Sentencias por Incumplimiento Grave del Empresario: Ejemplos y Procedimiento

La extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario es una situación que permite al trabajador solicitar la finalización de la relación laboral por incumplimiento grave del empleador o empresa, con derecho a indemnización y a prestación por desempleo. Esta circunstancia se recoge en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

Este tipo de extinción de la relación laboral ha de ser decretada por un juez. Es decir, no queda al arbitrio del empleado la decisión de qué es un incumplimiento grave por parte del empresario o qué no lo es para extinguir su contrato con derecho a indemnización y a paro.

Los trabajadores tienen derecho a solicitar la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario. La justicia determinará si concurren las causas para dar lugar a la demanda. De ser estimada, el trabajador recibirá una indemnización equivalente al despido improcedente.

No podrá el empleado abandonar su lugar de trabajo antes de la expedición del juez porque perdería todos los beneficios.

¿Cuáles son los Incumplimientos Graves que Dan Lugar a este Tipo de Extinción de Contrato?

El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores recoge dos conductas concretas que se entienden como incumplimiento grave, así como una cláusula abierta que permite valorar otras conductas dentro del caso en cuestión y que se pueden considerar graves.

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1. Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

En primer lugar, se encuentra la modificación sustancial de las condiciones de trabajo que menoscaba la dignidad del trabajador. Para fundamentar la extinción del contrato en esta causa es preciso que el empresario haya modificado las condiciones laborales de forma sustancial sin seguir el procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, así como haber producido un daño concreto que menoscabe la dignidad del trabajador por un comportamiento grave, voluntario y continuado. Un ejemplo de ello sería la degradación de puestos de forma drástica o cambios dentro de la empresa sin justificación.

El empleador modifica las condiciones laborales del trabajador incumpliendo con el procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto. Este cambio se traduce en un perjuicio que genera un menoscabo a la dignidad del trabajador afectado. Para esto debe demostrarse que el comportamiento del empleador es grave, voluntario y continuado.

2. Impago de Salarios o Retraso Continuado

En segundo lugar, se encuentra la falta de pago o retrasos continuados graves en el abono del salario pactado. El empleador no cumple con su obligación de pagar el salario pactado a cambio de los servicios prestados por el trabajador. Es posible identificar dos supuestos diferentes:

  • Impago.
  • Retraso continuado del pago de salario.

Aquí el artículo 50.1.b) indica que: "Sin perjuicio de otros supuestos que por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos, se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador o la trabajadora, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas, o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos."

El artículo 50.1.b) menciona los siguiente:

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1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:

(...) b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.

Sin perjuicio de otros supuestos que por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos, se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador o la trabajadora, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas, o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos.

No será justificativo legal válido del empleado los problemas económicos de la empresa. Por otra parte, tampoco será entendido como finalización del incumplimiento el pago posterior de los salarios debidos.

3. Otros Incumplimientos Graves

Existen otras conductas que se englobarían en la cláusula abierta del citado artículo 50. Además de los dos motivos expresados con claridad, se incluye el ítem de otros incumplimientos graves. Un precepto abierto que permite la extinción del contrato laboral a instancias del trabajador por otros motivos. Entre los más frecuentes se pueden mencionar:

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  • Acoso sexual.
  • Acoso moral.
  • Falta de ocupación efectiva.
  • Negación del empresario de reincorporar al trabajador a la situación previa a la modificación de condiciones de trabajo.

Entre otras razones la jurisprudencia ha determinado como conductas que entran dentro del incumplimiento grave del empresario la carga excesiva de trabajo de forma reiterada y evidente o el incumplimiento grave de la prevención de riesgos laborales.

¿Tiene el Empleado Derecho a Indemnización y a Prestación por Desempleo?

Sí, como ya se ha indicado, desde el momento en el que se declara el incumplimiento grave por parte del empresario judicialmente existe derecho a una indemnización y a solicitar la prestación por desempleo. En este caso, la indemnización correspondiente es la equivalente a un despido improcedente, esto es 45 días por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades para las relaciones laborales anteriores al 12 de febrero del 2012, y 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades para las posteriores.

Ante una extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario, éste deberá abonar la indemnización como si se tratare de despido improcedente. Para calcular la misma se tienen en consideración las siguientes variables:

  • Salario acordado por contrato o establecido en convenio colectivo.
  • Antigüedad del trabajador desde la fecha del primer contrato hasta el día que recae la sentencia de extinción contractual.

Todo lo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 significa 45 días por año trabajado con tope de 42 mensualidades, lo posterior a esta fecha representa 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.

Asimismo, el trabajador tiene el derecho a reclamar por otros perjuicios que hayan derivado de casos como el acoso, por ejemplo.

Procedimiento a Seguir para Declarar la Extinción del Contrato por Incumplimiento Grave del Empresario

El incumplimiento grave debe ser declarado mediante resolución judicial. El primer paso es presentar papeleta de conciliación laboral ante el organismo correspondiente y, en caso de no alcanzar un acuerdo que solvente la situación, presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Los pasos son los siguientes:

  1. Presentar una papeleta de conciliación. Esta tiene la finalidad de intentar llegar a un acuerdo para que la empresa extinga el contrato de trabajo por los motivos de extinción expresados en el artículo 50.
  2. Interponer una demanda cuando no se llegue a un acuerdo.
  3. Admisión a trámite de la demanda.
  4. Resolución sobre la solicitud de extinción de contrato por incumplimiento grave del empresario. Esta puede ser:
    • Desestimación: el juez competente considera que no existen causas concurrentes para justificar la extinción del contrato.
    • Estimación de la demanda: la autoridad judicial entiende que existe incumplimiento de las obligaciones del empresario por lo que extingue la relación contractual y ordena el pago de la indemnización correspondiente.

Si la demanda fue desestimada, el trabajador deberá continuar en su lugar de trabajo. Pero si fue extinto el contrato, tiene el derecho a solicitar el paro.

Uno de los requisitos fundamentales de este procedimiento es que la relación laboral debe estar vigente. Es decir, el trabajador deberá asistir a su puesto de trabajo durante todo el procedimiento. Solo podrá abandonar la empresa cuando la sentencia sea efectiva.

Existe una excepción que se vincula a un estado de vulnerabilidad de los derechos fundamentales del trabajador. De esta forma, en determinados casos como el acoso sexual, se puede solicitar una medida cautelar que deberá ser dictada por el juez competente. Durante ese periodo, si bien el trabajador no asiste al trabajo, recibirá su salario y contará con el pago de los seguros sociales.

Puede suceder que una vez presentada la demanda el trabajador sea despedido.

Incumplimiento Grave del Empresario en Contrato Temporal

En el caso de los contratos laborales, es posible que se inicie un procedimiento con una relación laboral vigente, pero la misma haya finalizado al momento de la sentencia. Para estos supuestos, la jurisprudencia establece que, a pesar de haberse extinguido ya el contrato, el empresario debe cumplir con sus obligaciones como el pago de la indemnización.

¿Qué Hacer Ante el Despido Después de la Demanda de Extinción de Contrato?

Una de las condiciones para estimar la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario es la vigencia de la relación.

Asistencia al Puesto de Trabajo Durante el Procedimiento

Uno de los requisitos fundamentales de este procedimiento es que la relación laboral debe estar vigente. Es decir, el trabajador deberá asistir a su puesto de trabajo durante todo el procedimiento. Solo podrá abandonar la empresa cuando la sentencia sea efectiva.

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