Subvenciones para Emprendedores en Murcia: Requisitos y Oportunidades

Emprender es una aventura apasionante que requiere no solo de ideas innovadoras, sino también de los recursos y apoyos adecuados. Si tienes menos de 40 años y quieres poner en marcha tu propio negocio, puedes acceder a ayudas específicas como el Programa Enisa, impulsado por el Ministerio de Industria. Si estás desempleado y quieres emprender tu propio negocio, puedes solicitar la capitalización del desempleo.

Las subvenciones a fondo perdido son aportaciones económicas que no requieren devolución, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

Requisitos Esenciales para Acceder a las Subvenciones

Para ser elegible para las subvenciones a emprendedores en la Región de Murcia, es fundamental cumplir con una serie de requisitos específicos. A continuación, se detallan los criterios clave que debes tener en cuenta:

  1. Desarrollo de la actividad económica y domicilio fiscal: Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  2. Situación de desempleo: En la fecha inmediatamente anterior a la del alta en RETA, estar desempleadas (según la definición del Anexo I apartado 3), e inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo del (SEF).
  3. Alta en el Censo de Actividades Económicas: Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.
  4. Alta en el RETA: Estar dado de alta en el RETA.
  5. Periodo sin alta previa en RETA: No haber estado dado de alta en el RETA en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en dicho régimen por el que se solicita la subvención, excepto en los casos en que dicha alta hubiera sido como autónomo colaborador; ni en cualquier Mutualidad de Previsión Social que pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional como consecuencia de haber desarrollado actividades empresariales o profesionales.
  6. Inversiones en activos: Justificar haber realizado inversiones en activos de inmovilizado material o intangible (según apartado 1 del Anexo I) que sean necesarios y estén directamente relacionados con el desarrollo de la actividad por cuyo establecimiento se solicita la subvención, por importe no inferior a dos mil quinientos euros (2.500,00 €), excluido el IVA.

Consideraciones Adicionales sobre las Inversiones

Cuando la inversión comprenda bienes o productos usados será requisito imprescindible que su adquisición se haya producido en establecimientos o a través profesionales dedicados a la venta del tipo producto adquirido o cuya actividad económica consista en la venta de bienes usados.

Solo se admitirán facturas que hubiesen sido íntegramente pagadas en el período comprendido entre los tres meses anteriores a la fecha de efectos del alta en el RETA y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, en cualquiera de las formas establecidas en el apartado 8 del Anexo I de la Orden de bases.

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Las facturas expedidas a nombre de la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), o la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ), se imputarán en la misma proporción a su participación en aquellas.

No se admitirán pagos en metálico cuando el importe de la factura sea superior a 300 euros, exceptuando lo establecido en el párrafo siguiente. Se admitirá el pago de una parte en metálico y siempre que no sea superior al importe de 300 euros, como pago adelantado del total de la factura, completándose el abono restante del importe total de la factura mediante las formas previstas en el apartado 8 del Anexo I de esta Orden (excepto el punto a). No se admitirá esta pago adelantado en efectivo cuando el importe total de la factura sea igual o superior al establecido en el art. 7.Uno.1 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. (BOE número 261, de 30 octubre de 2012).

El Programa Kit Digital

Seguramente hayas escuchado hablar del Programada de Kit digital, pero todavía no sabes cuál es el fin de este programa. Pues es muy sencillo, el Programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que busca impulsar la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos. Esta iniciativa busca fortalecer la competitividad de las PYMES en el mercado europeo.

Importe de las ayudas: Dependiendo del segmento de la empresa, las ayudas pueden variar.

Actuaciones Subvencionables

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones de carácter promocional:

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  • Actuaciones dirigidas a la promoción del emprendimiento y la innovación en edades tempranas (jornadas, talleres, asesoramiento y mentoring, encuentros de networking, etc).
  • Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación y emprendimiento en el tejido empresarial regional, especialmente los que promuevan la participación en proyectos nacionales, europeos e internacionales (encuentros de intercambio de experiencias, jornadas de asesoramiento y difusión, etc.).
  • Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas de carácter innovador.
  • Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, especialmente las dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico en materia de innovación y emprendimiento (talleres, jornadas, encuentros, visitas técnicas, mentoring, etc.).
  • Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels (organización de foros de inversión, desarrollo de plataformas de inversión, actuaciones de difusión y jornadas de capacitación de empresas en validación de sus modelos de negocio, establecimiento de métricas, etc.).

Para solicitar esta ayuda es obligatorio utilizar el formulario normalizado.

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