Subvenciones JCYL para Emprendedores: Requisitos y Oportunidades en Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha lanzado una nueva convocatoria de subvenciones dirigidas a fomentar el emprendimiento y reforzar el tejido de microempresas en la región. El objetivo de esta línea de ayudas es apoyar proyectos de creación de pequeños negocios, con especial atención a quienes buscan iniciar una actividad económica como trabajadores autónomos.

El anuncio se enmarca en el Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), bajo el epígrafe "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo", y más concretamente en la inversión centrada en el impulso al emprendimiento y las microempresas. De hecho, Castilla y León es una de las comunidades autónomas que han implementado esta línea de financiación de forma más decidida.

También se contempla la posibilidad de solicitarlas si se ha creado recientemente una microempresa compuesta por varias personas.

Requisitos y Condiciones

Entre los requisitos más relevantes se encuentra la obligatoriedad de que la actividad se inicie en Castilla y León y se mantenga durante al menos dos años desde la resolución de la ayuda. Además, los proyectos deberán estar vinculados a un alta censal y en la Seguridad Social dentro del plazo marcado.

Los beneficiarios que obtengan esta ayuda deberán justificar el mantenimiento de la actividad económica y de su afiliación al régimen correspondiente de la Seguridad Social durante 24 meses. La Junta podrá realizar controles de seguimiento durante ese periodo y exigir la devolución de la ayuda si se incumplen los requisitos.

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Para facilitar la solicitud, el proceso se realiza íntegramente online mediante la plataforma electrónica de la Junta, y los interesados pueden presentar su solicitud incluso si aún no se ha producido el alta efectiva.

Uno de los elementos distintivos de esta iniciativa es su apuesta por la igualdad de oportunidades y el equilibrio territorial. En convocatorias anteriores se ha valorado positivamente que los proyectos se ubiquen en municipios rurales o zonas despobladas.

La ayuda tiene naturaleza de subvención a fondo perdido y no está sujeta a retención fiscal ni exige una justificación económica del gasto. Los beneficiarios no tienen que presentar facturas ni presupuestos, sino demostrar que están desarrollando la actividad comprometida.

Subvenciones para Jóvenes Emprendedores

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo ha convocado una línea de subvenciones destinada a fomentar y apoyar el autoempleo entre los jóvenes de Castilla y León. Las ayudas, que pueden alcanzar los 18.000 euros por beneficiario, están gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y cofinanciadas en un 60 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

La cuantía base de la subvención asciende a 12.000 euros, lo que representa un significativo incremento del 50 % respecto a la convocatoria de ejercicios anteriores. Así, a los 12.000 euros iniciales se sumará un suplemento de 1.000 euros si los planes de negocio están relacionados con sectores clave y de futuro como la sostenibilidad energética, big data, inteligencia artificial, ciberseguridad o gestión de agua, entre otros.

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Tendrán también un incentivo adicional de otros 1.000 euros los jóvenes emprendedores que pertenecen a colectivos desfavorecidos, como parados de larga duración, personas con discapacidad, mujeres, inmigrantes o emigrantes retornados, o que procedan de un expediente de regulación de empleo.

Podrán solicitar las ayudas los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con titulación universitaria o de Formación Profesional de grado medio o superior que pongan en marcha un plan de negocio relacionado con su formación reglada.

Proceso de Solicitud y Resolución

Las solicitudes se tramitarán en régimen de concesión directa y serán resueltas por riguroso orden de entrada del expediente completo. Notificación electrónica mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

El plazo máximo de resolución y notificación será de 3 MESES desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

El plazo máximo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

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Incompatibilidades

Las subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones que impliquen el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, concedidas por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

No obstante, serán compatibles con aquellas subvenciones o ayudas que, aun vinculadas al alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, tengan como gastos subvencionables las inversiones, los intereses de préstamo y/o las cuotas de Seguridad Social derivadas del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional al que estén adscritos.

Requisitos Adicionales

  • Estar inscritas en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la subvención.
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No ser empresa en crisis. No obstante, sí podrán resultar beneficiarias las empresas que no encontrándose en crisis el 31 de diciembre de 2019, hayan pasado a estarlo en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, tal y como indica la modificación del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.

El análisis sobre la consideración de empresa en crisis se realizará atendiendo a las últimas cuentas que figuren depositadas en el Registro Mercantil o registro equivalente, o excepcionalmente a las cuentas auditadas por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Subvenciones para el Sector Forestal

Se consideran actuaciones subvencionables los proyectos destinados a la búsqueda o implantación en Castilla y León de soluciones tecnológicas para el monitoreo forestal y la reducción de desastres ambientales como palancas para el desarrollo de la bioeconomía forestal.

Los proyectos de solución tecnológica objeto de ayuda de las presentes bases tendrán la consideración de proyectos de investigación industrial y podrán incluir desarrollos de Inteligencia Artificial, pruebas de concepto, definiciones de producto mínimo viable o desarrollo para emprendedores.

Las resoluciones de concesión de las ayudas establecerán el importe de la subvención y los compromisos a alcanzar indicados en la solicitud.

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 1 MES desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación. Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

El plazo para la justificación comenzará a partir de la fecha de concesión de la subvención, hasta el 15 de julio de 2026. La presentación de la cuenta justificativa se realizará a través de un modelo de justificación disponible.

Transcurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado ante el centro gestor competente, este requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles sea presentada.

La solicitud deberá presentarse antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad.

Ejemplos de Resoluciones

  • ORDEN CYT/1064/2025, de 23 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros.
  • ORDEN MAV/927/2025, de 8 de agosto, por la que se conceden subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a financiar el emprendimiento de startup en el ámbito forestal dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León para los ejercicios 2025 y 2026 dentro del proyecto Retechfor, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

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