, locales o sistemas de producción. Se valora más la capacidad de gestionar recursos que la aportación personal del titular.
Asunción del riesgo
El profesional asume un riesgo limitado, ya que la prestación depende de su propio trabajo. Es decir, si deja de trabajar, deja de generar ingresos. En el ámbito empresarial, el empresario asume un riesgo económico mayor, ya que puede obtener beneficios, pero también pérdidas, independientemente de su implicación directa en la producción o prestación del servicio.
Diferencias fiscales
Desde el punto de vista tributario, la actividad profesional está sujeta normalmente a retención en factura y suele tributar en estimación directa simplificada en el IRPF. La actividad empresarial, en cambio, puede tributar en estimación directa normal, simplificada o incluso en módulos, dependiendo del volumen de operaciones.
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Perspectiva mercantil
El profesional ejerce a título personal y, aunque puede organizarse en sociedades profesionales, su actividad sigue vinculada a su cualificación. El empresario, por su parte, puede operar como autónomo persona física o mediante sociedades mercantiles, lo que le permite separar su patrimonio personal del empresarial y escalar el negocio con mayor facilidad.
Responsabilidad legal
En la actividad profesional, la responsabilidad recae directamente sobre el propio profesional, ya que responde personalmente de los errores o negligencias en su trabajo. En la actividad empresarial, la responsabilidad puede limitarse si se actúa a través de una sociedad mercantil, lo que protege el patrimonio personal del empresario frente a las deudas de la empresa.
Relación con la clientela
El profesional suele mantener una relación directa y personal con el cliente, que busca sus servicios por la confianza en su experiencia o reputación individual. En la actividad empresarial, la relación es más impersonal y comercial, pues lo que se contrata es el producto o servicio ofrecido por la organización y no demanda necesariamente la intervención directa del titular.
Implicaciones Fiscales Cruciales
Retenciones en Facturas (Modelo 111)
Las facturas de las actividades profesionales están sujetas a una retención, generalmente de un 15% (aunque existen ciertas deducciones para autónomos que inicien actividad y para ciertas actividades profesionales). Como norma general, se aplica un 15% de retención en cada factura. Sin embargo, para aquellos profesionales que estén en su primer año de actividad y los dos siguientes, se aplica una retención reducida del 7%. Esta obligación de los profesionales autónomos de practicar retención en sus facturas podrá marcar otra obligación fiscal: la presentación del modelo 130, una declaración trimestral de ingresos y gastos por la cual los autónomos van pagando anticipos del 20% a cuenta de su declaración de la renta.
Obligaciones Contables
Los autónomos que estén inscritos en la estimación directa deberán presentar el modelo 130 y podrán ser tanto profesionales, como empresarios. Tras presentar el modelo 130 (o 131 en el caso de autónomos empresariales) pagarás un 20% de los beneficios obtenidos en cada trimestre.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
En términos de IVA, ambas actividades están, por regla general, sujetas al impuesto (Modelo 303 trimestral y Modelo 390 anual), debiendo repercutir el tipo correspondiente (generalmente el 21%).
Tabla Resumen: Actividad Profesional vs. Actividad Empresarial
| Característica | Actividad Profesional | Actividad Empresarial |
|---|---|---|
| Factor Principal | Aportación personal del autónomo (conocimiento técnico, titulación, experiencia, habilidad). | Ordenación por cuenta propia de factores de producción (maquinaria, local, stocks, empleados). |
| Organización | No relevante, prima la cualificación personal. | Infraestructura y capital invertido tienen un peso superior a la cualificación personal del empresario. |
| Retención IRPF | Obligatoria (generalmente 15%, o 7% para nuevos autónomos durante los primeros tres años) al facturar a otras empresas o profesionales. | No aplica (salvo en ciertos arrendamientos). La factura se emite sin retención. |
| Pago Fraccionado (Modelo 130) | Opcional. Están exentos de presentarlo si el 70% o más de sus ingresos del ejercicio anterior estuvieron sujetos a retención (el IRPF ya se adelantó). | Obligatorio. El modelo 130 es el mecanismo para adelantar trimestralmente un porcentaje de sus beneficios a cuenta del IRPF anual. |
| IVA | Sujeta al impuesto (Modelo 303 trimestral y Modelo 390 anual). | Sujeta al impuesto (Modelo 303 trimestral y Modelo 390 anual). |
Consideraciones Adicionales
- ¿Puedo realizar ambas actividades a la vez? Un autónomo puede desarrollar actividades empresariales y profesionales, siempre que se den de alta en los epígrafes correspondientes del IAE.
- ¿Qué pasa si me doy de alta en el tipo equivocado? Hacienda puede sancionar errores en la clasificación de la actividad y exigir regularizaciones fiscales. Es recomendable corregirlo lo antes posible.
- ¿Cómo afecta a la Seguridad Social? Las bases de cotización y las cuotas a pagar son diferentes. Los profesionales pueden tener una cotización basada en sus ingresos reales, mientras que los empresarios suelen tener bases más amplias según actividad y riesgo.
- ¿Es importante para la financiación y préstamos? Los bancos y entidades financieras suelen valorar de forma distinta un negocio empresarial y una actividad profesional a la hora de conceder préstamos.
Recomendaciones
Si tiene una titulación (ej. abogado) pero decide montar una estructura que opera como empresa (ej. una consultoría con varios empleados a sueldo y una oficina grande que genera la mayor parte de la actividad), debe prevalecer la clasificación empresarial (Sección 1ª del IAE). Una clasificación errónea puede llevar a errores en la emisión de facturas y en la presentación de los modelos 130 o 111, con el consiguiente riesgo de inspección y sanción por parte de la AEAT.
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